Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 1998 (11/02/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES
FCkt Rdkhi t w

MORDAZA, miercoles 11 de febrero de 1998 = Flujos de MORDAZA futuros del instrumento k. = Tasa de descuento relevante para el instrumento k en la i-esima transaccion valida en el dia h. = numero de flujos de MORDAZA del instrumento k. = numero de dias entre la fecha de liquidacion de la transaccion i y la fecha de pago del siguiente flujo de MORDAZA, dividido entre el numero de dias del periodo entre la anterior fecha de corte del flujo de MORDAZA y el subsiguiente.

didas en los alcances del Articulo 273º de la Ley del MORDAZA de Valores, con excepcion de los senalados en el inciso k) de dicho articulo; b) Mantengan relacion y/o interes con el emisor de los activos, segun las pautas senaladas en los Articulos 283º y 284º de la Ley de MORDAZA de Valores. En el caso de la valorizacion de las cuotas de participacion de los fondos mutuos y fondos de inversion, esta disposicion sera de aplicacion cuando exista relacion y/o interes respecto de la Sociedad Administradora o del emisor cuyos instrumentos representen un valor superior al diez por ciento (10%) del respectivo fondo; o, c) Mantengan relacion y/o interes, de acuerdo con el criterio establecido en el inciso anterior, con empresas clasificadoras que hayan calificado los activos materia de la valuacion para la inversion de los recursos de los Fondos de Pensiones. Instrumentos de inversion estructurados Articulo 61º.- Los instrumentos de inversion estructurados se valorizaran teniendo en cuenta los siguientes criterios: a) El precio promedio ponderado de las transacciones validas; y, b) En caso de no registrarse transacciones validas, se ajustara el precio considerando los criterios establecidos en el Articulo 56º y la evolucion del precio del respectivo activo subyacente. SUBCAPITULO III FORMULAS DE VALORIZACION Valores mobiliarios de renta fija Articulo 62º.- Sin perjuicio de lo establecido en los Articulos 54º, 56º y 61º que anteceden, los instrumentos de inversion de las Carteras Administradas que constituyan valores mobiliarios de renta fija incluidos en los incisos a), b), c), d), e), f), g), h), i), p), q), r), s), t) y u) del Articulo 25º de la Ley, se valorizaran considerando las siguientes formulas: a) Determinacion de la valorizacion: PVkh = ( PMRkh + ICkh-c ) Sh Donde: PVkh PMRkh IC
k h-c

d) Determinacion de los intereses corridos o devengados si la tasa de interes o cupon se expresa en tasas efectivas: ICkh-c = VNkh ((1+ rkc ) ^ (nkh-c /bak))- VNkh Donde: VNkh r kc nkh-c Bak = Valor nominal del instrumento k en el dia h. = Tasa de interes efectiva anual o cupon del instrumento k que rige a partir de la MORDAZA fecha de corte del anterior cupon c. = numero de dias entre el dia de valorizacion h y la fecha de corte del anterior cupon c del instrumento k. = numero de dias del ano determinado como base anual de referencia para el instrumento k.

e) Determinacion de los intereses corridos o devengados si la tasa de interes o cupon se expresa en tasas nominales: ICkh-c = VNkh * Rkc * ( nkh-c /bak ) Donde: R kc = Tasa de interes nominal anual o cupon del instrumento k que rige a partir de la MORDAZA fecha de corte del anterior cupon c.

f) Determinacion del interes corrido o devengado si el instrumento no tiene cupones y ha sido colocado con descuento: f.1) cuando la tasa de descuento se devengue en terminos efectivos: ICkh-c = PMRkh ((1+ rkd ) ^ (nkh-d /bak )) - PMRkh Donde: r kd PF nkh-d = PF/ PMRkh -1 = precio final de liquidacion del instrumento k en la fecha de vencimiento. = numero de dias entre la fecha de emision o adquisicion y el dia h

Sh

= Precio de valorizacion del instrumento k en el dia h. = Precio de MORDAZA promedio ponderado de las transacciones validas del instrumento k el dia h. = Intereses corridos o devengados del instrumento k en el dia h, contados a partir de la fecha de corte del anterior cupon c o fecha de emision. = factor de reajuste por MORDAZA de moneda en el dia h.

b) Determinacion del precio de MORDAZA promedio ponderado: z z PMRkh = ( PMkhi Mkhi ) / ( Mkhi ) i=1 i=1 Donde: Pmkhi = Precio de MORDAZA del instrumento k, en la i-esima transaccion valida en el dia h. = Cantidad transada del instrumento k en la iMkhi esima transaccion valida en el dia h. z = MORDAZA transaccion valida del instrumento k el dia h. c) Determinacion del precio de mercado: n PMkhi = VPkhi = ( FCkt / (1+RDkhi)t+w-1) t=1 Donde: Vpkhi = Valor presente del instrumento k en la iesima transaccion valida en el dia h.

f.2) cuando la tasa de descuento se devengue en terminos nominales: ICkh-c = PMRkh * rkd * ( nkh-c /bak ) Donde: r kd = PF/ PMRkh -1

Otros instrumentos Articulo 63º.- Sin perjuicio de lo establecido en el Articulo 55º, los instrumentos de inversion incluidos en los incisos c), j) y q) del Articulo 25º de la Ley, que no constituyan valores mobiliarios de renta fija, se valorizaran considerando la siguiente formula: PVkh = PAk (1+ rka ) ^ (nkh-a /bak ) Donde: PVkh = Precio de valorizacion del instrumento k en el dia h. = Precio de adquisicion del instrumento k. PAk k ra = PF/ PAk -1 = numero de dias entre la fecha de emision o nkh-a adquisicion y el dia h