Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2020 (19/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano / Miércoles 19 de febrero de 2020

NORMAS LEGALES

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30 de octubre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Leoncio Prado, con motivo de las Elecciones Municipales 2018. 37. Finalmente, es necesario exhortar a los miembros del Concejo Distrital de Cholón, para que, en lo sucesivo, eviten dilatar injustificadamente el desarrollo de los procedimientos de suspensión y vacancia, y cumplan con el plazo máximo de treinta (30) días hábiles ­establecido en el quinto párrafo del artículo 23 de la LOM­ para emitir pronunciamiento sobre las peticiones de esta índole; puesto que en el presente caso, mientras que la solicitud de vacancia se presentó ante la citada entidad edil el 12 de agosto de 2019, el acuerdo de concejo que se pronunció sobre dicha solicitud fue emitido el 12 de noviembre del citado año. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- Declarar NULO el acuerdo adoptado en el Acta de Sesión Extraordinaria N° 022-2019, a través del cual el Concejo Distrital de Cholón declaró consentido el Acuerdo de Concejo Municipal N° 047-2019-MDCH/A, que rechazó la solicitud de vacancia de autos. Artículo Segundo.- Declarar IMPROCEDENTE el pedido de reprogramación de la audiencia pública convocada para la fecha. Artículo Tercero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Miguel Medina Villanueva; y, en consecuencia, REVOCAR el Acuerdo de Concejo Municipal N° 047-2019-MDCH/A, de fecha 12 de noviembre de 2019, y, REFORMÁNDOLO, declarar la vacancia de Miguel Herrada Morales, alcalde de la Municipalidad Distrital de Cholón, provincia de Marañón, departamento de Huánuco, por la causal de condena consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la libertad, prevista en el artículo 22, numeral 6, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Cuarto.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Miguel Herrada Morales, alcalde de la Municipalidad Distrital de Cholón, provincia de Marañón, departamento de Huánuco, emitida con motivo de las Elecciones Municipales 2018. Artículo Quinto.- CONVOCAR a Pablo Huamán Alejandría, identificado con DNI N° 27709833, para que asuma el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Cholón, provincia de Marañón, departamento de Huánuco, y complete el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le debe otorgar la respectiva credencial que lo acredite como tal. Artículo Sexto.- CONVOCAR a Clever Rodolfo Rodríguez Atero, identificado con DNI N° 42025087, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Cholón, provincia de Marañón, departamento de Huánuco, y complete el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le debe otorgar la respectiva credencial que lo acredite como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Distrital de Namballe, provincia de San Ignacio, departamento de Cajamarca
RESOLUCIÓN N° 0084-2020-JNE Expediente N° JNE.2019009780 NAMBALLE - SAN IGNACIO - CAJAMARCA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, siete de febrero de dos mil veinte. VISTO el Auto N° 2, de fecha 5 de noviembre de 2019, con el que se dio apertura al presente expediente, en el marco del proceso de suspensión seguido contra Santos Wilson Adrianzén Carrión, alcalde de la Municipalidad Distrital de Namballe, provincia de San Ignacio, departamento de Cajamarca, por la causal de sentencia judicial condenatoria emitida en segunda instancia por delito doloso con pena privativa de la libertad, prevista en el artículo 25, numeral 5, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y teniendo a la vista también los Expedientes N° JNE.2019000084 y N° JNE.2019001991. ANTECEDENTES Traslado de solicitud de suspensión (Expediente N° JNE.2019000084) Mediante escrito del 4 de febrero de 2019 (fojas 1 a 5), Justo Germán Amari Maldonado solicitó ante esta sede electoral el traslado de su petición de suspensión en contra de Santos Wilson Adrianzén Carrión, alcalde de la Municipalidad Distrital de Namballe, provincia de San Ignacio, departamento de Cajamarca, por la causal de sentencia judicial condenatoria emitida en segunda instancia por delito doloso con pena privativa de la libertad, prevista en el artículo 25, numeral 5, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). El solicitante fundamento su petición en que, el 10 de mayo de 2018, el referido alcalde fue condenado, en primera instancia, a ocho (8) meses de pena privativa de la libertad, suspendida en su ejecución por el periodo de un (1) año, por el delito contra la Administración Pública, en la modalidad de omisión, retardo de actos funcionales, en agravio del Estado. Además, adujo que, el 5 de noviembre de 2018, dicha sentencia fue confirmada por la Sala Descentralizada Mixta y de Apelaciones de Jaén de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. Ante ello, mediante el Auto N° 1, del 1 de marzo de 2019 (fojas 67 a 72), este órgano colegiado dispuso el traslado de dicha solicitud al Concejo Distrital de Namballe, así como de las copias de las sentencias de primera y segunda instancia impuestas a la referida autoridad. Asimismo, le requirió a la citada entidad edil para que cumpla con tramitar la documentación enviada y emitir el pronunciamiento correspondiente, conforme al procedimiento establecido en el artículo 9, numeral 10, así como en los artículos 13, 16, 19 y 23 de la LOM. Copias certificadas de las sentencias judiciales (Expediente N° JNE.2019000084) A través de los Oficios N° 0370-2019-P-CSJLA/ PJ (fojas 78) y N° 0439-2019-P-CSJLA/PJ (fojas 97), ambos del 11 de marzo de 2019, el presidente de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque remitió, entre otros documentos, copias certificadas de la Resolución Número Quince, de fecha 10 de mayo de 2018 (fojas 101 a 136), y de la Resolución Número Veinte, del 5 de noviembre de 2018 (fojas 81 a 90), mediante las cuales dictó y confirmó, respectivamente, la condena impuesta a Santos Wilson Adrianzén Carrión.

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Innerarity, Daniel. (2016) La política en tiempos de indignación. Barcelona: Galaxia Gutenberg, p. 274. Ibídem, p. 106.

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