Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2020 (19/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

Miércoles 19 de febrero de 2020 /

El Peruano

Universidad es autónoma en su régimen normativo de gobierno, académico, administrativo y económico. Las Universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la constitución y las leyes. Que, la Ley N° 30220-Ley Universitaria, en su Art. 8, establece que el Estado reconoce la autonomía Universitaria, la autonomía inherente a las Universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable, ésta autonomía se manifiesta en los siguientes regímenes: Normativo, De gobierno, Académico, Administrativo y Económico, concordante con el Art. 10 del Estatuto Universitario de la UNAJ. Que, el artículo 59º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece lo siguiente: El Consejo Universitario en el presente caso el Consejo de Comisión Organizadora de la UNAJ tiene las siguientes funciones, 59.14, Conocer y resolver todos los demás asuntos que no están encomendados a otras autoridades universitarias, concordante con el artículo 22 numeral 22.16 del Estatuto Universitario de la UNAJ. Que, así mismo conforme al Art. 62, Numeral 62.2, de la Ley Universitaria N° 30220, es atribución del Señor Presidente de la Comisión Organizadora Dirigir la actividad académica de la universidad y su gestión administrativa, económica y financiera. Concordante con el Art. 25 Numeral 25.9 del Estatuto de la UNAJ que también señala, las demás que le otorguen la Ley y el Estatuto de la Universidad Que, la Norma Técnica "Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las Universidades Públicas en proceso de Constitución", aprobado mediante Resolución Viceministerial N° 088-2017-MINEDU, en el numeral 6.1.4, establece las funciones del Presidente; señalando son funciones del Presidente, literal b, Dirigir la actividad académica de la Universidad y su gestión administrativa, económica y financiera, literal i, Emitir Resoluciones en el ámbito de su competencia, literal j, Otras que, en el ámbito de su competencia, le asigne el MINEDU o aquellas que correspondan al Titular del Pliego en el marco de la normatividad vigente. Que, mediante Carta N° 061-2020/UNAJ-EPIIA-COMLV, de fecha 24 de enero de 2020, la Coordinadora de la Escuela Profesional de Ingeniería en Industrias Alimentarias, Dra. Olivia Magaly Luque Vilca, mediante el cual solicita autorización para realizar pasantía en entrenamiento de cromatografía en la universidad de Sao Paulo del 17 de febrero al 18 de marzo, en conformidad al proyecto Empleo de los Tubérculos, granos andinos, café y cacao y productos lácteos, aprobado mediante resolución de consejo de Comisión Organizadora N° 396-2019-CCO-UNAJ. Que, mediante Carta N° 073-2020/UNAJ-EPIIAC-OMLCV, de fecha 30 de enero de 2020, la Dra. Olivia Magaly Luque Vilca Coordinadora de la Escuela Profesional de Ingeniería en Industrias Alimentarias, remite la carta de aceptación como profesor visitante Internacional en la Universidad Sau Paulo ­ Brasil, a fin de realizar la pasantía en entrenamiento de cromatografía, del 17 de febrero al 18 de marzo. Que, mediante Informe N° 083-2020-OPEP/UNAJ, de fecha 05 de febrero de 2020, el Ing. Héctor Percy Pajsi Bautista Jefe de la Oficina de Planeamiento Estratégico y Presupuesto de la UNAJ, informa que cuenta con disponibilidad presupuestal a efectos de proceder con la atención de la pasantía en entrenamiento de cromatografía en la Universidad Sao Paulo del 17 de febrero al 18 de marzo del presente, de conformidad con el proyecto de investigación titulado "Empleo de los Tubérculos, granos andinos, café y cacao y productos lácteos, en el diseño de matrices alimentarias, como alternativa para la mejora de la calidad de vida y seguridad alimentaria", bajo la siguiente cadena funcional programática: FUNCIÓN: 22 Educación, PROGRAMA: 9002 ­ APNP, PROYECTO: Mejoramiento y Ampliación de los Servicios del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, FUENTE: Recursos Determinados, MONTO: S/. 9,400.00. Que, mediante Opinión Legal N° 024-2020/OAJ-COUNAJ, de fecha 10 de febrero del 2020, el Abog. Neil

Quiroz Villavicencio Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica, concluye en PROCEDENTE la aprobación de Plan de Trabajo "Pasantía como profesor visitante internacional ­ validación de métodos analíticos para la determinación de antibióticos en muestras alimentarias en el laboratorio de Ecotoxicologia del Centro de Energía Nuclear y Agricultura de la Universidad Sao Paulo ­ Brasil", presentado por la Docente Ordinaria y Coordinadora del proyecto Dra. Olivia Magaly Luque Vilca de la Escuela Profesional de Ingeniería en Industrias Alimentarias, a realizare del 17 de febrero al 18 de marzo de 2020. Que, mediante Informe N° 042-2020/DGA-UNAJ, de fecha 11 de febrero de 2020, el Director General de Administración de la UNAJ, CPC. Hugo Raúl Ramírez Rivera, remite los actuados al Vicepresidente Académico de la UNAJ, a fin de que sea tratado en Sesión de Consejo de comisión Organizadora Que, mediante Carta N° 056-2020/VAC-CO-UNAJ, de fecha 11 de febrero de 2020, el Señor Vicepresidente Académico de la UNAJ, Dr. Percy Francisco Gutierrez Salas, eleva el expediente al Presidente de la Comisión Organizadora a fin de que sea evaluado y determinado por la Comisión Organizadora de la UNAJ. Que, mediante Acuerdo N° 112-2020-SE-CCOUNAJ, de Sesión Extraordinaria de Consejo de Comision Organizadora, de fecha 11 de febrero del 2020, el Pleno del Consejo acordó por UNANIMIDAD, APROBAR la Pasantía como profesor visitante Internacional ­ Validación de métodos analíticos para la determinación de antibióticos en muestras alimentarias en el Laboratorio de Eco toxicología del Centro de Energía Nuclear y Agricultura de la Universidad de Sao Paulo ­ Brasil, a partir del 17 de febrero al 18 de marzo del 2020. Que, mediante Carta N° 101-2020/UNAJ-EPIIAC-OMLV, de fecha 12 de febrero de 2020, la Dra. Olivia Magaly Luque Vilca Coordinadora de la Escuela Profesional de Ingeniería en Industrias Alimentarias de la UNAJ, pone en conocimiento la reprogramación de fecha para la pasantía en entrenamiento de cromatografía en la Universidad de SAO ­ Paulo ­ Brasil, a partir del 24 de febrero al 20 de marzo de 2020, por lo que solicita la reprogramación de su viaje para el 22 de febrero de presente. Que, mediante Carta N° 059-2020/VAC-CO-UNAJ, de fecha 12 de febrero de 2020, el Dr. Percy Francisco Gutiérrez Salas Vicepresidente Académico de la UNAJ, evaluando la solicitud de reprogramación, considera procede dicha solicitud y lo remite para su trámite correspondiente. Que, el artículo 87° Numeral 87.4 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, establece: son deberes del docente perfeccionar permanentemente su conocimiento y su capacidad docente y realizar labor intelectual creativa, más aun precisamos que el MANUAL NORMATIVO DE PERSONAL N° 003-93-DNP "LICENCIAS Y PERMISOS", en su Numeral 1.2.4, define la Licencia por Capacitación Oficializada. En uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Art. 18, de la Constitución Política del Perú, la nueva Ley Universitaria N° 30220, la Norma Técnica "Disposiciones para la Constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución, aprobada bajo Resolución Vice Ministerial N° 088-2017-MINEDU y el Estatuto de la UNAJ; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje de Pasantía Académica, a la Docente Ordinaria Dra. Olivia Magaly Luque Vilca, del 22 de febrero de 2020 al 20 de marzo de 2020, a fin de cumplir con la Pasantía en Entrenamiento de Cromatografía en la Universidad de SAO PAULO ­ Brasil. Artículo Segundo.- APROBAR, el Plan de trabajo denominado "PASANTÍA COMO PROFESOR VISITANTE INTERNACIONAL ­ VALIDACIÓN DE MÉTODOS ANALÍTICOS PARA LA DETERMINACIÓN DE ANTIBIÓTICOS EN MUESTRAS ALIMENTARIAS EN EL LABORATORIO DE ECOTOXICOLOGIA DEL CENTRO DE ENERGÍA NUCLEAR Y AGRICULTURA DE LA UNIVERSIDAD SAO PAULO ­ BRASIL".