Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2020 (19/02/2020)
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NORMAS LEGALES
Miércoles 19 de febrero de 2020 /
El Peruano
en el documento denominado "Formatos de Formulación del Presupuesto 2020 - para nuevas actividades de Trata de Personas", que en anexo forma parte integrante de la presente resolución; con cargo a la disponibilidad presupuestal. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial dicte las medidas complementarias, para la ejecución del referido plan de trabajo. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución y el documento aprobado en el Portal Institucional del Poder Judicial; para su difusión y cumplimiento. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Coordinadora entre la Presidencia del Poder Judicial y la Comisión Multisectorial de Naturaleza Permanente contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes - CMNPTP, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1856758-3
en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar, a partir del 1 de marzo y hasta el 31 de agosto de 2020, el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales transitorios Especializados en Extinción de Dominio: DISTRITOS JUDICIALES DE ANCASH, APURIMAC, AREQUIPA, AYACUCHO, CAJAMARCA, CALLAO, CUSCO, HUANUCO, JUNIN, LA LIBERTAD, LAMBAYEQUE, LIMA, LIMA ESTE, LORETO, MADRE DE DIOS, PIURA, PUNO, SANTA, TACNA, TUMBES y UCAYALI - Sala de Apelaciones Transitoria Especializada en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; con competencia territorial en los Distritos Judiciales de Arequipa, Tacna, Moquegua, Puno, Cusco, Madre de Dios y Apurímac. - Sala de Apelaciones Transitoria Especializada en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; con competencia territorial en los Distritos Judiciales de La Libertad, Tumbes, Piura, Sullana, Lambayeque, Cajamarca, Amazonas, Santa, Ancash y Loreto. - Sala de Apelaciones Transitoria Especializada en Extinción de Dominio del Sub Sistema Especializado de Extinción de Dominio con sede en Lima; y competencia territorial en los Distritos Judiciales de Lima, Lima Norte, Lima Este, Lima Sur, Callao, Ventanilla, Huaura, Cañete, Ica, Junín, Selva Central, Pasco, Huánuco, San Martín, Ayacucho, Huancavelica y Ucayali. - Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Ancash; con competencia territorial en todo el distrito judicial. - Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Apurímac; con competencia territorial en todo el distrito judicial. - Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; con competencia territorial en todo el distrito judicial. - Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho; con competencia territorial en todo el distrito judicial y en el Distrito Judicial de Huancavelica. - Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca; con competencia territorial en todo el distrito judicial y en el Distrito Judicial de Amazonas. - Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia del Callao; con competencia territorial en todo el distrito judicial y en los Distritos Judiciales de Ventanilla y Huaura. - Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Cusco; con competencia territorial en todo el distrito judicial. - Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Huánuco; con competencia territorial en todo el distrito judicial y en el Distrito Judicial de San Martín. - Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Junín; con competencia territorial en todo el distrito judicial y en los Distritos Judiciales de Pasco y Selva Central. - Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; con competencia territorial en todo el distrito judicial. - Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; con competencia territorial en todo el distrito judicial. - Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio del Sub Sistema Especializado en Extinción de Dominio con sede en Lima; y competencia territorial en los Distritos Judiciales de Lima, Lima Sur, Cañete e Ica. - Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Lima Este; con competencia territorial en todo el distrito judicial y en el Distrito Judicial de Lima Norte.
Prorrogan el funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales transitorios Especializados en Extinción de Dominio
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 064-2020-CE-PJ Lima, 5 de febrero de 2020 VISTO: El Oficio N° 000038-2020-ST-UETI-CPP-PJ, cursado por el Secretario Técnico de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal. CONSIDERANDO: Primero. Que, los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional solicitan a este Órgano de Gobierno, la prórroga de las funciones de los órganos jurisdiccionales transitorios Especializados en Extinción de Dominio en los mencionados Distritos Judiciales. Segundo. Que, en ese contexto, el Secretario Técnico de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal eleva a este Órgano de Gobierno el Informe N° 000012-2020-MYE-ST-UETI-CPP-PJ, mediante el cual se realiza la evaluación cuantitativa y cualitativa respecto a las prórrogas de los órganos jurisdiccionales transitorios Especializados en Extinción de Dominio a nivel nacional. Tercero. Que, por lo expuesto en el referido informe, emitido por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la Secretaría Técnica de la citada Unidad; y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, resulta necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Cuarto. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 238-2020 de la sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas, sin la intervención del señor Consejero Arévalo Vela por encontrarse de vacaciones;