Norma Legal Oficial del día 10 de octubre del año 2019 (10/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

Jueves 10 de octubre de 2019 /

El Peruano

de vigencia de la Ordenanza Nº 430-MDS; que aprobó el BENEFICIO TRIBUTARIO DENOMINADO "FOMENTO DE LA INVERSION COMERCIAL EN EL DISTRITO DE SURQUILLO"; Que, el Memorándum N°773-2019-GR-MDS de fecha 30 de septiembre de 2019; el Informe N°296-2019-SGFTGR-MDS de fecha 30 de septiembre de 2019 emitido por la Subgerencia de Fiscalización Tributaria; el Informe N°123-2019-EC-GR-MDS de fecha 30 de septiembre de 2019, emitido por el Ejecutor Coactivo, mediante los cuales dichas áreas emiten opinión técnica favorable sobre la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 430-MDS; que aprobó el BENEFICIO TRIBUTARIO DENOMINADO "FOMENTO DE LA INVERSION COMERCIAL EN EL DISTRITO DE SURQUILLO"; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el día 19 de octubre de 2019, el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 430-MDS; que aprobó el BENEFICIO TRIBUTARIO DENOMINADO "FOMENTO DE LA INVERSION COMERCIAL EN EL DISTRITO DE SURQUILLO", por los considerandos expuestos en el presente Decreto. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, la Gerencia de Estadística e Informática, la Subgerencia de Fiscalización Tributaria, el Ejecutor Coactivo y la Subgerencia de Comunicación e Imagen Institucional, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto. Articulo Tercero.- ENCARGAR la publicación del presente Decreto de Alcaldía a la Secretaria General. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GIANCARLO GUIDO CASASSA SANCHEZ Alcalde 1814876-1

Designan miembros del Comité de Promoción de la Inversión Privada de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDÍA Nº 357-2019-MDS Surquillo, 30 de setiembre de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO: VISTO; el Informe Nº1017-2019/GM-MDS de fecha 30 de septiembre de 2019 emitido por la Gerencia Municipal; el Informe Nº405-2019-GAJ-MDS de fecha 27 de septiembre de 2019 emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Informe Técnico Nº 008-2019/GPPCI-MDS de fecha 25 de septiembre de 2019 emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad es un órgano de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, y en concordancia con la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en el artículo 8º establece que los gobiernos locales están sujetos a la leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público; así como a la normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos, y a los sistemas administrativos

del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio. Las competencias y funciones específicas municipales se cumplen en armonía con las políticas y planes nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, de conformidad al artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 1362 que regula la promoción de la Inversión Privada mediante asociaciones público privadas y proyectos en activos, se declara de interés nacional de la promoción de la inversión privada, para contribuir al crecimiento de la economía nacional al cierre de brechas en infraestructura o en servicios públicos, a la generación de empleo productivo y a la competitividad del país; Que, el artículo 7º inciso 7.1 del acotado Decreto, las entidades públicas titulares de proyectos que cuenten con proyectos o prevean desarrollar procesar de promoción de la inversión privada, bajo las modalidades reguladas en el precitado Decreto Legislativo Nº 1362, crean el Comité de Promoción de la Inversión Privada. Asimismo, el acotado artículo en el inciso 7.3, se establece la designación de los miembros del Comité de Promoción de la Inversión Privada, para el caso de los gobiernos locales se efectúa mediante Resolución de Alcaldía; dicha resolución se publica en el Diario Oficial El Peruano y se comunica al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Publico Privadas; Que, aunado a ello, el artículo 7º inciso 7.4 del Decreto Legislativo Nº 1362 y el artículo 17º del Decreto Supremo Nº 240-2018-EF que Reglamenta el Decreto Legislativo Nº 1362, establecen las funciones del Comité de Promoción de la Inversión Privada; Que, mediante el Informe Técnico Nº 008-2019/ GPPCI-MDS de fecha 25 de septiembre de 2019 emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional, en base a los numerales 7.1 y 7.3 del artículo 07º del Decreto Legislativo Nº 1362 que regula la promoción de la Inversión Privada mediante asociaciones público privadas y proyectos en activos, aprobado con fecha 21 de julio del 2018, solicita se designe la conformación del Comité de Promoción de la Inversión Privada de la Municipalidad Distrital de Surquillo, mediante la respectiva Resolución de Alcaldía; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a los miembros del Comité de Promoción de la Inversión Privada de la Municipalidad Distrital de Surquillo, el cual estará conformado de la siguiente manera: MIEMBROS TITULARES: Gerente Municipal. Gerente de Desarrollo Urbano. Gerente de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional. MIEMBROS SUPLENTES: Gerente de Administración y Finanzas. Gerente de Protección del Medio Ambiente. Subgerente de Obras Públicas. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Surquillo (www.munisurquillo.gob.pe), como también comunicar al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GIANCARLO GUIDO CASASSA SANCHEZ Alcalde 1814877-1