Norma Legal Oficial del día 10 de octubre del año 2019 (10/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

Jueves 10 de octubre de 2019 /

El Peruano

de Lima compuesta por el Alcalde Metropolitano y 05 funcionarios y/o servidores de la entidad; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el artículo 9 y 41 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización, en su Dictamen N° 84-2019-MML-CMAEO de fecha 27 de setiembre de 2019, el Concejo Metropolitano de Lima por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- Modificar el Acuerdo de Concejo N° 188 de fecha 26 de agosto de 2019, quedando redactado de la siguiente manera: Artículo Primero.- Autorizar el viaje a la ciudad de Washington DC ­ Estados Unidos de Norteamérica al Alcalde Metropolitano del 03 al 06 de noviembre de 2019 y a los demás funcionarios y servidores públicos del 01 al 09 de noviembre del 2019, en representación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a fin de asistir a la audiencia del proceso arbitral seguido por Rutas de Lima S.A.C, con cargo al presupuesto institucional, conforme al siguiente cuadro:
Viáticos Pasaje (US$) t.c. 3.30 Aéreo (US$) Días de Total US$ t.c. 3.35 comisión + 1 día instalación 1760.00 (440.00 x 4 1,206.85 2,966.85 días) 3,960.00 (440.00 x 9 días) 3,960.00 (440.00 x 9 días) 3,960.00 (440.00 x 9 días) 3,960.00 (440.00 x 9 días) 3,960.00 (440.00 x 9 días) 3,960.00 (440.00 x 9 días) 3,960.00 (440.00 x 9 días)

Corporativa y la Gerencia de Finanzas, realicen las acciones pertinentes para la ejecución del presente acuerdo. Artículo Sexto.- Encargar a la Secretaría General de Concejo la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, disponer su publicación en el Portal Institucional (www.munlima.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1815014-1

MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES
Aprueban modificación del Acuerdo de Concejo N° 073-2018/MDSJM
ACUERDO DE CONCEJO Nº 051-2019-MDSJM San Juan de Miraflores, 11 de setiembre de 2019 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES VISTO; en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Memorándum Nº 034-2019- GM/MDSJM de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 407-2019-GAJ/MDSJM de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y el Informe Nº 238-2019GPP/GM/MDSJM de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, al amparo de los artículos 194º y 195º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades son órganos de gobierno local y como tal tienen autonomía económica política y administrativa en asuntos de su competencia, concordado por lo dispuesto por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Que, el Artículo 1º de la Ley Nº 27630 que modifica el artículo 89º del Decreto Legislativo Nº 776 ­ Ley de Tributación Municipal, señala que los recursos que perciban las Municipalidades por el Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN) serán utilizados íntegramente para los fines que determinen los Gobiernos Locales por acuerdo de su Concejo Municipal y acorde a sus propias necesidades reales. El Concejo Municipal fijará anualmente la utilización de dichos recursos, en porcentajes para gasto corriente e inversiones, determinando los niveles de responsabilidad correspondiente; Que, el artículo 19º de la Ley 28411 ­Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que la propuesta y demás documentación vinculada a la formulación del presupuesto del Pliego se tramitará sirviéndose de los medios informáticos que para tal efecto el Ministerio de Economía y Finanzas pondrá a disposición de las Entidades, fijando la Dirección Nacional del Presupuesto Público los procedimientos y plazos para su presentación y sustentación. Que, además, conforme al artículo 22º de la Ley 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; el Presupuesto Público, incluido el presupuesto de las Entidades de los tres niveles de gobierno debidamente registrado en el aplicativo web denominado "Módulo de Programación Multianual" y presentado a sus respectivas entidades superiores, es consolidado y preparado por el Ministerio de Economía y Finanzas a través de la Dirección de Presupuesto Público, para su aprobación por

Funcionario/Servidor Público

Jorge Vicente Martín Muñoz Wells Alcalde Metropolitano de Lima Sarita Iedayola Vilchez Castellanos Gerente de Promoción de la Inversión Privada Mariela González Espinoza Procuradora Pública Municipal Luis Alberto Camones García Especialista Financiero de Proyectos Úrsula Fiorella Reyes Vargas Especialista Legal de Contratos de Asociaciones Público Privadas Karla Margot Astudillo Maguiña Abogada Procuraduría Pública Municipal Javier Alfredo Aliaga Carrascal Especialista de Ingeniería Renso Alejandro Martinez Ramirez Especialista Financiero de Proyectos

1,206.85

5,166.85

1,206.85

5,166.85

1,206.85

5,166.85

1,206.85

5,166.85

1,206.85 945.21

5,166.85 4,905.21

945.21

4,905.21

Artículo Segundo.- Autorizar a la Subgerencia de Logística Corporativa realizar las compras de pasajes aéreos para las personas autorizadas en el artículo precedente hasta por un importe mayor al 50% del valor estimado informado a través de los Informes N° 779 y N° 999-2019-MML-GA/SLC, sin que dicha autorización implique elevar y/o modificar la categoría de viaje que establece la norma de la materia. Artículo Tercero.- Encargar, al Teniente Alcalde Miguel Eugenio Romero Sotelo, el Despacho de la Alcaldía, durante los días que demande el viaje autorizado al Titular de la Entidad, según el Artículo Primero del presente acuerdo. Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario o servidor público, deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Quinto.- Disponer que la Gerencia de Administración a través de la Subgerencia de Logística