Norma Legal Oficial del día 10 de octubre del año 2019 (10/10/2019)


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NORMAS LEGALES

Jueves 10 de octubre de 2019 /

El Peruano

de Lamas, departamento de San Martín, por la causal de ejercicio de funciones ejecutivas o administrativas, prevista en el segundo párrafo del artículo 11 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- EXHORTAR a los miembros del Concejo Distrital de Caynarachi, provincia de Lamas, departamento de San Martín, para que, en lo sucesivo, cumplan con observar el quorum legal para declarar la vacancia de una autoridad edil, de acuerdo con lo expuesto en los considerandos 2, 3, 4 y 5 de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1815125-2

la Municipalidad Provincial de Lamas, por la venta de maderas, a través de la empresa Consolida S.A.C., que es propiedad de Carlos Américo Bustamante Bascones y Pamel Delgado Rengifo, quienes son utilizados como interpósita persona. b. El interés directo de la regidora queda acreditado con la consulta RUC Nº 10099994211, en la que se verifica que tiene la profesión de abogada y se dedica a la actividad económica: "silvicultura y ext. de madera". Para ello, adjunta las Facturas Nº 000421, de fecha 18 de abril de 2019, por el monto de S/ 1065.00, y Nº 000397, de fecha 21 de marzo de 2019, por el monto de S/ 2520.00, emitidas por "depósito de madera CRISTINA" de propiedad de Sonia Cristina Linares Dávila, a favor de la empresa Consolida S.A.C., lo cual demostraría el vínculo entre la regidora y la referida empresa (interpósita persona). Así, ambos recibieron dinero de la Municipalidad Provincial de Lamas. c. La empresa Consolida S.A.C. (interpósita persona), ha realizado obras para la Municipalidad Provincial de Lamas, por la suma de S/ 279,232.70, lo cual demuestra que existe un contrato; de modo que se ha beneficiado en forma directa a la cuestionada regidora al venderle maderas (tablones y listones), quien tiene pleno conocimiento de las restricciones de contratación, pues es abogada de profesión. d. El conflicto de intereses, queda probado, ya que es obligación de la regidora cautelar los intereses de la Municipalidad Provincial de Lamas, pero ha primado su interés personal, al no haber formulado oposición a dichas contrataciones. Descargos de la autoridad cuestionada En la sesión extraordinaria de concejo municipal, de fecha 24 de julio de 2019 (fojas 103 a 114), la cuestionada regidora expuso sus descargos: a. No ha facturado a favor de la Municipalidad Provincial de Lamas, sin embargo, realiza ventas a casi todas las empresas que trabajan o no con la municipalidad. Así también, sostiene que no indaga si estos, efectivamente, contratan con la Municipalidad Provincial de Lamas, pues en su negocio su único objetivo es vender. b. Ha obtenido ingresos de S/ 2520.00 y S/ 1065.00 por la venta de tablones y listones a la empresa Consolida S.A.C., sin embargo, ello no demuestra que haya actuado a través de testaferros. Pues, es necesario tener en cuenta que el contrato de "Mejoramiento de la Infraestructura Vial Urbana del Jirón San Martin, cuadra 22", llevado a cabo por el consorcio San Martín y la comuna edil, es de S/ 1 396 163.52, por tanto, no hay punto de comparación, con las sumas recibidas. c. Además, no existe contrato entre la Municipalidad Provincial de Lamas y la empresa Consolida S.A.C., pues con quien contrató la entidad edil fue con el consorcio San Martín. d. La empresa Consolida S.A.C. existe desde el 2017, en ese entonces, la regidora no era autoridad, por lo tanto, no podía avizorar el futuro y tener testaferros. Cabe indicar que el rubro de venta de la regidora es madera, sin embargo, el consorcio lo que ofrece es infraestructura y no está relacionado con el rubro madera. Por otro lado, es difícil saber si la empresa Consolida S.A.C, requería la madera para la comuna edil, más aún cuando la referida empresa no tiene vínculo con la municipalidad. Pronunciamiento del concejo provincial sobre la solicitud de vacancia En Sesión Extraordinaria del Concejo Municipal, del 24 de julio del 2019 (fojas 103 a 114), con cuatro (4) votos a favor y seis (6) votos en contra, el Concejo Provincial de Lamas rechazó el pedido de vacancia. Dicha sesión fue formalizada mediante el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 176-2019-MPL, de la misma fecha (fojas 117 a 119). Recurso de apelación El 22 de agosto de 2019 (fojas 1 a 8), José Elexban Pérez Gonzales interpuso recurso de apelación en contra

Declaran infundado recurso de apelación y confirman Acuerdo de Concejo que rechazó solicitud de vacancia contra regidora del Concejo Provincial de Lamas, departamento de San Martín
RESOLUCIÓN Nº 0146-2019-JNE Expediente Nº JNE.2019001877 LAMAS - SAN MARTÍN VACANCIA RECURSO DE APELACIÓN Lima, veintiséis de setiembre de dos mil diecinueve VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por José Elexban Pérez Gonzales, en contra del Acuerdo de Concejo Municipal Nº 176-2019MPL, del 24 de julio de 2019, que rechazó la vacancia presentada en contra de Sonia Cristina Linares Dávila, regidora del Concejo Provincial de Lamas, departamento de San Martín, por la causal de restricciones de contratación, establecida en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, teniendo a la vista el Expediente Nº JNE.2019001312; y oído los informes orales. ANTECEDENTES La solicitud de declaratoria de vacancia El 27 de junio de 2019 (fojas 1 a 7 del Expediente Nº JNE.2019001312), José Elexban Pérez Gonzales presentó una solicitud de declaratoria de vacancia en contra de Sonia Cristina Linares Dávila regidora del Concejo Provincial de Lamas, departamento de San Martín, por la causal de restricciones de contratación, establecida en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), presentando los siguientes fundamentos: a. Desde la juramentación del cargo hasta la fecha, la regidora Sonia Cristina Linares Dávila, ha venido realizando propaganda de la venta de madera, indicando ser propietaria de maderas, llegando al extremo de que, en marzo y abril del presente año, obtuvo ingresos de