Norma Legal Oficial del día 10 de octubre del año 2019 (10/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

58 GOBIERNOS LOCALES

NORMAS LEGALES

Jueves 10 de octubre de 2019 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Ratifican la Ordenanza N° 429-MDS de la Municipalidad Distrital de Surquillo, que establece el régimen de la tasa por estacionamiento vehicular temporal en dicho distrito
ACUERDO DE CONCEJO Nº 196 Lima, 5 de setiembre de 2019 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO; El Concejo Metropolitano de Lima en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: VISTO, el Oficio Nº 001-090-00009456 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria de Lima ­ SAT, adjuntando el expediente de ratificación de la Ordenanza Nº 429-MDS, que establece el régimen de la tasa por estacionamiento vehicular temporal en el distrito de Surquillo; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía reconocida en la Constitución Política del Perú y en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40 de la Ley Nº 27972, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad; Que, la Municipalidad Distrital de Surquillo aprobó la ordenanza materia de ratificación, remitiéndola con la respectiva documentación al Servicio de Administración Tributaria de Lima-SAT, con carácter de declaración jurada y la citada entidad, previa revisión y estudio, a través del Área Funcional de Ratificaciones de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, emitió el Informe Nº 266181-00000858, de fecha 09 de julio de 2019, concluyendo que procede la ratificación solicitada por cumplir con las Ordenanzas de la Municipalidad Metropolitana de Lima Nº 739, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 26 de diciembre de 2004 y modificatorias, así como la Ordenanza Nº 2085, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 05 de abril de 2018 y conforme a las Directivas Nros. 001-006-00000015 y 001-006-00000028, publicadas en el Diario Oficial El Peruano, con fechas 30 de junio de 2011 y 18 de mayo de 2019, respectivamente; Que, la prestación del servicio se efectuará en un total de 1,160 espacios, de lunes a domingo, en el horario establecido en el Anexo Nº 3 de la Ordenanza Nº 429MDS, con la tasa de S/ 0.50 por 30 minutos y los ingresos que la Municipalidad Distrital de Surquillo proyecta percibir, producto de la aplicación de la tasa de estacionamiento vehicular, financiarán el 92.75% de los costos por la prestación del servicio, y la diferencia será cubierta con otros ingresos que perciba la citada municipalidad; Estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según los artículos 9 y 41 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de

Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria de Lima ­ SAT, por la Subgerencia de Ingeniería del Tránsito de la Gerencia de Transporte Urbano, en su Oficio Nº 289-2019-MML/ GTU-SIT y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización, en su Dictamen Nº 62-2019MML/CMAEO, de fecha 11 de julio de 2019, el Concejo Metropolitano de Lima, con dispensa del trámite de aprobación del acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 429MDS de la Municipalidad Distrital de Surquillo, que establece el régimen de la tasa por estacionamiento vehicular temporal en dicho distrito, cuyo servicio se prestará en 1,160 espacios, de lunes a domingo, en el horario establecido en el Anexo Nº 3 de la Ordenanza Nº 429-MDS, con la tasa de S/ 0.50 por 30 minutos de prestación del servicio. Artículo Segundo.- La ratificación se encuentra condicionada al cumplimiento de la publicación del presente Acuerdo, así como del texto íntegro de Ordenanza Nº 429-MDS, en especial de la última versión de los anexos, que contienen los cuadros de estructura de costos, de estimación de ingresos, la cantidad de espacios habilitados y el horario de la prestación del servicio, por lo que su aplicación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la referida municipalidad distrital. Artículo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicación, el Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT, a través de su página web (www.sat.gob.pe), hará de conocimiento público el presente acuerdo. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación del presente dispositivo en el Portal Institucional (www.munlima.gob. pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1814878-1

Modifican el Acuerdo de Concejo N° 188, mediante el cual se autorizó viaje del Alcalde Metropolitano, funcionarios y servidores a EE.UU., en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO N° 220 Lima, 3 de octubre de 2019 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA: POR CUANTO; El Concejo Metropolitano de Lima en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO, Informe Nº 213-2019-MML/PPM de la Procuraduría Pública Municipal, El Memorando N° 718-2019-MML-GPIP de la Gerencia de Promoción de la inversión Privada, el Informe N° 433-2019-MML-GFSP de la Subgerencia de Presupuesto y el Informe N° 780-2019-MML-GAJ de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de