Norma Legal Oficial del día 10 de octubre del año 2019 (10/10/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 17
El Peruano / Jueves 10 de octubre de 2019
NORMAS LEGALES
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exponiendo claramente la relación de los hechos, las circunstancias de tiempo, lugar y modo que permitan su constatación, la indicación de sus presuntos autores, partícipes y damnificados, así como cualquier otro elemento que permita su comprobación; Que, por Decreto Legislativo N° 1327, Decreto Legislativo que establece medidas de protección para el denunciante de actos de corrupción y sanciona las denuncias realizadas de mala fe, se disponen procedimientos y mecanismos para facilitar e incentivar las denuncias realizadas de buena fe de actos de corrupción y sancionar las denuncias realizadas de mala fe; con la finalidad de fomentar y facilitar que cualquier persona que conoce de la ocurrencia de un hecho de corrupción en la Administración Pública pueda denunciarlo; Que, el numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1327, indica que el citado dispositivo legal es de aplicación a todas las entidades descritas en el artículo I. del Título Preliminar de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, con excepción de las personas jurídicas bajo el régimen privado que prestan servicios públicos o ejercen función administrativa, en virtud de concesión, delegación o autorización del Estado, conforme a la normativa de la materia; Que, de acuerdo a lo normado en la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1327 que establece medidas de protección al denunciante de actos de corrupción y sanciona las denuncias realizadas de mala fe, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2017-JUS, las entidades bajo el ámbito de aplicación del Reglamento emitirán las directivas y protocolos necesarios para la implementación del citado Decreto Legislativo y su propio Reglamento, regulación que debe difundirse por los canales habituales que la entidad utiliza para comunicarse con los servidores civiles que la integran; además, deben publicitarse en los espacios comunes y de atención al público y a proveedores y contratistas de la entidad; Que, de conformidad con lo regulado por el artículo 59, y los literales c) y f) del artículo 60 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE y modificatoria, la Oficina General de Atención al Ciudadano es el órgano responsable de conducir y supervisar la atención y orientación a los usuarios del Ministerio sobre los servicios que brinda y actividades que desarrolla; tiene a su cargo la gestión documentaria y archivo; y ejerce las funciones de proponer y supervisar la elaboración y actualización de lineamientos, directivas, procedimientos, entre otros, en las materias de sus competencias, así como canalizar las denuncias; Que, con Resolución Secretarial N° 195-2016PRODUCE-SG, se aprueba la Directiva General N° 012-2016-PRODUCE-SG "Lineamientos para la formulación, aprobación y modificación de Directivas en el Ministerio de la Producción", modificada por Resolución Secretarial N° 008-2019-PRODUCE/SG, que tiene por finalidad, uniformizar la estructura y las disposiciones para la formulación, aprobación y modificación de las directivas que se expidan en el Ministerio de la Producción (PRODUCE), contribuyendo a la mayor eficiencia y eficacia en la gestión institucional; Que, la Directiva General N° 012-2016-PRODUCESG, en el sub numeral 5.2.1 prevé que, las Directivas Generales son aquellas cuya aplicación corresponde a más de un órgano y/o programa del PRODUCE, encontrándose comprendidas las de alcance sectorial; y en el sub numeral 5.4.1 dispone que, por Resolución Ministerial se aprueban aquellas directivas que, por su naturaleza, importancia o alcance, corresponde sean aprobadas por el/la Ministro/a, cuyo contenido afecta el interés, obligaciones o derechos de los administrados o permiten orientar la implementación de políticas y la aplicación de normas generales, así como las de alcance sectorial; Que, mediante Memorando N° 41-2019-PRODUCE/ OGACI, la Oficina General de Atención al Ciudadano, recogidas las opiniones de las áreas involucradas, remite el Informe N° 02-2019-PRODUCE/OGACI-MAGB, que sustenta la necesidad de aprobar el proyecto de Directiva General "Lineamientos para la recepción y canalización
de denuncias presentadas contra servidores civiles y personas que prestan servicios en el Ministerio de la Producción", a fin de contar con un instrumento que permita establecer lineamientos para lograr una efectiva recepción, canalización y atención de las denuncias presentadas por personas naturales o jurídicas, respecto a la indebida o ilegal actuación por parte de servidores civiles y personas que prestan servicios en la Entidad, así como aquellas conductas que constituyan faltas disciplinarias o administrativas que contravengan la ética y/o la integridad; Que, por Memorando N° 00273-2019-PRODUCE/ OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización deriva el Informe N° 049-2019-PRODUCE/OGPPM-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización, que contiene la opinión técnica favorable sobre la aprobación del proyecto de Directiva General "Lineamientos para la recepción y canalización de denuncias presentadas contra servidores civiles y personas que prestan servicios en el Ministerio de la Producción", la cual hace suya, solicitando continuar con el trámite correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE y su modificatoria; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; el Decreto Legislativo N° 1327, Decreto Legislativo que establece medidas de protección para el denunciante de actos de corrupción y sanciona las denuncias realizadas de mala fe, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 010-2017-JUS; y la Resolución Secretarial N° 195-2016-PRODUCE-SG, que aprueba la Directiva General N° 012-2016-PRODUCE-SG; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Directiva General N° 0012019-PRODUCE-DM "Lineamientos para la recepción y canalización de Denuncias presentadas contra servidores civiles y personas que prestan servicios en el Ministerio de la Producción", la que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Publicar la presente Resolución Ministerial y la Directiva General aprobada mediante el artículo 1 en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de publicación de la Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROCIO BARRIOS ALVARADO Ministra de la Producción 1815320-1
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INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN RESOLUCIÓN EJECUTIVA Nº 245-2019-ITP/DE Lima, 4 de octubre de 2019 CONSIDERANDO: Que, en virtud de lo dispuesto por el artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 43-2003-PCM, la máxima autoridad de cada una de las entidades de la administración pública, tiene la obligación de adoptar las medidas necesarias, dentro de su ámbito funcional, que permitan garantizar el