Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2018 (22/06/2018)


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NORMAS LEGALES

Viernes 22 de junio de 2018 /

El Peruano

diez (10) servicios prestados a exclusividad del Texto Único de Procedimientos Administrativos precitado; y la incorporación de las medidas de simplificación administrativa establecidas en el referido Decreto Legislativo; Que, la Dirección de Desarrollo Organizacional y Modernización, mediante el Informe N° 064-2018-MINDEF/ VRD/DGPP/D/03, señaló que resulta viable técnicamente: (i) La eliminación de los procedimientos administrativos y los servicios exclusivos referidos; y (ii) La aprobación de la propuesta de modificación del Texto Único de Procedimientos de la Fuerza Aérea del Perú, remitida por la citada institución Armada; Que, el numeral 43.5 del artículo 43 del TUO de la Ley N° 27444, dispone que una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, tal y como sucede en el presente caso; Que, en virtud a la propuesta de modificación precitada, se eliminarán los siguientes procedimientos administrativos: 10A, 21F, 23A, 23B, 23C, 23D, 25A , 25B, 31A, 41A, 41B, 41C, 41D, 41E, 41H, 41I, 41J, 41K, 43A, 43B, 43C, 43D, 43E, 43F, 43G, 43H, 43I, 43J, 43K, 43L, 43M, 42A, 42B, 42C, 42G, 42H, 42I, 42J, 44A , 45A, 45B, 45C, 45D, 45E, 46A, 46B, 60A, 60B, 70A, 70B y 81A. Asimismo, se eliminaran los siguientes servicios prestados en exclusividad: 311, 312, 313, 314, 315, 316, 317, 318, 321 y 322; Que, en consecuencia, el Texto Único de Procedimientos Administrativos precitado, contemplará un total de cinco (05) procedimientos administrativos y dieciocho (18) servicios prestados en exclusividad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017JUS; el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; el Decreto Legislativo N° 1246, por el cual se aprobó diversas medidas de simplificación administrativa; y el Decreto Supremo N° 013-2011-DEFAP-EM, por el cual se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Fuerza Aérea del Perú. SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificación de Procedimientos Administrativos Apruébese la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Fuerza Aérea del Perú y Formularios, conforme al Anexo Nº 01 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Publicación Disponer la difusión del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Fuerza Aérea del Perú, modificado por el artículo 1 de la presente Resolución, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE (www.serviciosalciudadano.gob. pe) y en el Portal Institucional de la Fuerza Aérea del Perú ­ FAP (www.fap.mil.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de diversos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales
DECRETO SUPREMO N° 136-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30695, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2018, aprueba, entre otros, el monto máximo y destino general de las operaciones de endeudamiento externo e interno que puede acordar el Gobierno Nacional para el Sector Público durante el Año Fiscal 2018; Que, el Decreto Supremo N° 260-2017-EF aprueba la operación de endeudamiento interno a través de la emisión de Bonos Soberanos, hasta por la suma de S/ 788 155 000,00 (SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL Y 00/100 SOLES), a ser efectuada en uno o varios tramos, destinada a financiar parcialmente la cartera de proyectos de inversión en infraestructura vial, priorizados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; asimismo, precisa que los bonos se colocan en una o más colocaciones internas, durante los años 2017 y 2018; Que, con Informe N° 566-2018-MTC/21.OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado (Provías Descentralizado) informa que la Unidad Ejecutora 010: Provías Descentralizado del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones cuenta con la disponibilidad presupuestal ascendente a la suma de S/ 370 108 039,00 (TRESCIENTOS SETENTA MILLONES CIENTO OCHO MIL TREINTA Y NUEVE y 00/100 SOLES) por la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, para financiar 51 proyectos de inversión en infraestructura vial comprendidos en el Decreto Supremo N° 260-2017-EF; Que, con Memorando Nº 819-2018-MTC/09, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, hace suyo el Informe Nº 180-2018-MTC/09.03 de la Oficina de Presupuesto, en el que manifiesta que se cuenta con recursos presupuestales disponibles en el presupuesto institucional del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 010: Provías Descentralizado, por la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito a favor de diversos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, para financiar 51 proyectos de inversión en infraestructura vial comprendidos en el Decreto Supremo N° 260-2017-EF; en virtud de lo cual, mediante Oficio N° 716-2018-MTC/04, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos; Que, el párrafo 4.3 del artículo 4 de la Ley Nº 30694, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, establece que cuando, luego de la evaluación periódica de los recursos previstos en la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito considerados en el artículo 1 de la referida ley, resulte necesario realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional - incluyendo, de ser el caso, las contrapartidas asociadas a las operaciones de endeudamiento contratadas y no ejecutadas - se aplica el mecanismo de aprobación legal establecido en el párrafo 4.1 del artículo 4 de la misma ley, el cual señala que su aprobación se efectúa mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de S/ 370 108 039,00 (TRESCIENTOS SETENTA MILLONES

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1.13. Principio de simplicidad.- Los trámites establecidos por la autoridad administrativa deberán ser sencillos, debiendo eliminarse toda complejidad innecesaria; es decir, los requisitos exigidos deberán ser racionales y proporcionales a los fines que se persigue cumplir.

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