Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2018 (22/06/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 101

El Peruano / Viernes 22 de junio de 2018

NORMAS LEGALES
7. INGRESO A LA AGENCIA VIRTUAL SAT

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k) SAT: Servicio de Administración Tributaria de Lima. l) SUNARP: Superintendencia Nacional de los Registros Públicos. CAPÍTULO II CONTENIDO 5. FACULTADES DEL ADMINISTRADO A través de la AGENCIA VIRTUAL, el administrado podrá realizar las siguientes operaciones: a) Actualización de datos y domicilio fiscal del administrado para efectos tributarios. En el caso de personas naturales: actualización de estado civil, información del cónyuge y domicilio fiscal de la sociedad conyugal, entre otros. En el caso de personas jurídicas: actualización de información de representantes legales, creación y administración de delegados, entre otros. b) Declaración jurada determinativa de Impuesto al Patrimonio Vehicular. c) Modificación de declaración jurada determinativa del Impuesto al Patrimonio Vehicular. d) Modificación de contraseña y recuperación de acceso a la Agencia Virtual. 6. PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR ACCESO A LA AGENCIA VIRTUAL Para hacer uso de la Agencia Virtual el administrado podrá solicitar su acceso de dos formas: 6.1 A través de la página web del SAT: a) Ingresar a la Agencia Virtual a través del enlace establecido dentro de la página web del SAT (www.sat. gob.pe). b) Llenar el Formulario virtual de Solicitud de acceso a la Agencia Virtual donde consignará su correo electrónico y contraseña de acceso. c) Una vez culminado el registro del formulario, aceptados los términos y condiciones y procedido a grabar la información, se enviará al correo electrónico proporcionado un enlace mediante el cual accederá a una dirección web que le permitirá confirmar la dirección de correo electrónico y descargar el formato, el mismo que deberá ser impreso para ser presentado en las agencias del SAT. d) Finalmente, el administrado deberá acercarse a una Agencia del SAT y presentar la siguiente documentación: - Formato de solicitud de acceso firmado por el titular o su representante, según corresponda. - Exhibir el Documento Nacional de Identidad (DNI). - Para acreditar el domicilio fiscal, el administrado puede utilizar la dirección declarada en su DNI o exhibir un recibo de luz, agua, cable o teléfono del domicilio con una antigüedad no mayor a 3 meses en el que conste la dirección. - En el caso de representación, deberá presentar poder específico en documento público o privado con firma legalizada ante notario. e) Presentados los documentos y verificado el cumplimiento de los mencionados requisitos se procederá con la habilitación del acceso a la Agencia Virtual y se le enviará un correo electrónico al buzón proporcionado, confirmando su aprobación de acceso. 6.2 A través de Concesionarias afiliadas: a) Llenar el Formato Físico de Solicitud de Acceso a la Agencia Virtual brindado por las concesionarias afiliadas al momento de la adquisición de un vehículo. b) Una vez entregado el formato llenado y firmado en original por el administrado y remitido al SAT por la Concesionaria, se procederá a verificar la información registrada y se enviará un correo electrónico al buzón proporcionado, mediante el cual, se le indicará el procedimiento para generar su contraseña.

El administrado que cuente con la habilitación y aprobación de acuerdo al procedimiento señalado en el punto 6, podrá ingresar y acceder a la Agencia Virtual SAT registrando la siguiente información: - Tipo y número de documento de identidad del administrado. - Tipo y número de documento de identidad del representante legal o delegado, de corresponder. - Contraseña creada por el administrado. 8. MODIFICACIÓN DE RECUPERACIÓN DE ACCESO CONTRASEÑA Y

En cualquier momento el administrado puede modificar su contraseña de acceso a la Agencia virtual, para ello debe confirmar previamente la contraseña que desea modificar y luego definir su nueva contraseña. En caso, el administrado olvide su contraseña, en la pantalla de ingreso a la Agencia Virtual tendrá la opción de recuperar el acceso. Una vez que el administrado marque la opción de olvido de contraseña, la aplicación le enviará un link de recuperación de acceso a su correo registrado, desde este link el administrado podrá definir una nueva contraseña para poder ingresar a la Agencia Virtual. 9. RESPONSABILIDAD CONTRASEÑA Y MANEJO DE LA

Queda establecido que las operaciones realizadas a través de la Agencia Virtual son efectuadas por el administrado, sus representantes autorizados o delegados. En tal sentido, todo lo presentado tiene carácter de declaración jurada, por lo que es responsabilidad exclusiva del administrado el resguardo de seguridad de su contraseña. 10. COMUNICACIÓN El envío de comunicaciones a la dirección de correo electrónico registrada por el administrado se entenderá válidamente efectuado, siendo responsabilidad del administrado revisar su bandeja de forma continua. 11. PRESUNCIÓN DE VERACIDAD Y VERDAD MATERIAL En el uso de los servicios brindados en la Agencia Virtual, se presume que los documentos y declaraciones virtuales registrados por los administrados responden a la verdad de los hechos que ellos afirman, presunción que admite prueba en contrario sujetándose a las sanciones y consecuencias establecidas en el TUO del Código Tributario. Asimismo, el SAT verificará la información registrada, adoptando todas las medidas probatorias necesarias definidas por la ley. 12. PRIVACIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES El SAT es la entidad responsable de garantizar la seguridad de los datos de carácter personal que sean suministrados o generados por los ciudadanos como consecuencia de solicitudes y trámites en la Agencia Virtual. En ejercicio de sus funciones y dentro del ámbito de su competencia, el SAT utiliza y da tratamiento a los datos personales suministrados por los ciudadanos a través de la Agencia Virtual. Para asegurar su adecuado tratamiento y protección, el SAT ha adoptado los niveles de seguridad adecuados para el resguardo de la información. CAPÍTULO III OPERACIONES EN LA AGENCIA VIRTUAL SAT 13. ACTUALIZACIÓN DE DOMICILIO FISCAL. Es responsabilidad del administrado mantener su domicilio fiscal actualizado en la Agencia Virtual, el