Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2015 (30/10/2015)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 86

565148

NORMAS LEGALES

Viernes 30 de octubre de 2015 /

El Peruano

c. Las personas naturales residentes en Miraflores pueden ingresar a los talleres, siempre y cuando registren al momento de ingreso: nombres y apellidos, dirección, número de DNI y firma correspondiente. d. Los contenidos que se presenten en los talleres del proceso serán de conocimiento público a través del link que estará a disposición en el portal institucional de Miraflores. e. La duración de cada taller no tendrá una extensión mayor de una hora y media, las exposiciones tendrán una duración prudencial que permita un correcto entendimiento de los conceptos vertidos. Al comienzo de cada taller se difundirán los teléfonos y correos electrónicos de los funcionarios responsables de los talleres para que los presentes puedan absolver sus dudas e inquietudes, si así lo consideran. Dentro de cada taller se otorgarán dos (2) minutos a cada agente participante parea que formulen sus preguntas y opiniones, de ser el caso. f. Los talleres del presupuesto participativo son una instancia abocada de manera integral a los objetivos plasmados en la presente ordenanza; cualquier tema o concepto que tenga que ver con la administración del Gobierno Local se deberá canalizar ante las gerencias respectivas; para ello, el personal del Equipo Técnico ofrecerá las facilidades del caso con el público asistente. g. Los agentes participantes que ingresen a los talleres, así como el público en general, tienen el derecho a participar en todas las actividades del proceso, de acuerdo a los alcances de la presente ordenanza. En el caso de alterarse el orden, el Equipo Técnico tiene la facultad de interrumpir el desarrollo del taller para restablecer el orden correspondiente. Artículo 26º.- Talleres de capacitación a los agentes participantes El Equipo Técnico organizará los talleres de capacitación en donde se expondrán los criterios básicos respecto al desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo así como los lineamientos del Sistema Nacional de Inversión Pública. Con estos conceptos se podrán proponer en las siguientes etapas del proceso las alternativas de solución en base al diagnóstico del distrito. Artículo 27º.- Talleres de trabajo Los talleres de trabajo son convocados a través del Equipo Técnico del Presupuesto Participativo del Año 2016. Estos talleres se componen de las siguientes fases: - Diagnóstico del distrito - Presentación de propuestas de proyectos - Evaluación de las propuestas de proyectos - Identificación de propuestas de proyectos Artículo 28º.- Del diagnóstico del distrito y presentación de alternativas de solución En el marco del cronograma de actividades, el Equipo Técnico del Presupuesto Participativo presenta en un taller de trabajo el diagnóstico del distrito a los agentes participantes, mediante el cual se podrá identificar de manera plena las alternativas de solución a los problemas observados. Asimismo, el Equipo Técnico puede disponer de los medios tecnológicos necesarios para solicitar la opinión de los vecinos a fin de delimitar el diagnóstico del distrito. A través de los medios de difusión que el Equipo Técnico disponga, se recogerá las propuestas de proyectos que son las alternativas de solución a problemas específicos enmarcados dentro del diagnóstico del distrito, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 9 de la presente ordenanza. El plazo de presentación de las propuestas de proyectos será de conocimiento público a través del cronograma de actividades del Proceso del Presupuesto Participativo del Año 2016. La Municipalidad de Miraflores, a través de sus unidades orgánicas y en mérito a la evaluación del diagnóstico del distrito presentado en los talleres, podrá presentar las propuestas de proyectos o proyectos de inversión, de ser el caso. Artículo 29º.- De la evaluación de las propuestas de proyectos El Equipo Técnico evaluará todas las propuestas presentadas por los agentes, tomando en consideración los requisitos mínimos que debe contemplar en mérito a

los principios estipulados en la presente ordenanza, en el Artículo 30, los lineamientos del Sistema Nacional de Inversión Pública y del Ministerio de Economía y Finanzas, así como en lo dispuesto en las líneas estratégicas del Plan de Desarrollo Local Concertado vigente al momento de la ejecución de la convocatoria. El plazo de la presentación de la evaluación técnica de los proyectos será de conocimiento público a través del cronograma de actividades del Proceso del Presupuesto Participativo del Año 2016. Artículo 30º.- De los requisitos mínimos de las propuestas de proyectos Las propuestas presentadas por los agentes participantes en el Presupuesto Participativo del Año 2016, para que posteriormente sean parte de la evaluación de parte del Equipo Técnico en el proceso, deben contar con los siguientes requisitos: a. Deben tener correspondencia por lo menos con una de las Líneas Estratégicas del Plan de Desarrollo Local Concertado del distrito de Miraflores. b. Las propuestas de proyectos deben guardar concordancia con las funciones y competencias de la Municipalidad de Miraflores en el ámbito de su jurisdicción. c. Si una organización y/o institución pública, de ser el caso, presenta una propuesta de proyecto, el mismo deberá contar con el respectivo financiamiento o con el cofinanciamiento del sector privado, sociedad civil o vecinos organizados. Para tal efecto, el Equipo Técnico tendrá en cuenta este requisito. d. Las propuestas de proyectos no podrán ser ejecutados sobre terrenos privados o en litigio. e. No debe existir impedimento legal o funcional para su ejecución por parte de la Municipalidad de Miraflores. f. Las propuestas de proyectos no deben contemplar actividades que se ejecuten de acuerdo a lo estipulado en su Plan Operativo Institucional vigente (en el marco de las propuestas de las instituciones públicas) al momento de la convocatoria del proceso. Artículo 31º.- De la identificación de las propuestas de proyectos El Equipo Técnico, a través de un informe, sustentará el resultado de la evaluación previa en un documento que será público a través del Portal Institucional de la Municipalidad de Miraflores, con el objeto que los agentes participantes y vecinos en general tengan conocimiento de las propuestas de los proyectos que serán priorizados en el Proceso del Presupuesto Participativo del año 2016. Los informes técnicos podrán ser solicitados a las unidades orgánicas competentes. Artículo 32º.- De los criterios de priorización Culminado el plazo de la presentación de la evaluación técnica de las propuestas de proyectos, el Equipo Técnico priorizará todas las propuestas que superaron la primera fase, teniendo como marco de acción el Cuadro de Priorización anexo a la presente ordenanza (Anexo 2). Los proyectos priorizados se publicarán en el portal institucional de la Municipalidad de Miraflores. La aplicación de la matriz otorgará puntajes para cada propuesta de proyecto. Esta información se consolidará en el cuadro de puntajes de mayor a menor. Posteriormente, los proyectos priorizados serán sometidos a la fase de votación de proyectos. Artículo 33º.- De la votación de proyectos La votación se efectuará por internet. La publicación del listado de las propuestas priorizadas se instalará en un módulo de votación donde podrán acceder tanto los representantes de las organizaciones como los vecinos en general, debidamente registrados, de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 9 y 10 de la presente ordenanza. Cada persona natural y/o representante de organizaciones, registrado en el módulo, podrá votar hasta por tres (3) propuestas de proyectos presentados. Culminado el plazo de votación, la Gerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información publicará el resultado de acuerdo al número de votación por cada propuesta. Las propuestas que alcancen mayor votación obtendrán el puntaje de cinco (5). La segunda obtendrá cuatro (4) puntos, la tercera, tres (3) y la cuarta dos (2) puntos. A las propuestas que no obtengan ningún voto se