Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2015 (30/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Viernes 30 de octubre de 2015

NORMAS LEGALES

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Que, el Consejo Directivo del PROFONANPE está integrado por ocho integrantes, de los cuales cuatro son representantes del Estado, dos de las organizaciones no gubernamentales peruanas especializadas en la temática ambiental, un representante de los gremios empresariales, y un representante de una organización de cooperación internacional invitada a participar por el Ministerio del Ambiente - MINAM, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Decreto Ley N° 26154, modificado por los Decretos Legislativos N° 1013 y N° 1039, y el artículo 6 del Decreto Supremo N° 024-93-AG, modificado por Decreto Supremo N° 004-2008-MINAM; Que, por Resolución Suprema N° 001-2015-MINAM de 23 de enero de 2015, se designó a los integrantes, ante el Consejo Directivo del PROFONANPE; Que, mediante carta PRFNP-0775/2015, recibida el 13 de octubre de 2015, remitida por el Director Ejecutivo del Fondo de Promoción de las Áreas Naturales Protegidas del Perú - PROFONANPE, comunica la designación de la señora Iris Ahr, como nueva representante de la Embajada de la República de Alemania ante el Consejo Directivo de PROFONANPE; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 26154, Ley que crea el Fondo Nacional para Áreas Naturales Protegidas por el Estado - FONANPE y su modificatoria, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 024-93-AG y su modificatoria, y el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente. SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar, a partir de la fecha, a la señora Irish Ahr, como integrante ante el Consejo Directivo de PROFONANPE, en reemplazo de la señor Petra Schmidt, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 1305866-5

Disponen la publicación en el Portal Web institucional de la propuesta de Reglamento del Título II de la Ley N° 30327, sobre Medidas para Optimizar y Fortalecer el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 290-2015-MINAM Lima, 29 de octubre de 2015 Visto, el Memorando N°452-2015-MINAM/VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental; así como el Informe N° 00018- 2015-MINAM-VMGA-DGPNIGA de la Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental, Memorando N° 709-2015-MINAM/SG/OAJ; y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30327, Ley de Promoción de las Inversiones para el Crecimiento Económico y el Desarrollo Sostenible, tiene por objeto promocionar las inversiones para el crecimiento económico y el desarrollo sostenible estableciendo la simplificación e integración de permisos y procedimientos, así como medidas de promoción de la inversión; Que, el numeral 9.1 del artículo 9 de la citada ley, crea el procedimiento de Certificación Ambiental Global a cargo del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE,

con la finalidad de incorporar progresivamente en un solo procedimiento administrativo, los distintos títulos habilitantes relacionados con la certificación ambiental que corresponde a la naturaleza del proyecto y que resultan exigibles por disposiciones legales especiales en el marco de Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental ­ SEIA; Que, el Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente señala como su función general el diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; Asimismo, según el literal f) del artículo 7 del mencionado Decreto Legislativo, tiene como una de sus funciones específicas, dirigir el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental: Que, la primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30327, establece que mediante Decreto Supremo emitido por el Ministerio del Ambiente se establecen las disposiciones reglamentarias correspondientes al Título II "Medidas para Optimizar y Fortalecer el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental" de la aludida ley; Que, en ese sentido, la Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental ha elaborado el proyecto de Reglamento, que busca desarrollar el proceso de Certificación Ambiental Global, antes, durante y después de la presentación del EIA, integrando en éste la información de los Títulos Habilitantes que correspondan según la naturaleza del proyecto y que están relacionados al procedimiento de certificación ambiental en el marco del SEIA. Que, previa a su formal aprobación, la citada propuesta requiere ser sometida a consulta para recibir opiniones y sugerencias de los interesados, conforme a lo establecido en el artículo 39° del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM; por lo que, corresponde emitir la presente resolución; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, la Secretaría General, la Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental y la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; Ley Nº 30327, Ley de Promoción de las Inversiones para el Crecimiento Económico y el Desarrollo Sostenible; el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la publicación de la propuesta de Reglamento del Título II de la Ley N° 30327, sobre Medidas para Optimizar y Fortalecer el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Dicha publicación se realizará en el Portal Web institucional del Ministerio del Ambiente (http://www. minam.gob.pe/consultaspublicas), a fin de conocer las sugerencias y/o comentarios de los interesados, por un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- Las sugerencias y/o comentarios sobre el proyecto normativo señalado en el artículo 1° de la presente resolución, deberán ser remitidas, por escrito, al Ministerio del Ambiente, cuya sede se encuentra ubicada en la Avenida Javier Prado Oeste N° 1440, San Isidro ­ Lima, y/o a la dirección electrónica: seia@minam.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 1305438-1