Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2015 (30/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

565082

NORMAS LEGALES

Viernes 30 de octubre de 2015 /

El Peruano

Que, mediante Resolución Ministerial N° 303-2015-MINEDU se reconoció, entre otras, la oficialidad de los referidos alfabetos; Que, mediante Oficio N° 000453-2015/SGEN/ RENIEC, dirigido al Viceministro de Gestión Pedagógica, la Secretaria General del Registro Nacional de Identidad y Estado Civil - RENIEC manifiesta que algunas de las grafías contenidas en los alfabetos oficializados no figuran en el sistema informático del RENIEC, lo que imposibilita la escritura de nombres y/o apellidos que contienen esos caracteres; por lo que plantea la elaboración de una propuesta sociolingüística de equivalencias para grafías de lenguas originarias; Que, mediante Resolución Directoral N° 001-2015-MINEDU/VMGP/DIGEIBIRA/DEIB emitida por la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe, se oficializan las equivalencias para los alfabetos ikitu, kukama-kukamiria, secoya y murui-muinan , a efectos de que puedan ser utilizadas por RENIEC, únicamente para la consignación de nombres propios (antropónimos); Que, mediante Informe N° 135-2015-MINEDU/VMGP/ DIGEIBIRA, la Directora General de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural sustenta la importancia de atender la problemática planteada por el RENIEC a efectos de garantizar el respeto de derechos fundamentales como lo es el derecho a la identidad; motivo por el cual resulta necesario reconocer la oficialidad de las referidas equivalencias, a efectos de que el RENIEC pueda hacer uso de ellas; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y la Norma Técnica "Procesos para la normalización de las reglas de escritura uniforme de las lenguas originarias del Perú", aprobada por Resolución Viceministerial N° 027-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- RECONOCER la oficialidad de las equivalencias para los alfabetos ikitu, kukama-kukamiria, secoya y murui-muinan , según las grafías contenidas en la Resolución Directoral N° 001-2015-MINEDU/VMGP/ DIGEIBIRA/DEIB, emitida por la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe:
GRAFÍAS QUE NO FIGURAN EN EL SISTEMA INFORMÁTICO DE RENIEC EQUIVALENCIAS QUE PODRÁN SER UTILIZADAS POR RENIEC

Nota Prot. N. 5928/15, por la cual Monseñor José Antonio Teixeira Alves, Encargado de Negocios en ausencia del Excelentísimo Monseñor James Patrick Green, Nuncio Apostólico en el Perú, comunica que Su Santidad el Papa Francisco, ha nombrado a Monseñor Robert Francis Prevost, como nuevo Obispo de Chiclayo; CONSIDERANDO: Que, es procedente reconocer para todos sus efectos civiles el nombramiento de Monseñor Robert Francis Prevost, como nuevo Obispo de Chiclayo, de conformidad con lo establecido en el artículo 7º del Acuerdo entre la Santa Sede y la República del Perú, aprobado por el Decreto Ley N° 23211, el literal e) del numeral 2 del artículo 8° y el numeral 4 del artículo 11° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y el literal g) del artículo 4° de la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, Estando a lo acordado: SE RESUELVE: Artículo 1º.- Reconocimiento Reconocer para todos sus efectos civiles, a Monseñor ROBERT FRANCIS PREVOST, como Obispo de Chiclayo. Artículo 2º.- Refrendo La presente Resolución será refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ALDO VASQUEZ RIOS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1305866-6

PRODUCE
Delegan facultad de suscribir convenios de gestión en el marco de lo establecido en el artículo 14 del D.S. Nº 071-2013-EF
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 359-2015-PRODUCE Lima, 29 de octubre de 2015 VISTOS: El Memorando Nº 2905-2015-PRODUCE/ DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, el Informe N° 032-2015-PRODUCE/DVMYPE-I/ DIGITSE/DITTEC de la Dirección de Transferencia Tecnológica, el Informe N° 00060-2015-PRODUCE/ OGAJ-mburstein de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:

ALFABETOS OFICIALIZADOS

ikitu kukama kukamiria ÿ e

secoya murui-muinan

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Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1305708-1

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Reconocen a Obispo de Chiclayo
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 201-2015-JUS Lima, 29 de octubre de 2015 VISTA, la Nota Prot. N. 593015, de Registro N° 059853, de 28 de setiembre de 2015, que adjunta la

Que, la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobada por Decreto Legislativo N° 1047, modificada entre otros por el Decreto Legislativo Nº 1195, establece que el Ministerio de la Producción es competente en pesquería, acuicultura, industria, micro y pequeña empresa, comercio interno, promoción y desarrollo de cooperativas, es competente de manera exclusiva en materia de ordenamiento pesquero y acuícola, pesquería industrial, Acuicultura de Mediana y Gran empresa (AMyGe), normalización industrial y ordenamiento de productos fiscalizados; Que, el artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 6 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado mediante Resolución Ministerial