Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2015 (30/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Viernes 30 de octubre de 2015 /

El Peruano

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Designan responsable de la ejecución, supervisión y monitoreo de las acciones estratégicas del Ministerio ante la Secretaria Técnica de la CODEHUALLAGA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 319-2015-MINCETUR Lima, 26 de octubre de 2015 Visto, el Memorándum N° 829-2015-MINCETUR/ VMCE, del Viceministerio de Comercio Exterior. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 060-2015-PCM, se aprueba el "Plan de Desarrollo Territorial para la Zonal del Huallaga al 2021"; Que, el numeral 3.2 del artículo 3º del Decreto Supremo Nº 060-2015-PCM, establece que los titulares de las entidades públicas comprendidas en el "Plan de Desarrollo Territorial para la Zona del Huallaga al 2021", designarán al Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (o el que hagan sus veces) como responsable de la ejecución, supervisión y monitoreo de las acciones estratégicas a su cargo, la misma que se formalizará mediante resolución de la máxima autoridad institucional, y se comunicará a la Secretaria Técnica de la Comisión Multisectorial para la Pacificación y Desarrollo Económico Social en la Zona del Huallaga, a fin de que coordine y brinde la información que se requiera; De conformidad con la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594 ­ Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley Nº 27790 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y el Decreto Supremo Nº 009-2010-MINCETUR; De acuerdo con la propuesta formulada por el documento del visto. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al Director General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, como responsable de la ejecución, supervisión y monitoreo de las acciones estratégicas del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ante la Secretaria Técnica de la Comisión Multisectorial para la Pacificación y Desarrollo Económico Social en la Zona del Huallaga ­ CODEHUALLAGA. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Secretaria Técnica de la Comisión Multisectorial para la Pacificación y Desarrollo Social en la Zona del Huallaga ­ CODEHUALLAGA, para los fines pertinente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1304217-1

de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con Oficio Nº 1712-2015-MINDEF/VPD/B/01.a, del 23 de octubre de 2015, el Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 01 al 10 de noviembre de 2015, con la finalidad de realizar visitas a dos proyectos de construcción del Programa de Ayuda Humanitaria (HAP) en los departamentos de Apurímac y Amazonas. Que, el artículo 5 de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República1, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a un (01) militar de los Estados Unidos de América, del 01 al 10 de noviembre de 2015, con la finalidad de realizar visitas a dos proyectos de construcción del Programa de Ayuda Humanitaria (HAP) en los departamentos de Apurímac y Amazonas. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAKKE VALAKIVI ALVAREZ Ministro de Defensa

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Modificado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209

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ECONOMIA Y FINANZAS DEFENSA
Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de los EE.UU.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 983-2015-DE/SG Lima, 28 de octubre de 2015 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nro. 696 del 15 de octubre de 2015, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor del pliego Instituto Nacional de Defensa Civil
DECRETO SUPREMO Nº 302-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 se aprobó, entre