Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2007 (28/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 99

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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a) MORDAZA del documento de identidad del solicitante o su representante, debiendo este ultimo acreditar fehacientemente su representacion. b) Documento que sustente la propiedad y disposicion de los bienes ofrecidos en calidad de pago. c) Documento que contenga la descripcion detallada de las especies y/o bienes materia de canje, adjuntando la descripcion, uso, precio de MORDAZA y garantias, asi como la disponibilidad de los mismos. d) Proforma de los costos correspondientes a los bienes ofrecidos, los mismos que deber ser competitivos en el mercado. e) Pericia de valorizacion realizada por el Consejo Nacional de Tasaciones, tratandose del ofrecimiento de inmuebles. f) MORDAZA Certificada del integro de la Partida Registral de los bienes ofrecidos, en la cual conste y aparezca que los mismos se encuentran libres de cargas y/o gravamenes y que no tienen pendiente accion judicial donde se discuta el derecho de dominio. La MORDAZA certificada de la partida registral debera ser tramitada ante Registros Publicos y la fecha de su expedicion no podra ser mayor a 2 (dos) dias MORDAZA de la fecha de MORDAZA de la solicitud por mesa de partes. g) Declaracion Jurada de asumir los gastos que se originen para brindar el bien que ofrece, de ser el caso. h) MORDAZA del escrito de desistimiento de la pretension y/o de la resolucion que lo aprueba, segun el caso, presentado por el recurrente ante las autoridades judiciales, administrativas y municipales en los que se encuentre en reclamacion en cualquier instancia la deuda materia de solicitud de pago en especies. 7.2 Como requisitos adicionales para persona juridica se deberan acompanar los siguientes documentos: a) MORDAZA del comprobante de informacion registrada en el RUC expedido por la SUNAT debidamente fedateado por funcionario municipal o legalizado notarialmente. b) MORDAZA del documento de constitucion de la persona juridica debidamente fedateado por funcionario municipal o legalizado notarialmente. c) Certificado de Vigencia de Poder, mediante el cual se acredite las facultades de representacion suficientes de quien suscribe la solicitud a nombre de persona juridica. Dicho certificado debera ser tramitado ante Registros Publicos y la fecha de su expedicion no podra ser mayor a dos (2) dias MORDAZA de la fecha de MORDAZA de la solicitud por mesa de partes. Los documentos detallados en los incisos b), c), d), e), f), g) del numeral 7.1, cuando correspondan. Asimismo, debera cumplirse con la exhibicion de los comprobantes de pago en los que conste la cancelacion del porcentaje de la deuda senalada en el articulo 5º precedente, los gastos y costas procesales. Articulo 8º DEL PROCEDIMIENTO El procedimiento de tramitacion de la solicitud para acogerse al presente beneficio es el siguiente: 8.1 El servicio de Recepcion Documentaria a cargo de la Gerencia General de Administracion Tributaria y Rentas, verificara la MORDAZA de los documentos exigidos en la presente MORDAZA, notificando en el acto cuando se hubiera omitido alguno de ellos, otorgando un plazo MORDAZA de dos (2) dias habiles para la subsanacion respectiva. Transcurrido el plazo senalado sin que el defecto u omision fuese subsanado, se tendra por no presentada la solicitud y devueltos los actuados al interesado, sin perjuicio del derecho que le asiste a una nueva MORDAZA de su solicitud con los requisitos exigidos. 8.2 Con la documentacion conforme, el expediente es derivado a la Gerencia de Recaudacion, la misma que emitira bajo responsabilidad y en el plazo MORDAZA de tres (3) dias, un informe previa verificacion de la base de datos, del total adeudado por el solicitante, especificando el monto de las deudas que son materia de pago en especie actualizado a la fecha. 8.3 La Gerencia de Administracion Tributaria, remitira el expediente a la Gerencia de Abastecimiento, la que verificara:

8.3.1 Bienes y/o Servicios considerados en el Cuadro de Necesidades de Bienes y Servicios: La Gerencia de Abastecimiento verificara si la propuesta realizada se encuentra dentro de los requerimientos aprobados de acuerdo al Cuadro de Necesidades de Bienes y Servicios de las areas usuarias, determinando la competitividad de los costos senalados por el solicitante, para lo cual tendra un plazo MORDAZA de tres (3) dias, bajo responsabilidad, para emitir el informe correspondiente. 8.3.2. Bienes y/o servicios no considerados en el Cuadro de Necesidades de Bienes y Servicios: La Gerencia de Abastecimiento podra aceptar bienes y/o servicios no considerados en el Cuadro de Necesidades de Bienes y Servicios de las areas usuarias respectivas, siempre y cuando estas ultimas sustenten la necesidad actual de dicho bien. Tratandose de solicitudes de pago en especie por concepto de arbitrios municipales la Gerencia de Abastecimiento verificara, ademas que los bienes o servicios ofrecidos MORDAZA idoneos para ser empleados por las areas prestadoras de los Servicios Publicos de Parques y Jardines, de Seguridad Ciudadana y Limpieza Publica. En los supuestos contemplados en los numerales 8.3.1 y 8.3.2 con los informes requeridos, el expediente es remitido a la Secretaria Tecnica para su revision. De requerirse informes adicionales, se otorgara al area correspondiente un plazo de tres (3) dias, para la emision del mismo, debiendo derivarse al termino del plazo indicado, los actuados a la Comision Evaluadora. Articulo 9º.- DE LA VALORIZACION Los bienes y/o servicios ofrecidos en calidad de pago seran valuados de acuerdo al valor del MORDAZA en la fecha de su entrega efectiva. El valor de los bienes inmuebles ofrecidos en propiedad, se determinara en funcion a la tasacion comercial efectuada por el Consejo Nacional de Tasaciones o el monto de autovaluo determinado para el ejercicio fiscal en que se presente la solicitud respectiva, el que resulte mayor. Articulo 10º.- DE LA COMISION EVALUADORA La Comision Evaluadora estara conformada por: 1. El Gerente General de Administracion Tributaria y Rentas, quien lo presidira. 2. El Gerente General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion, quien actuara de Secretario Tecnico. 3. El Gerente de Abastecimiento. 4. El Gerente General de Asesoria Juridica y Conciliacion. Los acuerdos aprobatorios se adoptaran por unanimidad. En ningun caso, los votos en contra o las abstenciones dejaran de estar debidamente sustentados, bajo responsabilidad funcional. Articulo 11º.- DE LA EVALUACION DE LA COMISION.La Comision se reunira permanentemente a fin de evaluar cada solicitud presentada para su aprobacion o desaprobacion, dicha evaluacion se MORDAZA en un plazo MORDAZA de catorce (14) dias habiles. El acta levantada durante la sesion debera consignar de manera obligatoria: el monto aprobado para la realizacion del pago en especie, la valorizacion aceptada, el plazo de entrega y el empleo de la (s) especie (s) ofrecida (s). Articulo 12º.- DE LA RESOLUCION.El Dictamen de la Comision Evaluadora sera remitido a la Gerencia Municipal para su consideracion y emision de la Resolucion que aprueba o desaprueba la solicitud presentada, en un plazo MORDAZA de diez (10) dias habiles, bajo responsabilidad. Con MORDAZA del cargo notificado, la Gerencia Municipal remitira los actuados que corresponden a: a) Las solicitudes aprobadas, a la Gerencia de Abastecimiento que sera responsable del control respecto a la entrega de los bienes y/o servicios, asi como de la ejecucion y verificacion de la conformidad de los mismos,