Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2007 (28/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

344427

Conforme al Oficio Nº 241-2007-GR PUNO/PR., Presidente del Gobierno Regional, solicita al Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, autorizacion de Viaje a la MORDAZA MORDAZA, Republica de Bolivia, los dias 26 y 27 de MORDAZA del 2007 y al II CUMBRE DEL MORDAZA los dias 28 y 29 de MORDAZA del 2007 en Caracas, Republica de Venezuela, en donde se tratara la Problematica de Interes Regional y MORDAZA Latina, considerando que a traves de estas relaciones de coordinacion se podra lograr beneficios para el desarrollo de la Region Puno; el Consejo aprueba por mayoria de votos el viaje solicitado y autorizado con Oficio Nº 041-2007-GR PUNO/CR; En uso de las atribuciones concedidas por la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y su modificatoria - Ley Nº 27902, el Consejo; ACORDO: Articulo Primero.- Autorizar en via de regularizacion el viaje oficial del Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la MORDAZA MORDAZA, Republica de Bolivia y la MORDAZA de Caracas, Republica de Venezuela, los dias 26 al 29 de MORDAZA del 2007 respectivamente, para fines expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo. Articulo Segundo.- Encargar la Presidencia del Gobierno Regional de MORDAZA, al licenciado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vicepresidente de la Region, mientras dure la ausencia del Titular del Pliego. Articulo Tercero.- Dispensar, el presente Acuerdo Regional del tramite de lectura y aprobacion del Acta. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA BALDARRAGO MORDAZA Consejero Delegado del Consejo Regional MORDAZA 54495-1

el Anexo, deben tener en cuenta la proporcion de la poblacion electoral de su circunscripcion, de acuerdo a la informacion de poblacion electoral emitida por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, conforme a lo establecido en el Articulo 4º literal e) de la Ley Nº 28212, a fin de determinar el monto del ingreso MORDAZA mensual que corresponda a dicha escala, siendo que en el caso Cieneguilla la poblacion electoral esta conformada por 9372 electores; Que, el mencionado Decreto, senala que los Alcaldes de Municipalidades Distritales de la provincia de MORDAZA y de la Provincia Constitucional del Callao percibiran una asignacion adicional que equivale al 30% del ingreso MORDAZA mensual por todo concepto (IMMC) la misma que no excedera de 50% de una UISP (S/.1300). Que, el Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM, en su Articulo 5º senala, que las dietas que correspondan percibir a los Regidores Municipales, de acuerdo al monto fijado por los respectivos Concejos Municipales, por sesion efectiva en cada mes, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades, en ningun caso pueden superar en total el treinta por ciento (30%) de los ingresos mensuales por todo concepto del MORDAZA correspondiente. Que, el Articulo 6º del mencionado Decreto Supremo, establece un plazo de quince (15) dias para que los Concejos Municipales se adecuen al mismo; Por lo expuesto, el Concejo Municipal de Cieneguilla, en Sesion Extraordinaria de la fecha, POR MAYORIA; ACUERDA: Articulo 1º.- APROBAR EL INGRESO MENSUAL POR TODO CONCEPTO DEL SENOR MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA, en la suma de S/. 3,380.00 (TRES MIL TRESCIENTOS OCHENTA CON 00/100 NUEVOS SOLES) monto que incluye la asignacion adicional de S/.1,300.00 Nuevos Soles, en cumplimiento de lo establecido en el Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM. Articulo 2º.- APROBAR asimismo, el ingreso que percibiran los Regidores por la asistencia efectiva a un MORDAZA de dos Sesiones Ordinarias al mes, en la suma de S/. 1,014.00 (MIL CATORCE CON 00/100 NUEVOS SOLES) que corresponde al 30% del monto total del ingreso del MORDAZA, a razon de S/. 507.00 (QUINIENTOS SIETE CON 00/100 NUEVOS SOLES) por Sesion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA SCHWARTZ R. MORDAZA 54842-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Aprueban ingreso mensual del MORDAZA y de dietas de Regidores de la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 031-2007-MDC Cieneguilla, 12 de MORDAZA del 2007. EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CIENEGUILLA: VISTO; en sesion de Concejo Extraordinario de la fecha; CONSIDERANDO: Que, con fecha 22 de marzo del 2007, se ha publicado el Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM, el mismo que senala que, la MORDAZA tiene por objeto establecer las disposiciones que permitan a los Concejos Municipales determinar los ingresos por todo concepto de los Alcaldes Provinciales y Distritales, en el MORDAZA de la Ley Nº 28212, modificada por el Decreto de Urgencia Nº 038-2006; Que, el referido Decreto, en su Articulo 3º senala, que los ingresos maximos mensuales por todo concepto de los Alcaldes Provinciales y Distritales son fijados por los Concejos Municipales respectivos, considerando para tal efecto el Cuadro (Anexo) que contiene parametros para la determinacion de sus ingresos; Que, asimismo, el indicado Decreto Supremo, indica que los Concejos Municipales, para efecto de aplicar

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Declaran nulidad de las RR.AA. Nºs. 1542 y 0812-06-ALC/MDLV relativas a deudas devengadas, saldo de escolaridad y gratificacion
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 118-2007-ALC/MDLV La MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO: EL Informe Nº 222-07-GAJ/MDLV del 18 de MORDAZA de 2007, elaborado por la Gerencia de Asesoria Juridica, a traves del cual, opina que debe declararse la nulidad de oficio de la Resolucion de Alcaldia Nº 1542-06-ALC/MDLV de fecha 20 de noviembre de 2006.