Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2007 (28/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 102

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de MORDAZA de 2007

aprobado con el D.S. Nº 083-2004-PCM y del Articulo 141º del Reglamento, aprobado mediante D.S. Nº 0842004-PCM, puesto que el servicio requerido es inherente a las funciones especificas de la Municipalidad, previstas en el Articulo 80º de la Ley Organica de Municipalidades, Nº 27972, y que se viene prestando ininterrumpidamente desde el ano 2003. Y se origina en la declaracion de desierto del MORDAZA en curso, por lo que no responderia a la inaccion de la entidad; Que, el Articulo 146º del Reglamento citado senala que previamente al Acuerdo de Concejo que apruebe la exoneracion debe emitirse obligatoriamente los informes que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion; Que, la Gerencia de Planificacion y Presupuesto senalo que el costo del Servicio de Asistencia Medica con Equipamiento para el ano 2007, cuenta con MORDAZA presupuestal en la subespecifica del gasto 5.3.11.39.09 Otros Servicios de Terceros, en los Rubros 09 Recursos Directamente Recaudados y 18 Canon y Sobrecanon, Regalias, Rentas de Aduanas y Participaciones, correspondientes a las MORDAZA de Financiamiento 02, Recursos Directamente Recaudados y 05 Recursos Determinados, respectivamente, hasta por un monto de S/. 88,508.31, segun el Memorando Nº 081-2007-MDLP/ GPP, emitido el 12 de marzo de 2007, MORDAZA de convocar al MORDAZA de seleccion respectivo, por lo que la Unidad de Logistica debera descontar del Valor Referencial que formara parte del expediente de contratacion para la MORDAZA Convocatoria del MORDAZA de Seleccion ADS Nº 001-2007-CEP-Servicios, para la contratacion del Servicio de Asistencia Medica con Equipamiento, el monto de la presente exoneracion, a fin de no superar el monto presupuestado; De acuerdo a lo expuesto y con los informes de la Gerencia de Administracion, de Desarrollo Humano, de la Unidad de Logistica, que conjuntamente con el Informe Nº 103-2007-MDLP/GAL, completan el requerimiento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobados mediante DD.SS. Nºs. 083 y 084-2004-PCM, respectivamente al MORDAZA del Articulo 9º y 41º de la Ley Organica de Municipalidades, Nº 27972, con la asistencia de todos los miembros, se Aprobo por Unanimidad, con dispensa de lectura y aprobacion de actas, lo siguiente: ACUERDO Articulo Primero.- Declarar en Situacion de Desabastecimiento Inminente el Servicio de Asistencia Medica con Equipamiento por el periodo de dos (2) meses, contados a partir de la suscripcion del contrato respectivo y por un monto de hasta S/. 17,424.46. Articulo Segundo.- Exonerar la contratacion del Servicio de Asistencia Medica con Equipamiento del MORDAZA de Seleccion respectivo, debiendo observarse lo prescrito en el Articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 084-2004-PCM. Articulo Tercero.- Encargar a la Secretaria General la publicacion del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de su emision y la remision del Acuerdo, conjuntamente con los informes que lo sustentan a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, segun el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con D.S. Nº 0832004-PCM. Articulo Cuarto.- Encargar a la Unidad de Logistica la publicacion de este Acuerdo a traves del SEACE y el cumplimiento del mismo. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA DUHARTE GADEA MORDAZA 54090-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJATAMBO
Declaran en situacion de desabastecimiento inminente al programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO N° 010-2007-MPC Cajatambo, 29 de enero del 2007 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJATAMBO POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesion Ordinaria de fecha 29 de enero del 2007, con la asistencia del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los senores Regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Srta. MORDAZA Ibeth MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA Olave MORDAZA, se trato como agenda: "Declarar en situacion de desabastecimiento inminente al Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Cajatambo". CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades Provinciales, Distritales y de Centros Poblados conforme a Ley son los organos de gobierno local, tienen autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia conforme a lo previsto en el Articulo 191° de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el Articulo II del Titulo Premilitar de la Ley N° 27972 "Organica de Municipalidades". Que, mediante Informe N° 14-2007-ABAST-MPC de la Oficina de Abastecimientos de la Municipalidad Provincial de Cajatambo, pone en conocimiento al Concejo Municipal que por razones de las consecuencias lluvias que atravesaba la provincia de Cajatambo perjudico la interrupcion de la carretera con huaycos, donde no se pudo tener reuniones con los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche con la finalidad de actualizar el Padron de beneficiarios y la conformacion del Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche para el periodo 2007, Que, el MORDAZA de lo prescrito en los Articulos 19°, 20° y 21° del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. N° 083-04PCM, concordante con el Articulo 141° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el encargado de los Abastecimientos solicita se declare en situacion de DESABASTECIMIENTO INMINENTE al Programa de Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Cajatambo, por estar comprendido en el beneficio derivado a lo establecido en el inciso c) del Articulo 19° del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que consiste en la exoneracion de procesos de seleccion en situacion de DESABASTECIMIENTO INMINENTE, resaltando que se deben cumplir con las formalidades de los procedimientos no sujetos al MORDAZA de seleccion por lo que esta exoneracion debera aprobarse mediante Acuerdo de Concejo Municipal, previo sustento con el Informe tecnico y sera publicado en el Diario Oficial El Peruano, remitiendose MORDAZA de dicho acuerdo e informe tecnico que lo sustenta a la Contraloria General de la Republica y al COSUCODE, bajo responsabilidad del pliego en los 10 dias habiles siguientes a su aprobacion; Estando a lo expuesto y con el MORDAZA por unanimidad de los senores regidores presentes y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades, ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR, en situacion de Desabastecimiento Inminente al programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Cajatambo