Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2007 (28/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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6.4 Direccion de Institucion Educativa: a) La I.E. a traves del Comite Institucional de Distribucion de Material Educativo, es responsable de la recepcion, distribucion, conservacion y seguridad del material educativo asignado. b) El Director (a) recepcionara los Modulos de Material Educativo asignados a su Institucion Educativa, verificar el contenido, condiciones, cantidad y firmar la conformidad en las PECOSAS y por cuadriplicado el Acta de Entrega. Entregar al responsable de la UGEL. c) Registrar el material educativo recepcionado, como parte del Centro de Recursos Educativos (CRE). d) Proporcionar y facilitar la MORDAZA seguridad al Centro de Recursos Educativos (ambiente designado para su custodia) en coordinacion con la APAFA y un representante del CONEI. 7. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS a) Las Direcciones Regionales de Educacion y Unidades de Gestion Educativa Local respectivamente, resolveran los casos no previstos en la presente MORDAZA, dando cuenta a la Direccion Nacional de Educacion Basica Regular. b) Los Directores Regionales de Educacion, Directores de Unidades de Gestion Educativa Local y Directores de Instituciones Educativas dispondran lo conveniente a fin de garantizar el estricto cumplimiento de la presente Norma. c) Las instancias de gestion educativa descentralizadas y los funcionarios responsables tienen la obligacion, bajo responsabilidad, de realizar permanentemente acciones de supervision, control concurrente y posteriores a los procesos de recepcion y distribucion de los materiales educativos. San MORDAZA, febrero de 2007 55012-1

ENERGIA Y MINAS
Aprueban listas de bienes y servicios cuya adquisicion otorgara derecho a devolucion definitiva del IGV e IPM u otros impuestos que se le traslade o pague Gran Tierra Energy Inc., Sucursal del Peru con contratos de licencia para exploracion y explotacion de hidrocarburos en los lotes 122 y 128
RESOLUCION MINISTERIAL N° 176-2007-MEM/DM MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2007 VISTO el expediente N° 1671281, de fecha 20 de febrero de 2007, y sus Anexos Nº 1673783 y Nº 1675059, formado por la empresa Gran Tierra Energy Inc., Sucursal del Peru, sobre la aprobacion de la lista de bienes y servicios cuya adquisicion le otorgara el derecho a la devolucion definitiva del Impuesto General a las Ventas, Impuesto de Promocion Municipal y de cualquier otro impuesto al consumo, en su calidad de Contratista del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 122; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27624, se establecio el derecho de las empresas que suscriban contratos o convenios a los que se hace referencia en los articulos 6° y 10° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, a la devolucion definitiva del Impuesto General a las Ventas, del Impuesto de Promocion Municipal y de cualquier

otro impuesto al consumo que les sea trasladado o que paguen, correspondiente a todas las importaciones o adquisiciones de bienes, prestacion o utilizacion de servicios y contratos de construccion, directamente vinculados a las actividades de exploracion, durante la fase de exploracion de los Contratos y la ejecucion de los Convenios de Evaluacion Tecnica; Que, el articulo 2° del Decreto Legislativo N° 963, de fecha 22 de diciembre de 2006, prorrogo la vigencia de la Ley N° 27624 y modificatorias, hasta el 31 de diciembre de 2009. Que, el literal c) del articulo 6° del Reglamento de la Ley Nº 27624, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2002-EF, dispone que los bienes y servicios que otorgaran el derecho a la devolucion definitiva del Impuesto General a las Ventas, Impuesto de Promocion Municipal y de cualquier otro impuesto al consumo deberan estar comprendidos en la lista que se apruebe por Resolucion Ministerial del Ministerio de Energia y Minas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 061-2004-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 13 de MORDAZA de 2004, ha sido aprobada la lista general de los bienes y servicios cuya adquisicion otorgara el derecho a la devolucion definitiva del Impuesto General a las Ventas, Impuesto de Promocion Municipal y de cualquier otro impuesto al consumo a los titulares de las actividades de exploracion de hidrocarburos, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 27624 y su Reglamento; Que, mediante expediente Nº 1671281, de fecha 20 de febrero de 2007, la empresa Gran Tierra Energy Inc., Sucursal del Peru, en su calidad de Contratista del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 122, suscrito el 3 de noviembre de 2006, ha solicitado al Ministerio de Energia y Minas la aprobacion de la lista de los bienes y servicios cuya adquisicion le otorgara el derecho a la devolucion definitiva del Impuesto General a las Ventas, Impuesto de Promocion Municipal y de cualquier otro impuesto al consumo a su favor; Que, a la suscripcion del referido Contrato ya se encontraba vigente la Ley Nº 27624, modificada por la Ley N° 27662, por lo que el beneficio solicitado por la referida empresa sera a partir de la fecha de inicio del primer periodo de la fase de exploracion de dicho Contrato, es decir a partir del 1 de enero de 2007, de acuerdo a lo informado por Perupetro S.A., mediante Carta PRES-CONT-339-2007, de fecha 27 de febrero de 2007; Que, el Ministerio de Economia y Finanzas, mediante Oficio Nº 104-2007-EF/15.01, de fecha 10 de MORDAZA de 2007, ha emitido opinion favorable a la lista de bienes y servicios cuya adquisicion otorgara el derecho a la devolucion del Impuesto General a las Ventas, Impuesto de Promocion Municipal y de cualquier otro impuesto al consumo a favor de la empresa Gran Tierra Energy Inc., Sucursal del Peru, en su calidad de Contratista del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 122; Con la opinion favorable del Viceministro de Energia y de la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nº 27624 y Nº 27662 y el literal c) del articulo 6° del Reglamento de la Ley Nº 27624, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2002-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la lista de bienes y servicios cuya adquisicion otorgara derecho a la devolucion definitiva del Impuesto General a las Ventas, Impuesto de Promocion Municipal y de cualquier otro impuesto al consumo que le sea trasladado o que pague la empresa Gran Tierra Energy Inc., Sucursal del Peru, en su calidad de Contratista del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 122, a partir de la fecha de inicio del primer periodo de la fase de exploracion del mismo, de acuerdo al Anexo adjunto a la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas