Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2007 (28/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

344395

Designan delegacion que participara en la XXX Reunion Consultiva del Tratado Antartico, a realizarse en la MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0445/RE MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2007 Visto, el Oficio Nº 013-07/PCD/INANPE/RE del Presidente del Consejo Directivo del Instituto Antartico Peruano. CONSIDERANDO: Que, la RCTA es el foro mas importante y la MORDAZA instancia decisoria del Sistema del Tratado Antartico que anualmente reune a los veintiocho paises consultivos que co-administran el continente antartico; Que, la XXX Reunion Consultiva del Tratado Antartico (RCTA) ha sido convocada en la MORDAZA de Nueva Delhi, MORDAZA, del 30 de MORDAZA al 11 de MORDAZA de 2007, la misma que sera precedida por la reunion de Jefes de Delegacion de las Partes Consultivas el dia 29 de abril; Que, de conformidad con el articulo 3º de la Ley Nº 27870 - Ley de creacion del Instituto Antartico Peruano, este es el ente rector encargado de formular, coordinar, conducir y supervisar en forma integral la Politica Nacional Antartica; Que, el Peru es Parte Consultiva del Tratado Antartico y, en tal calidad le corresponde participar en dicha reunion pues incluye temas de especial relevancia para el funcionamiento del Sistema del Tratado Antartico cuyo fortalecimiento es uno de los objetivos de la Politica Nacional Antartica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27870, Ley del Instituto Antartico Peruano; el inciso m) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007; y Ley de Procedimientos Administrativo General, Ley N° 27444; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a la Delegacion que en representacion del Peru participara en la XXX Reunion Consultiva del Tratado Antartico que se realizara en la MORDAZA de Nueva Delhi, MORDAZA, del 30 de MORDAZA al 11 de MORDAZA de 2007, y en la reunion de Jefes de Delegacion de las Partes Consultivas que tendra lugar el 29 de MORDAZA de 2007, la misma que estara integrada por las siguientes personas: · Embajador (r) en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Isasi MORDAZA, en su calidad de Asesor General a.h. del Instituto Antartico Peruano, quien permanecera del 29 de MORDAZA al 11 de mayo; y la presidira. · Ministro Consejero MORDAZA MORDAZA Yrigoyen Forno de la Embajada del Peru en la India. · Primer Secretario MORDAZA MORDAZA Munoz MORDAZA de la Embajada del Peru en la India. Articulo Segundo.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolucion seran cubiertos con cargo al Sector Nº 08 - Ministerio de Relaciones Exteriores - Pliego Presupuestal Nº 081 - Instituto Antartico Peruano de la Unidad Ejecutora 001 - Instituto Antartico Peruano, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino del referido viaje, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes Viaticos Numero Total Tarifa por de Viaticos Aeropuerto US$ dia US$ dias US$ US$ Embajador (r) MORDAZA 2,198.56 260.00 13+2 3,900.00 30.25 MORDAZA MORDAZA Isasi MORDAZA Nombres y Apellidos

Articulo Tercero.- Dentro de los quince (15) dias calendarios siguientes al termino del citado viaje, el Jefe de la Delegacion debera presentar al senor Ministro de Relaciones Exteriores un informe sobre las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Articulo Cuarto.- La presente resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 53914-2

SALUD
Declaran la Alerta MORDAZA en Establecimientos de Salud del Ministerio a nivel nacional
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 351-2007/MINSA MORDAZA, 27 de MORDAZA del 2007 Visto: el expediente Nº 07-039878-001 que contiene el Oficio Nº 237-2007-DG-OGDN/MINSA de la Direccion General de la Oficina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 517-2004/MINSA, se aprobo la Directiva Nº 036-2004-OGDN/MINSA-V.01 "Declaratoria de Alertas en Situaciones de Emergencias y Desastres"; Que, la referida Directiva establece que la Alerta MORDAZA es la situacion de expectativa ante la posible ocurrencia de un evento adverso o destructivo, lo cual determina que las dependencias de salud efectuen las acciones preventivas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 055-2006-PCM, se declaro dia no laborable en el sector publico, entre otros, el dia lunes 30 de MORDAZA a fin de incentivar el turismo interno, originando un fin de semana largo; Que, las caracteristicas geograficas, economicas, sociales y culturales de nuestro MORDAZA condicionan con frecuencia, la ocurrencia de eventos adversos que en muchos casos alcanzan niveles de emergencia y desastres que ponen en peligro la salud y la MORDAZA de las personas, sus bienes y el ambiente, por lo que deben plantearse objetivos orientados a prevenirlos, atenuarlos o atenderlos convenientemente; Estando a lo informado por la Oficina General de Defensa Nacional; Con el visado del Viceministro de Salud, del Director General de la Oficina General de Defensa Nacional y de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Directiva Nº 036-2004-OGDN/MINSA-V.01 "Declaratoria de Alertas en Situaciones de Emergencias y Desastres", aprobada por Resolucion Ministerial Nº 517-2004/ MINSA y con lo previsto en el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la ALERTA MORDAZA en los Establecimientos de Salud del Ministerio de Salud a nivel nacional, a partir de las 20:00 horas del dia viernes 27 de MORDAZA de 2007 hasta las 08:00 horas del dia miercoles 02 de MORDAZA de 2007. Articulo 2º.- La Oficina General de Defensa Nacional, se encargara de la difusion de la mencionada declaratoria, asi como de la coordinacion intra o extra sectorial para la ejecucion de las acciones pertinentes, evaluacion y monitoreo de las acciones efectuadas.