Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2007 (28/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 103

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES
Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 54110-1

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por los meses de enero, febrero, marzo del 2007, aprobandose la exoneracion del MORDAZA de seleccion que le corresponde. Articulo Segundo.- Establecer que el requerimiento del producto QUINUA MORDAZA, por un monto de S/. 14,502.00 CATORCE MIL QUINIENTOS DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), afectado dicho monto al presupuesto fiscal 2007 Recursos Ordinarios destinado al programa de vaso de leche, quedando este apto para la adquisicion regular de los meses MORDAZA mencionados. Articulo Tercero.- AUTORIZAR, al Jefe de la Oficina de Abastecimientos de la Municipalidad Provincial de Cajatambo, a efectuar la adquisicion del insumo mencionado mediante MORDAZA de adquisicion directa. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General a fin que realice la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de la aprobacion del presente acuerdo, asi como la comunicacion a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE. Registre, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 54113-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ARAMANGO
Instauran MORDAZA administrativo disciplinario a trabajadores de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA N° 033-2007-MDA-A Aramango, 16 de MORDAZA del 2007 VISTO: El Informe N° 001-2007-MDA-CPPAD-P de fecha 10 de MORDAZA del 2007 emitido por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, donde se ha evaluado los hechos manifestados en el Informe N° 0122007-MDA-JA/CDC de fecha 4 de MORDAZA del 2007 emitido por el Area de Personal. Y CONSIDERANDO: Que las Municipalidades son Organos de Gobiernos Locales, que tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme a lo establecido en el Art. 194° de la Constitucion Politica segun su Modificatoria de Ley N° 27860 de Reforma Constitucional; Que, el articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley N° 27972 senala que "Los gobiernos locales estan sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico". Que el articulo 37 de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley N° 27972 senala que los trabajadores empleados de las municipalidades se encuentran sujetos al regimen laboral general de la actividad publica. Que el regimen laboral de los servidores publicos empleados de los gobiernos locales se encuentra normado en la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa ­ Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento ­ Dec. Sup. N° 00590-PCM. Que el Informe N° 012-2007-MDA-JA/CDC de fecha 4 de MORDAZA del 2007 emitido por el Area de Personal de la Municipalidad Distrital de Aramango, manifiesta que los trabajadores empleados Leini MORDAZA Cancino, MORDAZA MORDAZA Paz, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Amarildo MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, han dejado de asistir injustificadamente a su Centro de Trabajo desde el 17 de enero del 2007, habiendo transcurrido mas de dos meses desde aquel entonces. Que este hecho ha sido puesto en conocimiento de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, quien luego de evaluar lo sucedido han opinado que en la conducta de los trabajadores se presentan elementos de juicio que hacen presumir razonablemente que dichos trabajadores han incurrido en falta administrativa grave que es pasible de sancion de cese temporal y/o destitucion, lo que debe determinarse en un MORDAZA de investigacion administrativa, por lo que recomiendan la apertura de MORDAZA administrativo disciplinario. Que la falta que ha sido materia de esta opinion es la que se encuentra normada en el articulo 28 Inc. K) de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa ­ Dec. Leg. N° 276, el mismo que senala que "son faltas de caracter disciplinario que segun su gravedad, pueden ser sancionables con cese temporal y/o destitucion, previo MORDAZA administrativo las ausencias injustificadas por mas de tres dias consecutivos o por mas de cinco dias

Fijan montos de remuneracion mensual del MORDAZA y de dieta de Regidores
ACUERDO DE CONCEJO N° 017-2007-MPC Cajatambo, 4 de MORDAZA del 2007 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJATAMBO POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesion Extraordinaria de fecha 4 de MORDAZA del 2007, con la asistencia del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los senores Regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Ibeth MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Olave MORDAZA, se trato como agenda: Remuneracion del MORDAZA y Dieta de los senores Regidores. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 28212 se desarrollo el articulo 39º de la Constitucion Politica en lo que se refiere a la jerarquia y remuneraciones de los altos funcionarios y autoridades del Estado y los limites para las dietas de los Regidores, los cuales no excederan del 30% de la remuneracion del Alcalde; Que, mediante Decreto Supremo N° 025-2007-PCM publicado el 22 de marzo del 2007, se fijaron los topes para las remuneraciones de los Alcaldes, a nivel nacional, debiendo de adecuarse la remuneracion del MORDAZA y la dieta de los Regidores a la aludida norma; Estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Art. 9°, numeral 8° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, Decreto Supremo N° 0252007-PCM y con el MORDAZA de los senores Regidores el Concejo Municipal; ACUERDA: Articulo Primero.- FIJAR, como remuneracion mensual del MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Cajatambo el monto S/. 2,704.00 (DOS MIL SETECIENTOS CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES) a partir del mes de MORDAZA del 2007. Articulo Segundo.- FIJAR, como Dieta que percibiran los senores Regidores por la suma de S/. 270.00, por cada sesion de concejo efectiva, con un MORDAZA de 3 sesiones mensuales, a partir del 4 de MORDAZA del 2007. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Presupuesto, Planificacion, Contabilidad y Tesoreria el cumplimiento de lo dispuesto en el presente acuerdo.