Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2007 (28/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de MORDAZA de 2007

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de MORDAZA en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 16 de MORDAZA del 2007. CONSIDERANDO: Que, el primer parrafo del articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificado por la Ley Nº 27680- Ley de Reforma Constitucional, establece que, las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendoles a los Concejos Municipales, las funciones normativas que establece el articulo 9º de la Ley Nº 27972, la cual la ejercen mediante Ordenanzas; Que, conforme lo establece el articulo 195° inciso 4) de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional - los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local, y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales; Que, el articulo 74° de la Constitucion Politica del Estado establece que los gobiernos locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de estas, dentro de su jurisdicciones con los limites que senala la ley, el mismo que es concordante con la MORDAZA IV del titulo preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99/EF; Que, mediante Ordenanza N° 023-2006-MDP/C, de fecha 20 de noviembre del 2006, esta comuna, aprobo el MORDAZA legal del Regimen Tributario de Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines para el ejercicio 2007, la misma que fue ratificada mediante Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 401, de fecha 12 de diciembre 2006, MORDAZA disposiciones publicadas en el Diario Oficial El Peruano el 21 de diciembre de 2006; Que, de la aplicacion de las tasas aprobadas mediante Ordenanza Nº 023-2006-MDP/C, se ha verificado que los predios han sufrido incrementos sustanciales debido a la aplicacion estricta de los criterios de distribucion establecidos en las sentencias del Tribunal Constitucional contenidos en los Expedientes Nºs. 0041-2004-AI/TC y 00053-2007-PI/TC, publicados en el Diario Oficial El Peruano el 14 de marzo y 17 agosto del 2005, respectivamente; Que, el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley N° 27972, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral sostenible y armonico de su circunscripcion siendo necesario adoptar medidas que beneficien a los contribuyentes para cumplir con el pago de sus Arbitrios Municipales; Que, atendiendo a la carencia de recursos economicos de los contribuyentes; corresponde a la Municipalidad adoptar una medida urgente y excepcional a efectos que se puedan otorgar facilidades para el pago de los arbitrios municipales y ademas, se asegure la prestacion de los servicios publicos; Que, es necesario establecer la subvencion de la prestacion de los servicios de Limpieza Publica y Parques y Jardines, para lo cual los montos dejados de percibir deberan ser asumidos por la Municipalidad; De conformidad a lo dispuesto por el Articulo 9º numerales 8) y 9) y del Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972 se aprobo por MAYORIA la siguiente: ORDENANZA QUE OTORGA BENEFICIO TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO FISCAL 2007 Articulo 1°.- ALCANCE DEL BENEFICIO ORTORGAR un beneficio excepcional a todos los contribuyentes del distrito de MORDAZA respecto a los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica de Parques y Jardines del ano 2007, conforme a los lineamientos senalados en el articulo siguiente.

Articulo 2°.- BENEFICIO EXCEPCIONAL PARA LOS CONTRIBUYENTES DEL DISTRITO. ESTABLECER que en aquellos casos en que la determinacion de los arbitrios, producto de la aplicacion de la metodologia de la Ordenanza Nº 023-2006-MDP/ C ­ supere en un 30% el monto emitido en el 2006 correspondera el otorgamiento de un beneficio excepcional a efectos que el monto a pagar por la prestacion de los servicios de Limpieza Publica y Parques y Jardines correspondientes al 2007 no supere en ningun caso el monto emitido en el ano 2006 incrementado en un 30 %. En aquellos casos que el monto de los arbitrios 2007, determinado en funcion a las disposiciones de la Ordenanza Nº 023-2006-MDP/C, resulte menor al emitido para el ano 2006, correspondera aplicar el monto de menor valor. Para la determinacion del monto de los Arbitrios a los contribuyentes afectos a partir del ano 2007, debera considerarse el monto que le hubiere correspondido en el ano 2006, de acuerdo con las caracteristicas de su predio. Articulo 3º.- FACULTAR Al MORDAZA a fin de que dicte las disposiciones complementarias para la debida aplicacion de la presente Ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 54783-2

Fijan montos de remuneracion del MORDAZA y de dieta de Regidores
ACUERDO DE CONCEJO Nº 037-2007/C MORDAZA, 16 de MORDAZA del 2007 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE MORDAZA VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo del dia 16 de MORDAZA del 2007. CONSIDERANDO: Que el Inc. 28 del articulo 9° de la Ley Organica de Municipalidades establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar la remuneracion del MORDAZA y las dietas de los regidores; Que el articulo 12° de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, establece que los regidores desempenan su cargo a tiempo parcial y tienen derecho a dietas fijadas por Acuerdo de Concejo Municipal dentro del primer trimestre del primer ano de gestion; Que el articulo 23° de la Ley N° 27972, senala que el MORDAZA Distrital desempena su cargo a tiempo completo, y es rentado mediante una remuneracion mensual fijada por Acuerdo de Concejo Municipal dentro del primer trimestre del primer ano de gestion; Que, mediante Decreto Supremo N° 025-2007-PCM se dictan medidas sobre los ingresos por todo concepto de los Alcaldes, la misma que se determinara en proporcion de la poblacion electoral de su circunscripcion, de acuerdo a la informacion electoral emitida por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; Que, mediante Memorando N° 065-2007-MDP/GPP, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto senala que el ingreso del MORDAZA del distrito de MORDAZA, sera de 5,200 Nuevos Soles y la dieta de los regidores sera de 1,560 Nuevos Soles; Por lo MORDAZA expuesto y de conformidad con lo establecido en los articulos 9º y 41º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley N° 27972, los regidores previo analisis y deliberacion, por unanimidad y con Dispensa del tramite de lectura y Aprobacion del Acta;