Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2020 (14/10/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 99

El Peruano / Miércoles 14 de octubre de 2020

NORMAS LEGALES

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Que, la Comisión Permanente de Regidores de Seguridad Ciudadana y Control Municipal, mediante dictamen de visto, dictaminan aprobar, en consecuencia elevar el Pleno de Concejo de la Municipalidad Distrital de Comas para su respectiva consideración, el Proyecto de Ordenanza que declara de interés público local y aprueba medidas extraordinarias referentes al funcionamiento de establecimientos comerciales en la zona del Boulevard El Retablo Comas; Que, la Comisión Permanente de Regidores de Desarrollo Económico, mediante dictámenes de visto, dictaminan aprobar, en consecuencia elevar el Pleno de Concejo de la Municipalidad Distrital de Comas para su respectiva consideración, el Proyecto de Ordenanza que declara de interés público local y aprueba medidas extraordinarias referentes al funcionamiento de establecimientos comerciales en la zona del Boulevard El Retablo Comas; Que, la Comisión Permanente de Regidores de Asuntos Jurídicos, mediante dictamen de visto, dictaminan aprobar, en consecuencia elevar el Pleno de Concejo de la Municipalidad Distrital de Comas para su respectiva consideración, el Proyecto de Ordenanza que declara de interés público local y aprueba medidas extraordinarias referentes al funcionamiento de establecimientos comerciales en la zona del Boulevard El Retablo Comas; Estando a lo expuesto, de conformidad con las atribuciones previstas en el numeral 8 del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, luego de la respectiva deliberación y evaluación de los documentos concernientes al Proyecto de Ordenanza que declara de interés público local y aprueba medidas extraordinarias referentes al funcionamiento de establecimientos comerciales en la zona del Boulevard El Retablo Comas, con el voto POR MAYORÍA de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE DECLARA DE INTERÉS PÚBLICO LOCAL Y APRUEBA MEDIDAS EXTRAORDINARIAS REFERENTES AL FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES EN LA ZONA DEL BOULEVARD EL RETABLO COMAS Artículo 1º.- DECLARAR de interés público local el cambio de zonificación y la organización del espacio físico en la Urbanización El Retablo, correspondiente a la zona comprendida en la Avenida José de la Torre Ugarte Cuadra 4, conforme al plano que como anexo forma parte integrante de la presente norma. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia de Gestión Territorial y Desarrollo Económico y a sus Subgerencias, el inicio del procedimiento de Cambio de Zonificación de los Usos de Suelo, en el espacio físico de la zona denominada Boulevard El Retablo, de comercio zonal a comercio vecinal, que se deberá realizar ante la Municipalidad Metropolitana de Lima, conforme al plazo establecido en la Ordenanza Nº2086-MML de la precitada entidad, debiendo contar con el apoyo de las áreas técnicas involucradas. Artículo 3º.- EXHORTAR a los titulares de las licencias de funcionamiento, Certificados y Autorizaciones de la zona previamente delimitada, así como a los propietarios y arrendatarios de los locales comerciales, a permitir el ingreso a sus instalaciones y colaborar con las labores de fiscalización y control del personal de la Municipalidad Distrital de Comas; a fin de ejecutar acciones de control, evaluación y constatación de condiciones técnicas de funcionamiento, verificación de documentación y, de corresponder, la aplicación de medidas correctivas para reducir los riesgos y vulnerabilidad existentes. Artículo 4º.- DISPONER que se realice una evaluación integral respecto de las solicitudes de Licencia de Funcionamiento, que ingresen luego de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza y que correspondan al área territorial precitada; las mismas que deberán ser analizadas conforme a los lineamientos y criterios señalados por la presente normativa, adecuándose al cuadro de reactivación de actividades precisado por el Gobierno Central.

Artículo 5º.- DISPONER que la Gerencia de Fiscalización y Transporte, la Gerencia de Gestión Territorial y Desarrollo Económico y la Gerencia de Seguridad Ciudadana, mediante sus diferentes unidades orgánicas dependientes, en un plazo de treinta (30) días calendarios, prioricen las acciones de verificación, control y fiscalización, en los establecimientos comerciales de la zona denominada Boulevard El Retablo. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- FACULTESE al Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones y medidas complementarias necesarias para la correcta aplicación y cumplimiento de la presente Ordenanza, así como para aprobar la prórroga de su vigencia, según la necesidad. Segunda.- ENCARGAR a la Gerencia de Gestión Territorial y Desarrollo Económico, la elaboración de un proyecto que permita establecer y promover alternativas que incentiven y alienten la actividad económica, comercial y de servicios enfocados a la familia; en armonía con las disposiciones de la presente Ordenanza, acorde al orden público, las buenas costumbres y la preservación del medio ambiente. Tercera.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Fiscalización y Transporte, a través de sus Subgerencias, pudiendo requerir el apoyo de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Gerencia de Gestión Territorial y Desarrollo Económico y demás unidades orgánicas, que deberán actuar en el marco de sus competencias. DISPOSICIONES FINALES Primera.- DISPONER que la Gerencia de Fiscalización y Transporte, a través de su Subgerencia de Control y Operaciones, podrá solicitar el apoyo de la Policía Nacional del Perú ­ PNP, y de las Fuerzas Armadas ­ FF.AA., así como de la Autoridad de Salud y demás instituciones públicas competentes, para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Segunda.- ENCARGAR a Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano", y a la Subgerencia de Informática y Gobierno Electrónico su publicación en el Portal Institucional: www. municomas.gob.pe. Tercera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RAÚL DÍAZ PÉREZ Alcalde 1892563-1

Delegan diversas facultades y atribuciones a la Gerencia Municipal Gerente de Administración y Finanzas y Gerente de Gestión de Inversiones de la municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 291-2020-AL/MDC Comas, 29 de septiembre de 2020 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS VISTO: El Memorando Nº 381-2020-GM/MDC, de fecha 22 de setiembre del 2020, de la Gerencia Municipal; el Informe Legal Nº 358-2020-GAJ/MDC, de fecha 23 de setiembre del 2020, de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, sobre delegación de facultades en materia de contratación estatal, y;