Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2020 (14/10/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 103

El Peruano / Miércoles 14 de octubre de 2020

NORMAS LEGALES

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Artículo 9º.- DE LA AFILIACIÓN DE LOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES AL PROGRAMA La Gerencia de Administración Tributaria y Fiscalización podrá invitar a personas naturales y/o jurídicas titulares de los centros, policlínicos, establecimientos comerciales o de servicios a fin de que ofrezcan descuentos y/o promociones a los vecinos puntuales. Para la afiliación correspondiente se suscribirá un Compromiso o Acuerdo de Afiliación entre el titular o representante legal del centro, policlínico, establecimiento comercial o de servicios y la Municipalidad, otorgando las facultades para este fin a la Gerencia de Administración Tributaria y Fiscalización. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- FACÚLTESE al señor alcalde del distrito de San Miguel a dictar, mediante decretos de alcaldía, las disposiciones complementarias, reglamentarias, aclaratorias, y adicionales necesarias para la adecuación de la presente ordenanza. Segundo.- DERÓGASE la Ordenanza Nº 392/MDSM, Ordenanza que regula el Programa de Incentivos del "Vecino Preferente San Miguel". Tercera.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano" y a la Gerencia de Tecnología de la Información y Comunicaciones la difusión del texto íntegro del documento aprobado en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel (www.munisanmiguel.gob.pe). Regístrese, publíquese y cúmplase. JUAN JOSE GUEVARA BONILLA Alcalde 1892661-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Aprueban el Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana 2020 de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 011-2020 Callao, 30 de setiembre de 2020 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, visto el Dictamen Nº 002-2020-MPC/CMPCSR-COAD de la Comisión de Seguridad Ciudadana, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, en ejercicio de las facultades que otorga la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, Memorándum Nº414-2020-MOC-GGSC de fecha 10 de junio de 2020 de la Gerencia General de Seguridad Ciudadana, Acta de Validación del Plan de Acción Provincial de Seguridad de la Provincia del Callao de fecha 31 de marzo de 2020, Informe Técnico Nº 094-2020-GRC-CORESEC/ST de fecha 08 de mayo de 2020 de la Secretaria Técnica de Seguridad Ciudadana de la Región Callao, Memorandum Nº 1817-2020-MPCGGAJC de fecha 26 de junio de 2020 de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, sobre el Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana 2020; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales

gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que se encuentra reconocida en la Constitución Política del Perú y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, mediante Ley Nº 27933 y modificatorias, se creó el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado en materia de seguridad ciudadana para garantizar la seguridad, la paz, la tranquilidad, el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional para lograr una situación de paz social y protección del libre ejercicio de los derechos y libertades; Que, el artículo 23 del Reglamento de la Ley Nº 27933 aprobado a través del DS Nº 011-2014-IN, modificado por el DS Nº 010-2019-IN, dispone que son funciones del COPROSEC: proponer ante la Municipal Provincial la aprobación del Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana, alineado al Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana, elaborado bajo los enfoques de gestión por resultados, intercultural y provincial y articulado con los instrumentos del SINAPLAN; Que, mediante Memorando N° 414-2020-MPC-GGSC de fecha 10 de junio de 2020, la Gerencia General de Seguridad Ciudadana remite el Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana, el mismo que ha sido validado por el Comité Provincial de Seguridad Ciudadana y derivación a la Secretaria Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana para su respectiva revisión y emisión del informe técnico; Que, la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación a través del Memorandum Nº 1817-2020-MPC-GGAJC de fecha 26 de junio de 2020 opina que teniendo a la vista la opinión técnica elaborada por la Gerencia General de Seguridad Ciudadana mediante el Memorando Nº 414-2020-MPC-GGSC así como a las normas vigentes, el Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana permitirá analizar apropiadamente si las actividades realizadas, darán como resultado la disminución de los diferentes factores generan inseguridad, así como el índice delincuencial o en su defecto, reajustar las acciones para este fin , por lo que deberá elevarse al Concejo Municipal para su aprobación en mérito a las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972 y en atención a los dispuesto en el primer párrafo del artículo 47 del Reglamento de la Ley Nº 279333, aprobado a través del DS Nº 011-2014-IN modificado por el DS Nº 010-2019-IN; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, con el voto unánime de sus miembros y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, ha dado la siguiente: PLAN DE ACCIÓN PROVINCIAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Articulo 1. Aprobar el Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana 2020, validado por el Comité Provincial de Seguridad Ciudadana de la Provincia del Callao con fecha 31 de marzo de 2020, el mismo que en anexo forma parte de la presente Ordenanza, . Articulo 2. Dispóngase la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial "El Peruano"; asimismo, encárguese a la Gerencia de Informática la difusión del Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana 2020, en el Portal de la Municipalidad Provincial del Callao www.municallao.gob.pe. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS Alcalde 1892513-1