Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2020 (14/10/2020)
Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.
TEXTO DE LA PÁGINA 33
El Peruano / Miércoles 14 de octubre de 2020
NORMAS LEGALES
VISTOS:
33
Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías- Sutran, por lo que corresponde designar al servidor que ocupe dicho cargo; Que, mediante la Resolución de Consejo Directivo N° 003-2018-SUTRAN/01.1, se aprobó el establecimiento del Área de Coordinación de Control de Riesgos, Ética y Anticorrupción, la cual actualmente se encuentra sin coordinador a cargo; Que, en atención a los documentos de la sección expositiva, resulta conveniente designar al señor Jorge Isaac Aragón Castillo en el cargo de confianza de Asesor de la Alta Dirección asignado a la Gerencia General, así como encargarle las funciones de coordinador del Área de Coordinación de Control de Riesgos, Ética y Anticorrupción; Que, siendo el Consejo Directivo el órgano máximo de la entidad, le corresponde designar y remover a los funcionarios que ocupan los cargos de confianza de la Sutran, conforme a lo establecido en el literal b) del artículo 9 la Ley N° 29380- Ley de creación de la Sutran y en el literal i) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sutran, aprobado con el Decreto Supremo N° 006-2015-MTC; De conformidad con la Ley N° 29380- Ley de creación de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías- Sutran, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado con el Decreto Supremo N° 006-2015-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor Jorge Isaac Aragón Castillo en el cargo de confianza de Asesor de la Alta Dirección asignado a la Gerencia General de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías- Sutran. Artículo 2.- Encargar las funciones de Coordinador del Área de Coordinación de Control de Riesgos, Ética y Anticorrupción de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías- Sutran al señor Jorge Isaac Aragón Castillo, en adición a las funciones designadas. Artículo 3.- Disponer la notificación de la presente resolución a Superintendencia, Gerencia General, Oficina de Administración y al señor Jorge Isaac Aragón Castillo, para su conocimiento y fines. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional, www.sutran.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA ELIZABETH CAMA MEZA Presidente del Consejo Directivo de SUTRAN ISMAEL SUTTA SOTO Miembro del Consejo Directivo de SUTRAN 1893188-1
El Informe Técnico N° GPPM-416-2020 de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización de fecha 5 de octubre de 2020, y el Memorándum N° GAF-5782020 de la Gerencia de Administración y Finanzas de fecha 5 de octubre de 2020. CONSIDERANDO: Que, en el marco del Decreto de Urgencia N° 0142019, "Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año 2020", mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 1212019-OS/PRES de fecha 30 de diciembre de 2019, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería Osinergmin, correspondiente al ejercicio fiscal 2020; Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego. Las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; Que, en el marco de lo dispuesto en el referido artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, mediante Resolución de Contraloría N° 3692019-CG de fecha 22 de octubre 2019, se aprueba el Tarifario que establece el monto por retribución económica incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del gobierno nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, con el Oficio N° 000321-2020-CG/GAD recibido el 5 de octubre de 2020, el Gerente de Administración de la Contraloría General de la República solicitó al Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - Osinergmin que proceda a efectuar la transferencia financiera por el 100% de la retribución económica que incluye el impuesto general a las ventas, por el importe de S/ 234,932.00 (Doscientos Treinta y Cuatro Mil Novecientos Treinta y Dos con 00/ 100 Soles) para la contratación de la sociedad de auditoría, que efectúe la auditoría financiera gubernamental del periodo 2020; Que, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización a través del Informe Técnico N° GPPM-416-2020, y en el marco de sus competencias en materia presupuestaria, señala que se cuenta con la disponibilidad presupuestaria para efectuar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, hasta por el importe de S/ 234,932.00 (Doscientos Treinta y Cuatro Mil Novecientos Treinta y Dos con 00/ 100 Soles), para los fines señalados en el considerando precedente; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6.3 del artículo 6 de la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y el artículo 7 de la Ley N° 26734, Ley de Creación de OSINERGMIN;
ORGANISMOS REGULADORES
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República para la contratación de sociedad de auditoría
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 71-2020-OS/PRES Lima, 12 de octubre de 2020