Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2019 (29/08/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 9
El Peruano / Jueves 29 de agosto de 2019
NORMAS LEGALES
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Médica de Urgencias S.A. (SAMU) del Reino de España, proporcionará los costos de matrícula, alimentación, alojamiento y mensualidad para gastos de subsistencia, debiendo el Ejército del Perú, asumir los gastos de transporte aéreo; Que, conforme a lo mencionado en la Hoja de Gastos del Jefe de Educación del Ejército, los gastos derivados por pasajes aéreos internacionales, que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019 de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, conforme a lo establecido en el inciso a) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado, resulta necesario autorizar su salida del país con dos (02) días de anticipación; así como, su retorno dos (02) días posteriores al término del mismo, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley N° 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificada por la Ley N° 29598 y por el Decreto Legislativo N° 1143, el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23 de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG y sus modificatorias aprobadas con los Decretos Supremos N° 010-2010-DE y N° 009-2013-DE; Estando a lo propuesto por el Comandante General del Ejército; y, De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y el Decreto Supremo N° 006-2016-DE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y su modificatoria; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios, a la Mayor EP Carol Janeth ARIAS FAJARDO, identificada con DNI N° 41711431, CIP N° 400692500, para participar en el Programa Integral de Experto en Emergencias para Médicos Iberoamericanos, a realizarse en la Escuela de Formación Profesional y Escuela de Emergencias del Servicio de Asistencia Médica de Urgencia (SAMU), ciudad de Sevilla, Reino de España, en el periodo comprendido del 02 de septiembre de 2019 al 31 de diciembre de 2020; así como autorizar su salida del país el 31 de agosto de 2019 y su retorno al país el 02 de enero de 2021. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2019, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos Ida (Clase económica): Lima Sevilla (Reino de España) US$ 1,487.02 x 01 persona (Incluye TUUA) Total a pagar en dólares americanos
la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El personal militar designado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 5.- El personal militar designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6.- La presente autorización no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MOSCOSO FLORES Ministro de Defensa 1802004-1
Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a la República de Corea, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1112-2019 DE/MGP Lima, 27 de agosto de 2019 Visto, el Oficio Nº 4387/51 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 23 de agosto del 2019; CONSIDERANDO: Que, con Carta S/N de fecha 24 de diciembre del 2018, el Director del Programa de Maestría en Ingeniería del Protocolo de Londres para la Administración de Proyectos (LPEM) de la Universidad de Ciencia y Tecnología de Corea ha cursado invitación al Agregado de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en Corea, para participar en dicha maestría en Ingeniería del Protocolo de Londres para la Administración de Proyectos (LPEM), a realizarse en la mencionada universidad, ubicada en la Ciudad de Busan, República de Corea, durante el período de setiembre del 2019 a junio del 2021; Que, mediante Certificado de Admisión de fecha 4 de junio de 2019, la Universidad de Ciencia y Tecnología de Corea comunica que ha admitido al Teniente Primero Manuel Jesús AGUILAR Lavanda, para que participe en la citada maestría; Que, por Carta S/N de fecha 10 de junio del 2019, el Director del Programa de Maestría en Ingeniería del Protocolo de Londres para la Administración de Proyectos (LPEM) de la Universidad de Ciencia y Tecnología de Corea ha informado que la fecha de término de la mencionada maestría será el 30 de junio del 2021; Que, mediante comunicación electrónica de fecha 4 de julio de 2019, el Director del Programa de Maestría en Ingeniería del Protocolo de Londres para la Administración de Proyectos (LPEM) de la Universidad de Ciencia y Tecnología de Corea ha informado que el Oficial designado para que asista a la mencionada maestría, deberá llegar a la Ciudad de Busan, República de Corea, el 31 de agosto del 2019; Que, por Oficio Nº 1142/52 de fecha 23 de agosto del 2019, el Director General de Educación de la Marina ha remitido la documentación pertinente para la tramitación de la autorización de viaje en Misión de Estudios del Teniente Primero Manuel Jesús AGUILAR Lavanda, para que participe en la mencionada maestría; lo que permitirá adquirir conocimientos y recibir instrucción en aspectos de ingeniería costera y ambiente oceánico necesarios
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Artículo 3.- El Comandante General del Ejército queda facultado para variar la fecha de inicio y término de