Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2019 (29/08/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 7
El Peruano / Jueves 29 de agosto de 2019
NORMAS LEGALES
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Director General de Educación y Doctrina del Ministerio de Defensa comunica que el Servicio de Asistencia Médica de Urgencias S.A. (SAMU), ha ofrecido un programa de desarrollo profesional en el campo de las emergencias médicas; por lo que, al respecto se requiere que cada Institución Armada designe a dos (02) candidatos para que participen en el curso de Master en Emergencias Médicas, a realizarse en el Reino de España; asimismo, los gastos de traslado, estudios y manutención serán asumidos por el Servicio de Asistencia Médica de Urgencias SAMU España; Que, con el Oficio Nº 00859-2019-MINDEF/VPDDIGEDOC del 02 de mayo de 2019, el Director General de Educación y Doctrina del Ministerio de Defensa, informa al Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa el resultado del proceso de selección de Oficiales de Sanidad de las Fuerzas Armadas para el programa ofrecida por SAMU de España, consistente en la participación en el Master en Emergencias Médicas y posteriores prácticas profesionales en las unidades médicas del SAMU de España; resultando seleccionada la Capitán FAP SHAMILA MARIA CLARA CAQUI YAÑEZ; Que, a través del Oficio Múltiple N° 00421-2019-MINDEF/SG de fecha 23 de mayo de 2019, la Secretaría General del Ministerio de Defensa comunica, a la Secretaría General de la Fuerza Aérea Perú, el resultado del proceso de selección llevado a cabo por el Servicio de Asistencia Médica de Urgencias SAMU de España, habiendo quedado seleccionada la Capitán FAP SHAMILA MARIA CLARA CAQUI YAÑEZ, para participar en la citada Maestría de Emergencias Médicas, a realizarse en el Reino de España; Que, mediante la Carta S/N de fecha 10 de julio de 2019, el Director General Grupo SAMU, informa a la Dirección General de Educación y Doctrina del Ministerio de Defensa que el Programa Integral de Experto en Emergencias para Médicos Iberoamericanos se impartirá entre el mes de octubre 2019 y junio de 2020, además de seis meses más para realizar su trabajo de fin de Master (diciembre 2020), requiriendo la presencia de los becados a principios de agosto 2019 y contemplando su estadía hasta 18 meses posteriores a la finalización de la fase presencial, en caso de proceder a su inclusión en la Residencia Médica; Que, mediante el Oficio Múltiple Nº 73-2019-MINDEF/ VPD-DIGEDOC del 22 de julio de 2019, el Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa comunica al Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú que en relación al convenio Marco de Cooperación Técnica Interinstitucional entre el Ministerio de Defensa y el Servicio de Asistencia Médica de Urgencias S.A.- SAMU de España se ha ofrecido el Programa Integral de Experto en Emergencias para Médicos Iberoamericanos, dirigido a Oficiales de Sanidad de las Fuerzas Armadas, que incluye la participación en el Master Universitario en Medicina de Emergencias y Catástrofes en la Universidad de CEU San Pablo, durante un (01) año y posteriormente el desarrollo de la residencia médica en el Sistema de Emergencias del Servicio de Asistencia Médica de Urgencias S.A.- SAMU de España por dieciocho (18) meses, indicando además que los Oficiales seleccionados deben de encontrarse en España el 15 de agosto del 2019; Que, con el Oficio Nº 00728-2019-MINDEF/SG del 13 de agosto de 2019, la Secretaría General del Ministerio de Defensa, comunica al Secretaría General de la Fuerza Aérea del Perú, que de acuerdo a las coordinaciones efectuadas con las autoridades de SAMU de España, el personal de Oficiales de Sanidad de las Fuerzas Armadas seleccionados para participar en el Programa Integral de Experto en Emergencias para Médicos Iberoamericanos SAMU de España, deberá iniciar sus actividades académicas el 02 de setiembre del 2019, señalando que el citado personal debe de viajar a España el 31 de agosto de 2019; Que, con el Oficio NC-50-DEPE-N° 1147 de fecha 13 de agosto de 2019, el Director General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú, solicita se inicien los trámites para la formulación del proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior en Misión de Estudios de la Capitán FAP SHAMILA MARIA CLARA CAQUI YAÑEZ, para participar en el Master Universitario en Medicina
de Emergencia y Catástrofe, que se desarrollará en la Universidad de CEU San Pablo, y en la Residencia Médica, que se desarrollará en el Sistema de Emergencias del Servicio de Asistencia Médica de Urgencias S.A. SAMU, en el Reino de España, del 02 de setiembre de 2019 al 30 de junio de 2022; Que, según lo indicado en la Exposición de Motivos, suscrita por el Jefe del Departamento de Capacitación y Perfeccionamiento de la Dirección General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú, anexada al Oficio NC-50-DEPE-N° 1147 de fecha 13 de agosto de 2019, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios de la Capitán FAP SHAMILA MARIA CLARA CAQUI YAÑEZ, por cuanto permitirá la transferencias de conocimientos y de capacidades para nuestro personal médico, redundando en una mejor atención a la población FAP y ciudadanía; asimismo, favorecerá la capacitación de los profesionales médicos en España lo relacionado a procedimientos de urgencias, emergencias y prevención de desastres; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado en el mencionado ejercicio multinacional, resulta necesario, autorizar su salida del país con dos (02) días de anticipación, así como su retorno, dos (02) días después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, los gastos de traslado, estudios y manutención del personal designado, serán cubiertos por el Sistema de Emergencias del Servicio de Asistencia Médica de Urgencias S.A.SAMU de España, no irrogando gasto alguno al Tesoro Público, a excepción de los pasajes aéreos internacionales; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Misión de Estudios en el Exterior abarca más de un ejercicio presupuestal, conforme se aprecia en el documento HGN° 0134 DGVC-ME/SIAF-SP de fecha 15 de agosto de 2019, suscrita por el Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, el pago por pasaje aéreo internacional de ida, se efectuará con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019, de la Unidad Ejecutora Nº 005-Fuerza Aérea del Perú y el pago por pasaje aéreo internacional de retorno será con cargo al Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal que corresponda, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y en concordancia a lo establecido en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG de fecha 26 de enero de 2004 y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 008-2004DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo previsto en el artículo 23 de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme al Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005, modificado por el Decreto Supremo Nº 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y el Decreto Supremo Nº 009-2013-DE de fecha 02 de octubre de 2013; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú;