Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2019 (29/08/2019)


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NORMAS LEGALES

Jueves 29 de agosto de 2019 /

El Peruano

a la elaboración de modelo para el Marco Nacional de Cualificaciones, corresponde emitir la Resolución Ministerial que conforme el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal, presidido por el Ministerio de Educación; Con el visto del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, de la Secretaría General, de la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística, de la Secretaría de Planificación Estratégica, de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, de la Unidad de Organización y Métodos, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley N° 26510, el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, que aprueba los "Lineamientos de Organización del Estado", modificado por Decreto Supremo N° 131-2018-MINEDU, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, y el Plan Nacional de Competitividad y Productividad, aprobado mediante Decreto Supremo N° 237-2019-EF ; SE RESUELVE: Artículo 1.- Creación y objeto del Grupo de Trabajo Multisectorial Créase el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal, con el objeto de proponer un modelo para el Marco Nacional de Cualificaciones. Artículo 2.- Conformación 2.1. Grupo de Trabajo Multisectorial está integrado por: a) La/el Viceministra/o de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, quien lo preside; b) El/la Viceministro/a de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; c) El/la Viceministro/a de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción; d) El/la Presidente/a del Consejo Directivo Ad Hoc del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (SINEACE). 2.2. Los/as miembros del Grupo de Trabajo Multisectorial designan un/a miembro alterno/a mediante oficio dirigido a la Secretaría Técnica en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución. Artículo 3.- Secretaría Técnica El Grupo de Trabajo Multisectorial cuenta con una Secretaría Técnica que le brinda soporte, la cual estará a cargo de el/la Director/a General de Educación TécnicoProductiva y Superior Tecnológica y Artística del Ministerio de Educación. Artículo 4.- Funciones Constituyen funciones Multisectorial las siguientes: del Grupo de Trabajo

de los Consejos Sectoriales de Competencias y la armonización del trabajo de desarrollo de estándares de competencias. Artículo 5.- Colaboración, asesoramiento y apoyo Para el cumplimiento de sus funciones, el Grupo de Trabajo Multisectorial, previo acuerdo de sus integrantes, podrá invitar a participar en sus reuniones a expertos independientes y a representantes de otras instituciones públicas y privadas con el objetivo de obtener asesoramiento, opinión y aporte técnico, según sus especialidades, o a representantes de empresas, instituciones educativas, gremios u otras organizaciones para recibir opiniones de actores involucrados en el desarrollo del Marco Nacional de Cualificaciones. Artículo 6.- Instalación El Grupo de Trabajo Multisectorial se instalará, previa convocatoria de la secretaría técnica, en un plazo que no exceda los siete (7) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución. Artículo 7.- Vigencia e informe final El Grupo de Trabajo Multisectorial culmina su función con la presentación de un informe final al titular del Ministerio de Educación, con las propuestas desarrolladas, al 31 de diciembre del presente año. Artículo 8.- Financiamiento La aplicación de lo dispuesto en la presente norma se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Cada pliego presupuestal asume los gastos que pudiera generar el ejercicio de las funciones de sus representantes. Regístrese, comuníquese y publíquese FLOR PABLO MEDINA Ministra de Educación 1802475-1

ENERGIA Y MINAS
Modifican Lista de bienes, servicios y contratos de construcción aprobada mediante R.S. N° 067-2012-EM, a fin de incluir listado de bienes a ser utilizados en el proyecto "Central Hidroeléctrica Manta"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 247-2019-MINEM/DM Lima, 26 de agosto de 2019 VISTOS: El registro N° 2896284 referente a la solicitud de Modificación de la Lista de bienes, servicios y contratos de construcción correspondiente al proyecto "Central Hidroeléctrica Manta", celebrado entre PERUANA DE INVERSIONES EN ENERGÍAS RENOVABLES S.A. con el Estado, y los Informes N° 146-2019-MEM/DGE-DCE y N° 778-2019/MINEM-OGAJ elaborados por la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, conforme al numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 973, las personas naturales o jurídicas que realizan inversiones en cualquier sector de la actividad económica que genera renta de tercera categoría pueden acogerse al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas ­ IGV (en adelante Régimen Especial); Que, con fecha 16 de enero de 2012 PERUANA DE INVERSIONES EN ENERGÍAS RENOVABLES

1. Elaborar el Plan de Trabajo y cronograma del Grupo de Trabajo. 2. Proponer un diseño para el Marco Nacional de Cualificaciones 3. Elaborar una propuesta normativa para la creación de un Marco Nacional de Cualificaciones que contemple como mínimo su naturaleza y objetivos, su alcance, su gobernanza y las responsabilidades de la entidad gestora, según corresponda. 4. Proponer un modelo de trabajo para la conformación y operación los Consejos Sectoriales de Competencias en el Perú. 5. Proponer un plan para la implementación del Marco Nacional de Cualificaciones, que incluya las reformas o acciones complementarias a fin de potenciar sus beneficios, identificando a las entidades responsables de impulsarlas, e incluyendo entre otras, la implementación