Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2019 (29/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 106

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NORMAS LEGALES

Jueves 29 de agosto de 2019 /

El Peruano

Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo S.A. la apertura de agencias en los departamentos de Ayacucho y Cajamarca
RESOLUCIÓN SBS Nº 3761-2019 Lima, 16 de agosto del 2019 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo S.A. (en adelante, la Caja) para que esta Superintendencia autorice la apertura de dos agencias ubicadas en el departamento de Ayacucho y de una agencia ubicada en el departamento de Cajamarca; CONSIDERANDO: Que, en sesión de Directorio de fecha 30.04.2019 se aprobó la apertura de las citadas agencias; Que, la empresa ha cumplido con presentar la documentación requerida por el procedimiento Nº 11 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia, aprobado mediante Resolución SBS Nº 1678-2018, para la apertura de agencias; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "D"; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros ­ Ley Nº 26702; el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de oficinas y Uso de Locales Compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja, la apertura de tres agencias, en los siguientes términos:
Dirección Av. Mariscal Ramón Castilla Nº 488 - 492 Jr. Callao Nº 130 Centro Poblado San Marcos MZ. 25 Lote 18 (Jr. Inclán Nº 325) Departamento Ayacucho Ayacucho Cajamarca Provincia Huanta Huamanga San Marcos Distrito Huanta Ayacucho Pedro Gálvez

LA SEÑORA PRESIDENTA DEL CONSEJO REGIONAL DE AYACUCHO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, con el dictamen favorable de la Comisión Permanente de Recursos Naturales y Gestión Ambiental del Consejo Regional de Ayacucho, en Sesión Ordinaria de fecha 25 de junio de 2019, deliberó y aprobó el proyecto de Ordenanza Regional para la "Disminución progresiva del uso de plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables, para la protección y cuidado del medio ambiente y los ecosistemas en la Región Ayacucho"; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización y Ley Nº 28607, establece que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, y tienen jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales, conforme a Ley; Que, por Oficio Nº 033-2019-GRA/CR-CRHGA/ DAMG de fecha 13 de junio de 2019, el Blgo. Dante Alex Medina Gutiérrez, Consejero Regional por la Provincia de Huamanga, presenta el proyecto de Ordenanza Regional de aprobar la "Disminución progresiva del uso de plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables, para la protección y cuidado del medio ambiente y los ecosistemas en la Región Ayacucho"; Que, por Oficio Nº 241-2019-GRA/GG-GRRNGMA de fecha 20 de junio de 2019, el Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, comunica al Presidente de la Comisión de Recursos Naturales y Gestión Ambiental del Consejo Regional de Ayacucho la opinión técnica favorable para la propuesta del proyecto de la Ordenanza Regional sobre la "Disminución progresiva del uso de plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables, para la protección y cuidado del medio ambiente y los ecosistemas en la Región Ayacucho", en el marco de la Ley Nº 30884; Que, por Informe Legal Nº 013-2019-GRA/CR-RES de fecha 21 de junio de 2019, se recomienda que es atribución del Consejo Regional de Ayacucho, conforme al literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, concordante con el numeral a) del artículo 15º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ayacucho, aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2012-GRA/CR y previo Dictamen de la Comisión Permanente de Recursos Naturales y Gestión Medio Ambiente del Consejo Regional de Ayacucho, aprobar el proyecto de Ordenanza Regional para la "Disminución progresiva del uso de plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables, para la protección y cuidado del medio ambiente y los ecosistemas en la Región Ayacucho", conforme al procedimiento establecido en su propio Reglamento Interno de Consejo (RIC); Que, por Dictamen Nº 004-2019-GRA-CR/CPRNGA de fecha 21 de junio de 2019, la Comisión Permanente de Recursos Naturales y Gestión Ambiental del Consejo Regional de Ayacucho, recomendó la aprobación del Proyecto de Ordenanza Regional para la "Disminución progresiva del uso de plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables, para la protección y cuidado del medio ambiente y los ecosistemas en la Región Ayacucho", el mismo que se sometió a consideración del Pleno del Consejo Regional, contando con la unanimidad de votos de los Consejeros Regionales a favor de la aprobación de dicho dictamen; Que, el artículo 67º de la Constitución Política del Estado, establece que el Estado determina la política nacional del ambiente, y promueve el uso sostenible de sus recursos naturales; Que, el artículo 1º de la Ley Nº 30884 - Ley que Regula el Plástico de un Solo Uso y los Recipientes o Envases Descartables; señala que el objeto de la ley es

Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas 1801851-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO
Aprueban Ordenanza para la "Disminución progresiva del uso de plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables, para la protección y cuidado del medio ambiente y los ecosistemas en la Región Ayacucho"
ORDENANZA REGIONAL Nº 008-2019-GRA/CR Ayacucho, 18 de julio de 2019