Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2019 (29/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano / Jueves 29 de agosto de 2019

NORMAS LEGALES

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de simplificación administrativa para el licenciamiento Institucional" y el "Reglamento del procedimiento de licenciamiento institucional" (en adelante, el Reglamento de Licenciamiento), dejando sin efecto los indicadores 16, 18, 25 y 26 del Anexo N° 2 del Modelo. Asimismo, la referida resolución dejó sin efecto parcialmente el indicador 19 respecto al requerimiento del Reglamento de seguridad y salud en el trabajo y determinó que los indicadores 21, 22, 23 y 24 del Anexo N° 2 del Modelo sean evaluados en la etapa de verificación presencial, una vez que la Universidad cuente con una opinión favorable. El 4 de abril de 2017, se publicó en el Diario Oficial "El Peruano" la Resolución de Secretaría General N° 085-2017-MINEDU4, que aprueba la Norma Técnica para la implementación del mecanismo denominado "Compromisos de Gestión para la Mejora de la Calidad y el Logro de Resultados del Servicio Educativo de la Educación Superior Universitaria", que permite la asignación de recursos como mecanismo para el mejoramiento de la calidad, el logro de resultados en la educación superior, contribuir al cierre de las brechas en infraestructura para el cumplimiento de las CBC y la promoción de la investigación. Mediante la Resolución del Consejo Directivo N° 017-2017-SUNEDU/CD de 16 de mayo de 2017, se amplió el plazo de adecuación de las CBC para las Universidades con autorización provisional o definitiva hasta el 31 de julio de 2018, extendiéndose el plazo para que las Universidades también ejecuten su respectivo Plan de Adecuación (en adelante, PDA). El 9 de junio de 2017, se notificó el Oficio N° 324-2017-SUNEDU/02-12, mediante el cual se remitió a la Universidad el Informe de Revisión Documentaria (en adelante, IRD) desfavorable, requiriéndosele la presentación de un PDA en un plazo no mayor a treinta (30) días. Mediante Oficio N° 176/2017-DICA/UNAS del 24 de julio de 2017, la Universidad presentó el PDA requerido. Luego, mediante Oficio N° 569-2017-SUNEDU-TD del 17 de agosto de 20175, se requirió a la Universidad la presentación de un PDA que contenga como mínimo actividades detalladas, cronograma con la justificación de los plazos propuestos, presupuesto proyectado y plan de financiamiento. Asimismo, mediante Oficio N° 312/2017-R-UNASTM del 8 de agosto de 2017, la Universidad presentó información complementaria a su PDA. Mediante Oficio N° 391-2017-R-UNASTM del 3 de octubre de 2017, la Universidad presentó modificaciones a su PDA. El 15 de noviembre de 2017, mediante Oficio N° 274-2017-DICA-UNAS, la Universidad presentó mayor información sobre el PDA. Mediante Resolución del Consejo Directivo N° 072-2017-SUNEDU/CD del 27 de noviembre de 2017, el Consejo Directivo de la Sunedu aprobó el PDA presentado por la Universidad. El 30 de enero de 2018 y el 1 de marzo de 2018, la Universidad presentó el primer y segundo Informe de Ejecución de su PDA mediante los Oficios N° 029/2018-R-UNASTM y N° 057/2018-R-UNASTM, respectivamente. Mediante Oficio N° 036/2018-R-UNASTM del 6 de febrero de 2018, la Universidad presentó información complementaria sobre la ejecución de su PDA. Mediante Memorándum N° 113-2018-SUNEDU-02-15 del 13 de marzo de 2018, la Dirección de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y Títulos trasladó el Oficio N° 073-2018-D-EPG-UNAS (RTD N° 9157-2018-SUNEDUTD), el cual contiene información complementaria al PDA de la Universidad. Mediante Oficio N° 117/2018-R-UNASTM del 16 de abril de 2018, la Universidad presentó el tercer Informe de Ejecución del PDA. El 30 de mayo de 2018, mediante los Oficios N° 172/2018-R-UNASTM y N° 173/2018-R-UNASTM, la Universidad presentó el cuarto Informe de ejecución de su PDA e información complementaria sobre su ejecución, respectivamente. El 29 de junio de 2018, se publicó en el Diario Oficial

"El Peruano" la Resolución del Consejo Directivo N° 063-2018-SUNEDU/CD, que aprobó las "Disposiciones para culminar la evaluación de las condiciones básicas de calidad en marco del licenciamiento institucional de las universidades" estableciendo que los indicadores 4, 6, 8 y 52 del Modelo se evaluarían en la etapa de verificación presencial. La Universidad presentó el quinto Informe de Ejecución de su PDA mediante Oficio N° 234-2018-R-UNASTM del 17 de julio de 2018. Posteriormente, mediante Oficios N° 275/2018-DICA/ UNAS y N° 467/2018-R-UNASTM del 10 y 17 de diciembre de 2018, respectivamente, la Universidad presentó información complementaria para el cumplimiento de las CBC. El 7 de junio de 2019, mediante Oficio N° 185-2019/ SUNEDU-02-12, la Dilic notificó a la Universidad la Resolución de Trámite N° 5 del 3 de junio de 2019, por la cual se decidió llevar a cabo una Diligencia de Actuación Probatoria (en adelante, DAP) el 12 y 13 de junio de 2019, en el local declarado por la Universidad ubicado en Av. Carretera Central Km. 1.21, distrito de Rupa Rupa, provincia de Leoncio Prado, departamento de Huánuco, conducente a grado académico y título profesional, a fin de recabar información que evidencie el cumplimiento de los indicadores observados. Posteriormente, mediante Oficio N° 295/2019-R-UNASTM del 1 de julio de 2019, la Universidad presentó información complementaria; mientras que los días 25 y 26 de julio de 2019, presentó información adicional a través del correo electrónico institucional6. El 23 de julio de 2019, se publicó en el Diario Oficial "El Peruano" la Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU/CD, que modifica los artículos 15, 26, 27 y 28 del Reglamento de Licenciamiento aprobado por la Resolución de Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/ CD. El 31 de julio de 2019, la Dilic emitió el Informe Complementario N° 112-2019-SUNEDU/DILIC-EV, con resultado favorable. A continuación, mediante Oficio N° 280-2019-SUNEDU-02-12 del 31 de julio de 2019, se comunicó vía correo electrónico y físicamente7 a la Universidad el resultado favorable de la etapa de revisión documentaria y el inicio de la etapa de verificación presencial con las fechas programadas para su realización, así como la conformación de la Comisión de Verificación a cargo. Al respecto, mediante Oficio N° 365/2019-R-UNASTM del 2 de agosto de 2019, la Universidad comunicó su conformidad con las fechas programadas para la realización de la visita de verificación presencial, así como la relación de las personas que facilitarían la información y el acceso a los ambientes de la Universidad. Los días 6 y 7 de agosto de 2019, se realizó la visita de verificación presencial en el local declarado por la Universidad como conducente a grado académico y título profesional. El 12 de agosto de 2019, se emitió el Informe de verificación presencial N° 121-2019-SUNEDU-DILICEV, el cual concluyó con resultado favorable, en tanto se verificó el cumplimiento de las CBC. Asimismo, la Universidad presentó información adicional mediante correos electrónicos del 15 y 16 de agosto de 2019. Mediante Oficios N° 402/2019-R-UNASTM y N° 404/2019-R-UNASTM, ambos del 19 de agosto de 2019, así como mediante Oficio N° 414/2019-R-UNASTM8, la Universidad presentó de forma física la información complementaria que fue enviada previamente el 15 y 16

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Modificada por Resolución de Secretaría General N° 175-2017-MINEDU del 28 de junio de 2017. Mediante acuerdo de Consejo Directivo N° 02-016-2017 se estableció el contenido básico de un PDA. Se incorporó al Expediente N° 20093-2016-SUNEDU-TD mediante Resolución de Trámite N° 6 del 31 de julio de 2019 Remitido el correo electrónico a la Universidad el 31 de julio de 2019 a las 6:55 horas y la notificación física se realizó el 5 de agosto de 2019. Resolución de Trámite Documentario N° 35514-2019-SUNEDU-TD del 21 de agosto de 2019.