Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2019 (29/08/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 13
El Peruano / Jueves 29 de agosto de 2019
NORMAS LEGALES
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Artículo 2.- Es responsabilidad del funcionario a quien se delegan las facultades señaladas en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, el registro en el Sistema Electrónico de las Contrataciones del Estado (SEACE), de los actos y documentos derivados del proceso de selección de la Empresa Privada y de la Entidad Privada Supervisora. Artículo 3.- La delegación de facultades y la asignación de responsabilidades a que se refiere la presente Resolución Ministerial, comprenden las atribuciones de decidir y resolver, sin eximir de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso, a fin de garantizar la correcta conducción de la gestión del mecanismo de obras por impuestos y los sistemas administrativos que les correspondan. Artículo 4.- El/la funcionario/a en quien se delegan las facultades mediante la presente Resolución Ministerial, debe informar trimestralmente las actuaciones derivadas de la delegación otorgada a la Secretaría General del Ministerio de Defensa, dentro de los siete (7) días hábiles siguientes de culminado el trimestre, para su remisión al Despacho Ministerial, de acuerdo al formato que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el portal institucional del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), en la misma fecha de publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MOSCOSO FLORES Ministro de Defensa 1802169-1
su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 8 368 340,00 (OCHO MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y 00/100 SOLES), a favor de los pliegos: 453 Gobierno Regional del Departamento de Loreto, 454 Gobierno Regional del Departamento de Madre de Dios y 462 Gobierno Regional del Departamento de Ucayali para financiar los gastos que conlleven la zonificación forestal, el ordenamiento del territorio y el control y vigilancia del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre, teniendo en cuenta que dichos recursos no han sido previstos en el presupuesto institucional de las mencionadas entidades en el presente año fiscal; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA: Artículo 1. Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 8 368 340,00 (OCHO MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y 00/100 SOLES), a favor de los pliegos: 453 Gobierno Regional del Departamento de Loreto, 454 Gobierno Regional del Departamento de Madre de Dios y 462 Gobierno Regional del Departamento de Ucayali, para financiar la zonificación forestal, el ordenamiento del territorio y el control y vigilancia del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre existentes en las regiones de Loreto, Madre de Dios y Ucayali, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCIÓN PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA CATEGORÍA PRESUPUESTARIA En Soles : Gobierno Central 009 : Ministerio de Economía y Finanzas 001 : Administración General
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor de diversos Gobiernos Regionales
DECRETO SUPREMO Nº 276-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante los Oficios N°s. 760-2019-GRLGR, 663-2019-GOREMAD/GR y 648-2019-GRU-P, los Gobiernos Regionales de los Departamentos de Loreto, Madre de Dios y Ucayali solicitan, respectivamente, gestionar una demanda adicional de recursos para financiar la zonificación forestal, el ordenamiento del territorio y el control y vigilancia del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre existentes en las regiones de Loreto, Madre de Dios y Ucayali, sustentados en el Oficio N° 1086-2019-GRL-GRPPAT - "Informe de Requerimiento Presupuestal Adicional en Bienes y Servicios", de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional del Departamento de Loreto, así como en el Informe N° 378-2019-GOREMAD/GRPPYAT-SGPYT, de la Sub Gerencia de Presupuesto y Tributación de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional del Departamento de Madre de Dios; y, en el Oficio N° 0423-2019-GRU-GRPP, de la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional del Departamento de Ucayali; Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por
9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia TOTAL A LA 8 368 340,00 ------------8 368 340,00 ========== En Soles
SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos Regionales PROGRAMA PRESUPUESTAL 0130 : Competitividad y Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Forestales y de la Fauna Silvestre FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros TOTAL 6 973 268,00 1 395 072,00 ---------- 8 368 340,00 ==========