Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2019 (24/08/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 57
El Peruano / Sábado 24 de agosto de 2019
NORMAS LEGALES
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Documentario de la Secretaría General, notificará bajo cargo la presente resolución a la interesada. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina Central de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", de conformidad con el Texto Único Ordenado del Reglamentto de la Ley Nº 28626, aprobado con Resolución Nº 1503-2011-ANR. Artículo Cuarto.- Los Vicerrectorados Académico y de Investigación, la Facultad de Tecnología Médica, así como la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. JUAN OSWALDO ALFARO BERNEDO Rector ENRIQUE IVAN VEGA MUCHA Secretario General (e) 1800323-6 UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN R. Nº 6056-2019-CU-UNFV San Miguel, 14 de agosto de 2019 Visto, el expediente con NT. 42830, de fecha de recepción 03.05.2019, seguido por doña MARIA ISABEL CHIRINOS FERNANDEZ, egresada de la ex Facultad de Educación y Ciencias Humanas hoy Facultad de Educación, mediante el cual solicita el duplicado de Diploma de Grado de Bachiller en Educación, expedido por esta Casa de Estudios Superiores; y, CONSIDERANDO: Que, el Congreso de la República dio la Ley Nº 28626, de fecha 28.10.2005, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 18.11.2005, se autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación del título original, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada Universidad; Que, mediante Resolución Nº 1525-06-ANR, modificada con Resolución Nº 1895-2006-ANR, publicadas en el Diario Oficial El Peruano, con fechas 21.01.2006 y 14.06.2006 respectivamente, la Asamblea Nacional de Rectores, aprobó el Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; Que, mediante Resolución Nº 1503-2011-ANR, de fecha 15.12.2011, modificada con Resoluciones Nros. 1256 y 1634-2013-ANR, de fechas 26.08.2013 y 22.10.2013 respectivamente, emitidas por la Comisión de Coordinación Interuniversitaria de la Asamblea Nacional de Rectores, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; Que, mediante Resolución R. Nº 4224-2013-CUUNFV, de fecha 25.09.2013, rectificada con Resolución R. Nº 6309-2014-CU-UNFV, de fecha 05.09.2014, se aprobó el "Registro de Tarifas de los Servicios no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal en el que se estableció la tarifa que abonarán los interesados, entre otros, por concepto de duplicado de Diploma de Grado Académico de Bachiller y de Título Profesional en las Facultades de la Universidad; Que, mediante documento recepcionado en fecha 03.05.2019, doña MARIA ISABEL CHIRINOS FERNANDEZ, solicita duplicado de Diploma de Grado de Bachiller en Educación el cual fue expedido por la ex Facultad de Educación y Ciencias Humanas hoy Facultad de Educación de esta Universidad el 30.10.1996, señala que sufrió la pérdida de dicho diploma y según lo estipulado
en el artículo 6º del Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país, adjunta los recibos de pago de los derechos correspondientes; Que, el Jefe de la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General mediante Oficio Nº 0574-2019-OGTSG-UNFV de fecha 10.05.2019, señala que se expidió con fecha 30.10.1996 el duplicado de Diploma de Grado de Bachiller en Educación, a favor de la recurrente, el cual se encuentra asentado en el Libro Nº 60, Folio Nº 97 y Registro Nº 42791, el mismo que obra en la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaria General de esta Universidad; Asimismo, señala que lo solicitado por doña MARIA ISABEL CHIRINOS FERNANDEZ, cumple con los requisitos para el otorgamiento del duplicado del diploma de Grado de Bachiller en Educación, en concordancia con las Resoluciones Nos. 1525-2006, 1895-2006 y 15032011-ANR y la Ley Nº 28626; En mérito a la opinión de la Oficina Central de Asesoría Jurídica, contenida en el Informe Legal Nº 246-2019-OCAJUNFV, de fecha 16.05.2019, a lo señalado por el Vicerrectorado Académico en Informe Nº 434-2019-VRACUNFV de fecha 30.05.2019 y estando a lo dispuesto por el Rectorado según Proveído Nº 2953-2019-R-UNFV, de fecha 31.05.2019; el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria Nº 97, de fecha 05.07.2019, acordó autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado de Diploma de Grado de Bachiller en Educación, de la ex Facultad de Educación y Ciencias Humanas, hoy Facultad de Educación de esta Casa de Estudios Superiores, a favor doña MARIA ISABEL CHIRINOS FERNANDEZ. De conformidad con la Ley Nº 30220 Ley Universitaria, el Estatuto y el Reglamento General de la Universidad Nacional Federico Villarreal, la Resolución R. Nº 536-2016-UNFV, de fecha 27.12.2016 y la Resolución R. Nº 1075-2017-CU-UNFV, de fecha 12.06.2017; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado del Diploma de Grado de Bachiller en Educación, de la ex Facultad de Educación y Ciencias Humanas, hoy Facultad de Educación de esta Casa de Estudios Superiores, a favor de doña MARIA ISABEL CHIRINOS FERNANDEZ (por pérdida). El mismo que se encuentra asentado en el Libro Nº 60, Folio Nº 97 y Registro Nº 42791 y fecha de expedición 30.10.1996, el cual obra en la referida Oficina. Artículo Segundo.- La Oficina de Trámite Documentario de la Secretaría General, notificará bajo cargo la presente resolución a la interesada. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina Central de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", de conformidad con el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, aprobado con Resolución Nº 15032011-ANR. Artículo Cuarto.- Los Vicerrectorados Académico y de Investigación, la Facultad de Educación, así como la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. JUAN OSWALDO ALFARO BERNEDO Rector ENRIQUE IVAN VEGA MUCHA Secretario General (e) 1800323-7 UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN R. Nº 6057-2019-CU-UNFV San Miguel, 14 de agosto de 2019