Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2019 (24/08/2019)
Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.
TEXTO DE LA PÁGINA 56
56
NORMAS LEGALES
Sábado 24 de agosto de 2019 /
El Peruano
de fecha 05.07.2019, acordó autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado del Diploma de Título de Abogado, otorgado por el ex Programa Académico de Derecho y Ciencias Políticas hoy Facultad de Derecho y Ciencia Política de esta Casa de Estudios Superiores, a favor don WALTER RAMOS HERRERA. De conformidad con la Ley Nº 30220 Ley Universitaria, el Estatuto y el Reglamento General de la Universidad Nacional Federico Villarreal, la Resolución R. Nº 536-2016-UNFV, de fecha 27.12.2016 y la Resolución R. Nº 1075-2017-CU-UNFV, de fecha 12.06.2017; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado del Diploma de Título de Abogado, otorgado por el ex Programa Académico de Derecho y Ciencias Políticas hoy Facultad de Derecho y Ciencia Política de esta Casa de Estudios Superiores, a favor don WALTER RAMOS HERRERA (por pérdida). El mismo que se encuentra asentado en el Libro Nº 12 Folio Nº 117 y Registro Nº 11772 y fecha de expedición 16.09.1983, el cual obra en la referida Oficina. Artículo Segundo.- La Oficina de Trámite Documentario de la Secretaría General, notificará bajo cargo la presente resolución al interesado. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina Central de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", de conformidad con el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, aprobado con Resolución Nº 15032011-ANR. Artículo Cuarto.- Los Vicerrectorados Académico y de Investigación, la Facultad de Derecho y Ciencia Política, así como la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. JUAN OSWALDO ALFARO BERNEDO Rector ENRIQUE IVAN VEGA MUCHA Secretario General (e) 1800323-5 UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN R. Nº 6055-2019-CU-UNFV San Miguel, 14 de agosto de 2019 Visto, el expediente con NT. 52794, de fecha de recepción 03.06.2019, seguido por doña SHARON ISABEL TOYAMA NAKAMATSU, egresada de la Facultad de Tecnología Médica, mediante el cual solicita el duplicado del Diploma de Título de Licenciada en Tecnología Médica Especialidad: Terapia de Lenguaje, expedido por esta Casa de Estudios Superiores; y CONSIDERANDO: Que, el Congreso de la República dio la Ley Nº 28626, de fecha 28.10.2005, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 18.11.2005, se autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación del título original, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada Universidad; Que, mediante Resolución Nº 1525-06-ANR, modificada con Resolución Nº 1895-2006-ANR, publicadas en el Diario Oficial El Peruano, con fechas 21.01.2006 y 14.06.2006 respectivamente, la Asamblea Nacional de Rectores, aprobó el Reglamento de Duplicados de
Diplomas de Grados y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; Que, mediante Resolución Nº 1503-2011-ANR, de fecha 15.12.2011, modificada con Resoluciones Nros. 1256 y 1634-2013-ANR, de fechas 26.08.2013 y 22.10.2013 respectivamente, emitidas por la Comisión de Coordinación Interuniversitaria de la Asamblea Nacional de Rectores, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; Que, mediante Resolución R. Nº 4224-2013-CUUNFV, de fecha 25.09.2013, rectificada con Resolución R. Nº 6309-2014-CU-UNFV, de fecha 05.09.2014, se aprobó el "Registro de Tarifas de los Servicios no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal en el que se estableció la tarifa que abonarán los interesados, entre otros, por concepto de duplicado de Diploma de Grado Académico de Bachiller y de Título Profesional en las Facultades de la Universidad; Que, mediante documento recepcionado en fecha 03.06.2019, doña SHARON ISABEL TOYAMA NAKAMATSU, solicita duplicado del Diploma de Título de Licenciada en Tecnología Médica Especialidad: Terapia de Lenguaje el cual fue expedido por la Facultad de Tecnología Médica de esta Universidad el 11.12.1997, señala que sufrió la pérdida de dicho diploma y según lo estipulado en el artículo 6º del Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país, adjunta los recibos de pago de los derechos correspondientes; Que, el Jefe de la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General mediante Oficio Nº 0685-2019-OGTSG-UNFV de fecha 11.06.2019, señala que se expidió con fecha 11.12.1997 el duplicado del Diploma Título de Licenciada en Tecnología Médica Especialidad: Terapia de Lenguaje, a favor de la recurrente, el cual se encuentra asentado en el Libro Nº 45, Folio Nº 34 y Registro Nº 32149, el mismo que obra en la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaria General de esta Universidad; Asimismo, señala que lo solicitado por doña SHARON ISABEL TOYAMA NAKAMATSU, cumple con los requisitos para el otorgamiento del duplicado del Diploma de Título de Licenciada en Tecnología Médica Especialidad: Terapia de Lenguaje, en concordancia con las Resoluciones Nos. 1525-2006, 1895-2006 y 1503-2011-ANR y la Ley Nº 28626; En mérito a la opinión de la Oficina Central de Asesoría Jurídica, contenida en el Informe Legal Nº 295-2019-OCAJUNFV, de fecha 18.06.2019, a lo señalado por el Vicerrectorado Académico en Informe Nº 523-2019-VRACUNFV de fecha 26.06.2019 y estando a lo dispuesto por el Rectorado según Proveído Nº 3523-2019-R-UNFV, de fecha 28.06.2019; el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria Nº 97, de fecha 05.07.2019, acordó autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado de Diploma de Título de Licenciada en Tecnología Médica Especialidad: Terapia de Lenguaje, de la Facultad de Tecnología Médica de esta Casa de Estudios Superiores, a favor doña SHARON ISABEL TOYAMA NAKAMATSU. De conformidad con la Ley Nº 30220 Ley Universitaria, el Estatuto y el Reglamento General de la Universidad Nacional Federico Villarreal, la Resolución R. Nº 536-2016-UNFV, de fecha 27.12.2016 y la Resolución R. Nº 1075-2017-CU-UNFV, de fecha 12.06.2017; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado del Diploma de Título de Licenciada en Tecnología Médica Especialidad: Terapia de Lenguaje, de la Facultad de Tecnología Médica de esta Casa de Estudios Superiores, a favor doña SHARON ISABEL TOYAMA NAKAMATSU (por pérdida). El mismo que se encuentra asentado en el Libro Nº 45 Folio Nº 34 y Registro Nº 32149 y fecha de expedición 11.12.1997, el cual obra en la referida Oficina. Artículo Segundo.- La Oficina de Trámite