Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2019 (24/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

Sábado 24 de agosto de 2019 /

El Peruano

Resolución de Contraloría N° 432-2018-CG y al Anexo B ­ Desagregación de montos del Tarifario de la Resolución de Contraloría N° 105-2019-CG, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, y esta con sus anexos en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), Portal Web Institucional (www.contraloria.gob.pe) y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 1801070-1

Autorizan incorporación de mayores fondos públicos al presupuesto de la Contraloría General para el Año Fiscal 2019
RESOLUCIÓN DE CONTRALORIA N° 261-2019-CG Lima, 23 de agosto de 2019 VISTOS: El Memorando Nº 000373-2019-CG/GMPL, de la Gerencia de Modernización y Planeamiento; la Hoja Informativa N° 000422-2019-CG/PRESU y el Memorando N° 001112-2019CG/PRESU, de la Subgerencia de Presupuesto; y, la Hoja Informativa Nº 000354-2019-CG/GJN, de la Gerencia Jurídico Normativa, de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Contraloría N° 5422018-CG, de fecha 28 de diciembre de 2018, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2019 del Pliego 019: Contraloría General, ascendente a quinientos ochenta y tres millones setecientos noventa y cuatro mil setecientos noventa y uno y 00/100 soles (S/ 583 794 791.00); Que, a través de la Hoja Informativa Nº 000422-2019CG/PRESU y el Memorando N° 001112-2019-CG/PRESU, la Subgerencia de Presupuesto, sustenta la incorporación de mayores recursos en el Presupuesto Institucional del Pliego 019: Contraloría General, para el Año Fiscal 2019, proveniente de los recursos transferidos en la fuente de financiamiento de Donaciones y Transferencias y de Recursos Directamente Recaudados, por la suma de novecientos treinta y tres mil setecientos sesenta y uno con 00/100 soles (S/ 933 761,00), para la contratación de las Sociedades de Auditoría y los gastos operativos derivados, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias; Que, el numeral 50.1 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que las incorporaciones de mayores ingresos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante resolución del Titular de la Entidad, cuando provienen de Fuentes de Financiamiento distintas a las de Recursos Ordinarios y recursos por operaciones oficiales de crédito que se produzcan durante el año fiscal, entre otros; Que, de acuerdo con el Decreto Supremo N° 0272019-EF, se establecen límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos provenientes de saldos de balance para el Año Fiscal 2019 que se destinen al financiamiento del gasto corriente en los Pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales; Que, el numeral 20.2 del artículo 20 de la Directiva N° 001-2019-EF/50.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral Nº 003-2019-EF/50.01, precisa que los Pliegos que reciben las transferencias financieras incorporan dichos

recursos mediante un crédito suplementario, en la meta presupuestaria para la cual fueron transferidas, y en la fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias, salvo precisión distinta en la normativa vigente; Que, en el acápite i. del numeral 23.2 del artículo 23 de dicha Directiva, se establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional por incorporación de mayores ingresos públicos, de acuerdo con el numeral 50.1 del artículo 50 del Decreto Legislativo N° 1440, proceden cuando provienen de ingresos no previstos o superiores provenientes de las fuentes de financiamiento distintas a las de Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito que se produzcan durante el año fiscal; Que, asimismo, el numeral 34.1 del artículo 34 de las Medidas Complementarias para la Ejecución Presupuestaria de la citada Directiva, establece que, dado el carácter financiero del Presupuesto del Sector Público, sólo procede la incorporación de recursos monetarios, cuyos montos se registran en números enteros; Que, conforme a lo informado por la Gerencia Jurídico Normativa mediante Hoja Informativa Nº 000354-2019CG/GJN, sustentada en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa Nº 000359-2019-CG/AJ de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera viable jurídicamente la emisión de la Resolución de Contraloría que autoriza la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 019: Contraloría General, para el Año Fiscal 2019, proveniente de recursos transferidos en la fuente de financiamiento de Donaciones y Transferencias y Recursos Directamente Recaudados, por la suma de novecientos treinta y tres mil setecientos sesenta y uno con 00/100 soles (S/ 933 761,00), conforme ha sido sustentado por la Subgerencia de Presupuesto en su Hoja Informativa N° 000422-2019-CG/PRESU y el Memorando N° 001112-2019-CG/PRESU, así el Memorando Nº 000373-2019-CG/GMPL, de la Gerencia de Modernización y Planeamiento; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; y la normatividad presupuestaria vigente; y en uso de las facultades conferidas en el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización Autorizar la incorporación de mayores fondos públicos al Presupuesto Institucional del Pliego 019: Contraloría General, para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de novecientos treinta y tres mil setecientos sesenta y uno con 00/100 soles (S/ 933 761,00), de acuerdo al siguiente detalle: ANEXO 2
INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1.3.2 .1.4. 99 FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1.4.1 3.1 1 1.4.1 3.1 2 1.4.1 3.1 3 TOTAL INGRESOS 2: RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS : Otros Derechos Administrativos Generales 4: DONACIONES Y TRANSFERENCIAS : Del Gobierno Nacional : De los Gobiernos Regionales : De los Gobiernos Locales SOLES 270,116.00 270,116.00 663,645.00 129,839.00 160,541.00 373,265.00 933,761.00

EGRESOS SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

SOLES