Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2019 (24/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Sábado 24 de agosto de 2019 /

El Peruano

Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que "(...) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento"; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que "Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (...)"; Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2019-IN. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Suboficial de Tercera de la Policía Nacional del Perú José Castinaldo Carrasco Ruíz y de la Suboficial de Tercera de la Policía Nacional del Perú Jane Jhosselyn Altamirano Chalco, del 01 al 07 de setiembre de 2019, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y vuelta), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que irrogue el cumplimiento de la presente resolución son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe US$ Días Personas Total US$ 638,00 X X 2 = 1 276,00 370,00 X 6 X 2 = 4 440,00

Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe N° 002112-2019/IN/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta S/N de fecha 18 de junio de 2019, el Director de Control de Drogas de los Carabineros de Chile, comunica a la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú la realización de la 4ta Reunión de Trabajo de Jefes y Directores Antidrogas denominada "Narcotráfico en el Cono Sur del Continente", extendiendo su invitación a su Director Antidrogas a fin que participe en el citado evento a llevarse a cabo del 27 al 29 de agosto de 2019, en la ciudad de Tongoy, Región de Coquimbo de la República de Chile; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 235-2019-COMGEN/DIRASINT-DIVABI, de fecha 23 de julio de 2019, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente se prosiga con el trámite de la expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del General de la Policía Nacional del Perú Max Reinaldo Iglesias Arévalo, del 26 al 30 de agosto de 2019, a la ciudad de Tongoy, Región de Coquimbo de la República de Chile, para que participe en la reunión antes citada, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que dicha reunión permitirá impulsar vínculos de coordinación, comunicación, cooperación, unión y confianza con las demás instituciones extranjeras homólogas, encargadas de hacer cumplir la ley en materias tan sensibles como el tráfico ilícito de drogas, lavado de activos y desvío de precursores químicos; Que, los conocimientos y las experiencias a adquirirse como resultado de la participación en la mencionada reunión, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos serán cubiertos por la Dirección de Control de Drogas de los Carabineros de Chile, conforme a lo indicado en su Carta S/N de fecha 18 de junio de 2019 y los pasajes aéreos (ida y vuelta), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 3196-2019-SECEJE-DIRADMDIVECO-PNP/DEPPRE, de fecha 19 de julio de 2019, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que "Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (...)"; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 señala "Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (...)"; Que, la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en su artículo 10 establece que "10.1. Durante el Año Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (...) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (...)"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que "La Resolución

Pasajes aéreos Viáticos

Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1800148-1

Autorizan viaje de personal policial a Chile y Honduras, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1277-2019-IN Lima, 21 de agosto de 2019 VISTOS, el Oficio N° 1017-2019-SUB COMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI de la Jefatura de la División de