Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2019 (24/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Sábado 24 de agosto de 2019 /

El Peruano

su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 17 613 857,00 (DIECISIETE MILLONES SEISCIENTOS TRECE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), a favor del pliego Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para financiar la prestación del servicio alimentario a las/los escolares de las instituciones educativas en el nivel de educación secundaria bajo la modalidad de Jornada Escolar Completa (JEC); teniendo en cuenta que los citados recursos no han sido previstos en el presupuesto institucional del mencionado pliego en el presente Año Fiscal; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA: Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, con cargo a los recursos previstos en la Reserva de Contingencia del pliego Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 17 613 857,00 (DIECISIETE MILLONES SEISCIENTOS TRECE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), a favor del pliego Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para financiar la prestación del servicio alimentario a las/los escolares de las instituciones educativas en el nivel de educación secundaria bajo la modalidad de Jornada Escolar Completa (JEC), de acuerdo con el siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA CATEGORIA PRESUPUESTARIA En Soles Gobierno Central 009 : Ministerio de Economía y Finanzas 001 : Administración General

FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO CORRIENTE 2.5. Otros Gastos

1 : Recursos Ordinarios 17 431 632,00 ------------17 613 857,00 ===========

TOTAL

Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de este Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de este dispositivo legal. Copia de la Resolución es remitida dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en este Decreto Supremo. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 de este Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Del refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de agosto del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1801069-3

9002 : Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 17 613 857,00 ------------TOTAL 17 613 857,00 =========== A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA CATEGORIA PRESUPUESTARIA En Soles Gobierno Central 040 : Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social 007 : Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor de los Gobiernos Regionales
DECRETO SUPREMO Nº 273-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el párrafo 32.1 del artículo 32 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza al Ministerio de Educación, para efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales hasta por el monto de S/ 248 682 587,00 (DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Educación, a propuesta de esta última; para financiar las intervenciones y acciones pedagógicas a cargo de los Gobiernos Regionales; asimismo, el párrafo 32.2 del artículo 32 de la

9002 : Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos ACTIVIDAD 5000538 : Capacitación y Perfeccionamiento FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3. Bienes y Servicios 153 417,00 ACTIVIDAD 5001291 : Seguimiento, monitoreo y evaluación FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3. Bienes y Servicios 28 808,00 ACTIVIDAD 5005672 : Provisión del Servicio Alimentario en Instituciones Educativas Públicas del Nivel Secundaria