Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2019 (24/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Sábado 24 de agosto de 2019

NORMAS LEGALES

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de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (...)"; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que "(...) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento"; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que "Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (...)"; Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0142019-IN. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del General de la Policía Nacional del Perú Max Reinaldo Iglesias Arévalo, del 26 al 30 de agosto de 2019, a la ciudad de Tongoy, Región de Coquimbo de la República de Chile, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y vuelta), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que irrogue el cumplimiento de la presente resolución son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe US$ Días Personas Total US$ 371,00 X X 1 = 371,00

VISTOS, el Oficio N° 1082-2019-SUB COMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI de la Jefatura de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú y el Informe N° 002117-2019/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Facsímil (DSD) N° F-113 y N° 174 de fechas 04 de junio y 18 de julio de 2019 respectivamente, la Dirección de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores traslada a la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú la invitación de la Representación Permanente del Perú ante la Organización de los Estados Americanos, para la propuesta de expertos que puedan presentar ponencias y participar en los paneles establecidos para la "Segunda Reunión del Grupo de Trabajo Técnico Subsidiario sobre Prevención de la Delincuencia, la Violencia y la Inseguridad", en el marco de la Reunión de Ministros en materia de Seguridad Pública de las Américas (MISPA), que se realizará del 04 al 05 de setiembre de 2019, en la ciudad de Tela de la República de Honduras; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 226-2019-COMGEN.PNP/DIRASINT-DIVABI de fecha 06 de agosto de 2019, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente se prosiga con el trámite de la expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Carlos Amancio Huachín Godos, Jefe (e) de la División de Protección Contra la Violencia Familiar y del Suboficial Superior de la Policía Nacional del Perú Ángel Jesús Mio Barreto, servidor de la División de Protección al Niño y Adolescente, del 03 al 06 de setiembre de 2019, a la ciudad de Tela de la República de Honduras, para que participen en la citada reunión, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, puesto que su participación permitirá aportar sus experiencias en temas relacionados a los propuestos para dicho evento internacional y servirá para contribuir en la lucha contra todas las formas de violencia, y el fortalecimiento de las relaciones con sus similares en la República de Honduras; Que, la experiencia a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en la reunión indicada, se encuentra en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 3447-2019-SECEJE-DIRADMDIVECO-PNP/DEPPRE de fecha 02 de agosto de 2019, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que "Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (...)"; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 señala "Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (...)"; Que, la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en su artículo 10 establece que "10.1. Durante el Año Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (...) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (...)";

Pasajes aéreos

Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1800148-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1278-2019-IN Lima, 21 de agosto de 2019