Norma Legal Oficial del día 01 de junio del año 2017 (01/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

El Peruano / Jueves 1 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

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Ejecución Coactiva Tributaria y Ejecución Coactiva Administrativa, dando origen a la Gerencia de Ejecución Coactiva; y finalmente la creación de la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos en el marco del Decreto Legislativo Nº 1252, que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (Invierte.pe); Que, se advierte que la modificación del CAP obedece a la necesidad de adecuación a la normativa vigente y a los demás instrumentos de gestión que permitan darle coherencia y sentido uniforme que facilite el desarrollo de las actividades de la Corporación Municipal; razón por la cual en cumplimiento a lo dispuesto al Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 345-2017-MDSJL corresponde ser aprobada; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto por los incisos 8) y 9) del artículo 9º y por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el VOTO UNÁNIME del Pleno del Concejo y con la dispensa de la lectura y trámite de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente norma. ORDENANZA QUE MODIFICA EL CUADRO DE ASIGNACIÓN DE PERSONAL - CAP DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO, APROBADO MEDIANTE ORDENANZA Nº 270-2014 Artículo Primero.- MODIFICAR el Cuadro de Asignación de Personal de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, aprobado mediante Ordenanza Nº 2702014, que como Anexo en cuadros de 13 folios forma parte integrante de la presente norma. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, la Gerencia de Planificación, la Gerencia de Administración y Finanzas, y demás unidades orgánicas el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano, y su remisión del Cuadro CAP a la unidad orgánica competente de la Presidencia del Concejo de Ministros para su publicación en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe y al Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano. gob.pe; y a la Secretaría de Comunicación e Imagen la divulgación y difusión en el Portal Institucional (www. munisjl.gob.pe). Artículo Cuarto.- DEJAR SIN EFECTO toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase. JUAN VALENTIN NAVARRO JIMENEZ Alcalde 1527592-1

VISTO, El Informe Nº 024-2017-GM/OPP, presentado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, mediante el cual comunica que existe una cobertura presupuestal para el Presupuesto Participativo de Niños, Niñas y Adolescentes para el Año Fiscal 2018; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Art. 194º de la Constitución Política del Estado y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, administrativa y económica en los asuntos de su competencia; Que, mediante la Ordenanza Nº 004-2017-MDCH de fecha 16.03.2017, se aprueba el "Reglamento del proceso del presupuesto participativo multianual de gestión por resultados del distrito de Chancay", en cuya Tercera Disposición Final establece que por Decreto de Alcaldía se reglamentará el Proceso del Presupuesto Participativo para Niños, Niñas y Adolescentes; Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, ha elaborado el proyecto de Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo de Niños, Niñas y Adolescentes del Distrito de Chancay, el mismo que está estructurado sobre las fases señaladas en el Marco Legal vigente del Presupuesto Participativo; Que, es política de la actual gestión edil impulsar, articular, promover y fortalecer espacios de sectores que eran excluidos en la elaboración de las Políticas Públicas de Desarrollo, como son los Niños, Niñas y Adolescentes, facilitando su participación en la formulación del Presupuesto Participativo del Distrito de Chancay, por lo que se hace necesario que el Gobierno Local apruebe el presente Reglamento, para dar inicio a este proceso participativo; Que, estando a las consideraciones precedentes y, en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º y Artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el "REGLAMENTO PARA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL DISTRITO DE CHANCAY", que consta de tres (03) Títulos, once (11) Artículos, seis (06) Disposiciones Generales y 03 Anexos (Cronograma de Actividades, Lista de las Instituciones Educativas Públicas y Glosario de Términos), que en anexos forman parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- CONVOCAR a las Instituciones Educativas Públicas de la jurisdicción, para participar en el Proceso del Presupuesto Participativo para Niños, Niñas y Adolescentes. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el monitoreo de las acciones necesarias para llevar a cabo este proceso de participación. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Desarrollo Humano y Participación Social, Oficina de Participación Vecinal y a la Unidad de Educación, Cultura y Deporte, la ejecución de las acciones pertinentes para el cumplimiento del presente Decreto. Artículo Quinto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN A. ALVAREZ ANDRADE Alcalde 1526735-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY
Aprueban el "Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo de Niños, Niñas y Adolescentes del distrito de Chancay"
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2017-MDCH Chancay, 20 de abril del 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY