Norma Legal Oficial del día 01 de junio del año 2017 (01/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES

Jueves 1 de junio de 2017 /

El Peruano

Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES; el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-IN; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; y, el Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 0402014-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la Directiva Interna Nº SO1. RH.DI.001 "Lineamientos para la adopción de medidas cautelares excepcionales en procedimientos disciplinarios" Primera Versión, la misma que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como encargar a la Oficina General de Tecnologías de la Información, Comunicaciones y Estadística su publicación en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES (www.migraciones.gob. pe). Artículo 3°.- La presente Directiva Interna entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese y comuníquese. EDUARDO SEVILLA ECHEVARRÍA Superintendente Nacional MIGRACIONES 1527322-1

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Conforman el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial virtual de la Provincia de Huánuco, integrado por el Primer, Tercer y Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de Huánuco y disponen otras medidas en la Corte Superior de Justicia de Huánuco
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 172-2017-CE-PJ Lima, 10 de mayo de 2017 VISTOS: El Oficio N° 162-2017-P-ETI-PENAL-CPP/PJ, cursado por el señor Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal; y, los Oficios N° 315-2017-P-CSJHN/PJ y N° 366-2017-P-CSJHN/PJ, remitidos por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huánuco. CONSIDERANDO: Primero: Que mediante Resolución Administrativa N° 286-2016-CE-PJ se creó el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de la Provincia de Leoncio Prado, Distrito Judicial de Huánuco; disponiendo que el citado órgano jurisdiccional tramitará procesos con reos libres con competencia territorial en la citada provincia, Distrito de Monzón, Provincia de Huamalíes; y Distritos de la Morada, Santa Rosa de Alto Yanajanca y Centros Poblados de San Antonio de Padua y el Paraíso del Distrito de Cholón,

Provincia de Marañón. Asimismo, que el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Permanente de la Provincia de Huánuco, tramite los procesos con reos en cárcel de todo el Distrito Judicial. Segundo: Que, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huánuco mediante Oficio N° 315-2017-PJCSJHN/PJ, solicita a este Órgano de Gobierno la ampliación de competencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Leoncio Prado, a fin que este órgano jurisdiccional pueda conocer procesos con reos libres del Distrito Judicial de Huánuco; así como la exclusividad del Juzgado Penal Colegiado de la Provincia de Huánuco para tramitar solo procesos con reos en cárcel. Asimismo, por Oficio N° 366-2017-PJ-CSJHN/PJ solicita la reactivación del Juzgado Penal Colegiado Virtual en el Distrito Judicial de Huánuco, a fin que tramite procesos con reos en cárcel, lo cual permitirá disminuir la carga procesal existente a la fecha en el Juzgado Penal Colegiado de Huánuco. Tercero: Que, en el Informe N° 030-2017-MYEST-ETI-CPP/PJ, elaborado por el Componente de Monitoreo y Evaluación del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, se advierte que el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Permanente de la Provincia de Leoncio Prado tiene baja producción; asimismo, respecto al Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Permanente de la Provincia de Huánuco, se verifica que existe saturación de expedientes en trámite y una elevada programación de audiencias. Cuarto: Que, por lo expuesto, se determina la necesidad prioritaria de contar con un Juzgado Penal Colegiado adicional en la Provincia de Huánuco, resultando viable la propuesta planteada por la citada Corte Superior, en cuanto a la reactivación del Juzgado Penal Colegiado Virtual, el mismo que estará conformado por el Primer, Tercer y Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de Huánuco; a fin que apoye con la celeridad de los procesos penales en trámite. Asimismo, tramitará tanto los procesos con reos libres, como procesos con reos en cárcel; evaluándose su funcionamiento en cuanto a su actuación como Juzgado Penal Colegiado, a fin de determinar si se considera viable la ampliación de competencia del Juzgado Penal Colegiado de la Provincia de Leoncio Prado, Distrito Judicial de Huánuco. Quinto: Que, considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, deviene en necesario dictar las disposiciones que permita coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio; y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Sexto: Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 384-2017 de la vigésimo segunda sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Álvarez Díaz; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer, a partir del día siguiente de publicada la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, las siguientes medidas en el Distrito Judicial de Huánuco: a) Conformar el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial virtual de la Provincia de Huánuco, integrado por el Primer, Tercer y Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de Huánuco, con la misma competencia que el Juzgado Penal Colegiado de la referida provincia. b) Establecer que el Juzgado Penal Colegiado de la Provincia de Leoncio Prado, continuará tramitando