Norma Legal Oficial del día 01 de junio del año 2017 (01/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Jueves 1 de junio de 2017

NORMAS LEGALES
Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República ELSA GALARZA CONTRERAS Ministra del Ambiente 1527633-5

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· DICE: Artículo 1: ACEPTAR a partir de la fecha, la renuncia presentada por el señor Lucio Heraclio Valderrama Rivera, en el encargo de Sub Director de la Sub Dirección de Obras y Supervisión de la Dirección de Infraestructura Agraria y Riego del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados. · DEBE DECIR: Artículo 1: ACEPTAR a partir de la fecha, la renuncia presentada por el señor Lucio Heraclio Valderrama Rivera, en el encargo de Sub Director de la Sub Dirección de Gestión de Proyectos e Ingeniería de la Dirección de Infraestructura Agraria y Riego del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Déjese a salvo las demás Disposiciones de la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 219-2017-MINAGRIDVDIAR-AGRO RURAL-DE. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALBERTO JOO CHANG Director Ejecutivo Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL 1527346-1

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Actualizan designación del Equipo Técnico de Fiscalización Posterior Aleatoria del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 186-2017-MINCETUR Lima, 29 de mayo de 2017 Visto, el Memorándum N° 334-2017-MINCETUR/ SG/OGPPD de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, el Memorándum N° 636-2017-MINCETUR/SG/OGA de la Oficina General de Administración, los Memorándums Nos. 434 y 495-2017-MINCETUR/VMT del Viceministerio de Turismo y el Memorándum N° 203-2017-MINCETUR/VMCE del Viceministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. CONSIDERANDO:

AMBIENTE
Designan Presidente Ejecutivo del Instituto Geofísico del Perú - IGP
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 002-2017-MINAM Lima, 31 de mayo de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 136 se aprobó la Ley del Instituto Geofísico del Perú ­ IGP, organismo que tiene por finalidad la investigación científica, la enseñanza y la capacitación, la prestación de servicios, y la realización de estudios y proyectos; en las diversas áreas de la geofísica; Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creación Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, dispone la adscripción del Instituto Geofísico del Perú ­ IGP, como organismo público ejecutor, al Ministerio del Ambiente; Que, encontrándose vacante el cargo del Presidente Ejecutivo del IGP, corresponde designar al funcionario que desempeñará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, el Decreto Legislativo N° 136, Ley del Instituto Geofísico del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor HERNANDO JHONNY TAVERA HUARACHE, en el cargo de Presidente Ejecutivo del Instituto Geofísico del Perú ­ IGP. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra del Ambiente.

Que, el inciso 33.1 del artículo 33 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley General del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, establece que por fiscalización posterior, la entidad ante la que es realizado un procedimiento de aprobación automática o evaluación previa o haya recibido la documentación referida a los sucedáneos de los originales, queda obligada a verificar de oficio mediante el sistema del muestreo, la autenticidad de las declaraciones, de los documentos, de las informaciones y de las traducciones proporcionadas por el administrado Que, el artículo 6 del Decreto Supremo N° 0962007-PCM, que regula la fiscalización posterior aleatoria de los procedimientos administrativos por parte del Estado, dispone que cada entidad dictará las normas internas referidas al personal a cargo de la fiscalización posterior, correspondiendo a los directivos a cargo de los órganos y dependencias de las entidades que tramitan los procedimientos administrativos previstos en el TUPA respectivo, realizar la evaluación de los resultados de la fiscalización posterior, así como adoptar las acciones que correspondan; Que, mediante Resolución Ministerial N° 059-2008-MINCETUR/DM, modificada por la Resolución Ministerial N° 010-2010-MINCETUR/ DM, se designó al Equipo Técnico de Fiscalización Posterior Aleatoria del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el cual está a cargo del proceso de fiscalización aleatoria de los procedimientos administrativos del MINCETUR; Que, conforme al documento del Visto, es necesario actualizar la designación de los integrantes del Equipo Técnico de Fiscalización Posterior Aleatoria del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley General del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS y el Decreto Supremo N° 096-2007-PCM, Decreto Supremo que regula la fiscalización posterior aleatoria de los procedimientos administrativos por parte del Estado.