Norma Legal Oficial del día 01 de junio del año 2017 (01/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 94

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NORMAS LEGALES

Jueves 1 de junio de 2017 /

El Peruano

Cuarta.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Rentas y la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica el cumplimiento de la presente Ordenanza con su adecuada difusión e implementación. Quinta.- La presente Ordenanza debe publicarse en el portal web de la Municipalidad Distrital de Lurigancho Chosica. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

Cuarto.- DISPONER que la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica proceda a la publicación del presente Decreto en el portal de la página web municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUSTAVO ADOLFO VAN HEURCK MASÍAS Teniente Alcalde Encargado del Despacho de Alcaldía 1526548-1

GUSTAVO ADOLFO VAN HEURCK MASÍAS Teniente Alcalde Encargado del Despacho de Alcaldía 1526551-1

MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
Modifican el Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 351 San Juan de Lurigancho, 17 de mayo de 2017 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 17 de mayo de 2017, el Informe Nº 059-2017-SGDICNI-GP/ MDSJL de fecha 15 de mayo de 2017, de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Cooperación Nacional e Internacional, y documentos conexos sobre proyecto de Ordenanza que aprueba la modificación del Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, dispone que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de Ordenanzas, las mismas que tienen rango de ley, conforme al artículo 200º de la Constitución Política del Perú; Que, mediante Ordenanza Nº 270-2014-MDSJL de fecha 25 de marzo de 2014, se aprueba el Cuadro de Asignación de Personal-CAP de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, instrumento de gestión que ya no se ajusta a los cambios producidos y recogidos en el nuevo Reglamento de Organización y Funciones, Estructura Orgánica y Organigrama, aprobados mediante Ordenanza Nº 345 publicada en el diario oficial El Peruano el 20 de abril de 2017, y modificatoria aprobada mediante Ordenanza Nº 349 publicada el 12 de mayo del mismo año; Que, la Sub Gerencia de Recursos Humanos con Memorándum Nº 655-2017SGRH/GAF/MDSJL de fecha 15 de mayo de 2017, propone modificar el referido CAP en atención a los cambios producidos con el precitado ROF, propuesta que cuenta con la opinión técnica y legal favorable, según se advierte de los Informes Nº 059-2017-SGDICNI-GP/MDSJL (con el visto bueno de la Gerencia de Planificación) y Nº 144-2017-GAJ/MDSJL, de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Cooperación Nacional e Internacional, y de la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fechas 15 y 16 de mayo de 2017, respectivamente, de los cuales se desprende básicamente que algunas unidades orgánicas han variado su denominación, y en otros supuestos se han fusionado como es el caso de las Sub Gerencias de Servicios Generales, y Abastecimiento y Control Patrimonial, adoptando la nueva unidad orgánica esta última denominación; asi mismo la fusión producida entre las Sub Gerencias de

Precisan que denominación correcta de instrumento de control es "Programa de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora"
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 012-2017/MDLCH Chosica, 17 de mayo de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO - CHOSICA; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 010-2017/ MDLCH, de fecha 17 de mayo de 2017, se aprueba el "Programa de Control, Monitoreo y Vigilancia de Ruido Ambiental del Distrito de Lurigancho ­ Chosica ­ Año 2017", elaborado por la Sub Gerencia de Areas Verdes y Medio Ambiente de la Gerencia de Servicios Públicos. Que, mediante Oficio Nº 306-2017-MML/GSCGASGA, el Subgerente de Gestión Ambiental de la Municipalidad Metropolitana de Lima, expresa que de la revisión del documento denominado: Programa de Control, Monitoreo y Vigilancia de Ruido Ambiental del Distrito de Lurigancho ­ Chosica ­ Año 2017, remite el Informe Nº 160-2017-MML/GSCGA-SGA-DCAEA, a fin que se subsane las observaciones realizadas, en un plazo de 10 días útiles. Que, de la revisión del programa antes mencionado, se observa que de acuerdo a lo establecido en el artículo Nº 13 de la Ordenanza Nº 1965 "Ordenanza Metropolitana para la Prevención y Control de la Contaminación Sonora" el instrumento de control se denomina "Programa de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora" y no como se menciona en el Decreto de Alcaldía Nº 0102017/MDLCH; por lo que, se hace necesario proceder a su modificación; y Estando a mérito de lo expuesto, con aprobación de la Gerencia Municipal y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º, inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Primero.- MODIFICAR el artículo primero del Decreto de Alcaldía Nº010-2017/MDLCH, precisando que la denominación correcta del instrumento de control a que se refiere el mencionado Decreto es: "Programa de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora" en cumplimiento del artículo Nº13 de la Ordenanza Metropolitana Nº1965. Segundo.- PONER en conocimiento el presente dispositivo de la Sub Gerencia de Areas Verdes y Medio Ambiente y de la Gerencia de Servicios Públicos para sus fines. Tercero.- REMITIR el presente documento a la Subgerencia de Gestión Ambiental de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental de la Municipalidad Metropolitana para sus fines.