Norma Legal Oficial del día 01 de junio del año 2017 (01/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

El Peruano / Jueves 1 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

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de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria ­ SUNEDU, en la cual se anula la inscripción primigenia, y autoriza la inscripción del duplicado de diploma; Que, mediante la Resolución Nº 3205-CU-2014 del 10.09.2014, la Universidad Nacional del Centro del Perú, aprueba la "Directiva Nº 001-2014-SG para otorgar Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales por pérdida, deterioro o mutilación, expedidos por la Universidad"; Que, don Renán Rosas Martínez Pérez, solicita Duplicado de Diploma de Grado de Bachiller en Agronomía, por pérdida, el mismo que fue expedido el 03.12.1991, con Registro Nº 939, a Fojas 061, del Tomo 017-B, para el efecto, adjunta los documentos consignados en el ítem VI de la Directiva Nº 001-2014-SG; y De conformidad al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 09 de Mayo del 2017. RESUELVE: 1º ANULAR el Diploma de Bachiller en Agronomía de don Renán Rosas Martínez Pérez , de fecha 03.12.1991, por motivo de pérdida. 2º OTORGAR EL DUPLICADO DE DIPLOMA DE BACHILLER EN AGRONOMÍA, a don RENAN ROSAS MARTÍNEZ PÉREZ, de acuerdo al siguiente detalle: Registro Nº 939, Fojas 061, del Tomo 017-B. 3º DAR CUENTA de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria. 4º ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a Secretaria General y Facultad de Agronomía. Regístrese y comuníquese. MOISÉS RONALD VÁSQUEZ CAICEDO AYRAS Rector HUGO RÓSULO LOZANO NÚÑEZ Secretario General 1526660-1 UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ RESOLUCIÓN Nº 1992-CU-2017 Huancayo, 23 de mayo de 2017 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ Visto, el expediente Nº 16583 de fecha 02.05.2017, por medio de la cual don RENAN ROSAS MARTINEZ PÉREZ, solicita Duplicado de Diploma de Título Profesional de Ingeniero Agrónomo, por perdida. CONSIDERANDO: Que, de conformidad a los Artículos 13º y 14º de la Constitución Política del Perú, la Educación es un deber y un derecho que todo ciudadano está inmerso, asimismo, promueve el desarrollo del país; Que, de conformidad a la Ley Nº 28626, se faculta a las universidades públicas y privadas expedir duplicados de grados y títulos profesionales, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación, siempre que se cumpla las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada universidad; Que, con Resoluciones Nº 1503-2011-ANR y 12562013-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores, reglamenta la expedición de Duplicados de Diplomas de Grados Académico y Títulos Profesionales en cumplimiento a la Ley Nº 28626; Que, de conformidad a la Ley 30220, y al Art. 14 del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria ­ SUNEDU, en la cual se anula la inscripción primigenia, y autoriza la inscripción del duplicado de diploma;

Que, mediante la Resolución Nº 3205-CU-2014 del 10.09.2014, la Universidad Nacional del Centro del Perú, aprueba la "Directiva Nº 001-2014-SG para otorgar Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales por pérdida, deterioro o mutilación, expedidos por la Universidad"; Que, don Renán Rosas Martínez Pérez, solicita Duplicado de Diploma de Título de Ingeniero Agrónomo, por perdida, el mismo que fue expedido el 02.09.1993, con Registro Nº 683, a Fojas 114, del Tomo 015-T, para el efecto, adjunta los documentos consignados en el ítem VI de la Directiva Nº 001-2014-SG; y De conformidad al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 09 de Mayo del 2017. RESUELVE: 1º ANULAR el Diploma de Título de Ingeniero Agrónomo de don Jesús Rosas Martínez Pérez, de fecha 02.09.1993, por motivo de perdida. 2º OTORGAR EL DUPLICADO DE DIPLOMA DE TÍTULO PROFESIONAL DE INGENIERO AGRÓNOMO a don RENAN ROSAS MARTÍNEZ PÉREZ, de acuerdo al siguiente detalle: Registro Nº 683, Fojas 114 del Tomo 015-T. 3º DAR CUENTA de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria. 4º ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a Secretaria General y Facultad de Agronomía. Regístrese y comuníquese. MOISÉS RONALD VÁSQUEZ CAICEDO AYRAS Rector HUGO RÓSULO LOZANO NÚÑEZ Secretario General 1526662-1

MINISTERIO PUBLICO
Autorizan viaje de fiscales a Brasil, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1727-2017-MP-FN Lima, 25 de mayo de 2017 VISTO: El Oficio N° 3982-2017-FSCNEDCF-MP-FN, cursado por el Fiscal Superior Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios; CONSIDERANDO: Mediante el oficio de visto, se solicita autorización de viaje para el señor Hamilton Castro Trigoso, Fiscal Provincial de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios ­ Primer Despacho, y Sergio Jiménez Niño, Fiscal Provincial de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios ­ Sexto Despacho, para viajar a la ciudad de Sao Paulo, República Federativa de Brasil, del 29 de mayo al 01 de junio de 2017. La autorización de viaje requerida tiene por finalidad realizar diligencias reservadas; así como efectuar coordinaciones en el marco de una investigación de carácter reservada. Teniendo en cuenta la importancia de las diligencias que se desarrollarán y a efectos de garantizar un resultado óptimo, corresponde expedir el acto resolutivo que autorice el viaje de los mencionados fiscales para que realicen las diligencias de naturaleza reservada que se llevarán a cabo en la República Federativa de Brasil.