Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2017 (22/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES
VISTOS:

Viernes 22 de diciembre de 2017 /

El Peruano

"Diseñar procesos en el Ministerio de Salud"; las mismas que establecen los lineamientos y criterios técnicos que orientan y facilitan la implementación de la gestión por procesos en el Ministerio de Salud, en el marco de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública; Que, es preciso indicar que posterior a la aprobación de la Directiva en mención, la Autoridad Nacional del Servicio Civil ha aprobado un marco normativo que regula en relación al mapeo de procesos de la entidad, como parte de las acciones e instrumentos a tener en cuenta para la implementación de la Ley del Servicio Civil, en el marco del proceso de tránsito al nuevo régimen; Que, con la finalidad de complementar y articular lo dispuesto tanto por la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros como la Autoridad Nacional del Servicio Civil; la Oficina de Organización y Modernización de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, considera pertinente la aprobación de una nueva Directiva Administrativa "Lineamientos para la implementación de la Gestión por Procesos y Procedimientos en el Ministerio de Salud", en el marco de la mejora continua; Con el visado de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; la Oficina General de Asesoría Jurídica y la Secretaría General; y De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, el Decreto Supremo N° 004-2013PCM, que aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública y la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Directiva Administrativa N° 245-OGPPM/MINSA "Lineamientos para la implementación de la gestión por procesos y procedimientos en el Ministerio de Salud", así como sus Anexos, que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.-. Encargar a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, a través de la Oficina de Organización y Modernización, el monitoreo y seguimiento del cumplimiento de la Directiva Administrativa señalada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 805-2014/MINSA, que aprobó la Directiva Administrativa N° 203-MINSA/OGPP-V.01 "Lineamientos para la implementación de la gestión por procesos en el Ministerio de Salud" y Guía Técnica de la Fase 1 "Diseñar procesos en el Ministerio de Salud". Artículo 4.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal de Transparencia del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese FERNANDO ANTONIO D'ALESSIO IPINZA Ministro de Salud 1600031-4

La solicitud registrada con la Hoja de Ruta N° E-155488-2017, presentada por la empresa "CENTRO DE INSPECCIONES TECNICAS VEHICULARES JARDEL PERU S.A.C.", así como los demás escritos relacionados con dicha solicitud, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC se aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, el mismo que tiene como objeto regular el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29237, cuya finalidad constituye certificar el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehículos que circulan por las vías públicas terrestres a nivel nacional; así como verificar que éstos cumplan con las condiciones y requisitos técnicos establecidos en la normativa nacional, con el propósito de garantizar la seguridad del transporte y el tránsito terrestre y las condiciones ambientales saludables; Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta N° E-013021-2017 del 16 de enero del 2017, la empresa "CENTRO DE INSPECCIONES TECNICAS VEHICULARES JARDEL PERU S.A.C.", en adelante La Empresa, solicitó autorización para operar un nuevo Centro de Inspección Técnica Vehicular ­ CITV Fijo, para operar una Línea de Inspección Técnica Tipo Mixta, en el local ubicado en Av. Argentina N° 1375, distrito del Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima. Procedimiento finalizado como consecuencia del desistimiento solicitado por La Empresa y aceptado mediante Resolución Directoral N° 3929-2017-MTC/15 del 01 de septiembre de 2017; Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta N° E-155488-2017 del 16 de junio de 2017, La Empresa, solicita autorización para operar un nuevo Centro de Inspección Técnica Vehicular­ CITV Fijo con dos (02) Líneas de Inspección Técnica: una (01) Línea Tipo Mixta y una (01) Línea Tipo Menor, en el local ubicado en Jesús del Valle Km. 9, distrito y provincia de Huaral, departamento de Lima Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta N° E-202168-2017 del 07 de agosto de 2017, La Empresa presenta escrito modificando su solicitud de autorización para operar un Centro de Inspección Técnica Vehicular, precisando que se autorice para operar con una (01) Línea de Inspección Técnica Tipo Mixta, en el local ubicado en la Carretera de Chachapoyas a Chiclayo, distrito y provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas; Que, mediante Oficio N° 6113-2017-MTC/15.03 de fecha 01 de agosto de 2017 y notificado el 08 de agosto del mismo año, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial formuló las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Empresa, requiriéndole la subsanación correspondiente, para la cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles; Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta N° E-217911-2017 del 21 de agosto de 2017, La Empresa presentó diversa documentación con la finalidad de subsanar las observaciones; Que, mediante Oficio N° 8038-2017-MTC/15.03 de fecha 21 de septiembre de 2017 y notificado el 21 de septiembre del mismo año, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial comunicó las observaciones subsistentes en la solicitud presentada por La Empresa, requiriéndole la subsanación correspondiente, para la cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles; Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta N° E-254133-2017 del 27 de septiembre de 2017, La Empresa presentó diversa documentación con la finalidad de subsanar las observaciones y precisa la ubicación del CITV en Predio Urbano El Molino ­ Chachapoyas, distrito y provincia de Chachapoyas y departamento de Amazonas, referencia Km. 324 de la Carretera Chachapoyas ­ El Molino; De conformidad con el numeral 46.1.1 del Art. 46 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, señala la documentación prohibida de solicitar como se cita a continuación "46.1.1 Aquella que la entidad solicitante genere o posea como

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan al Centro de Inspecciones Técnicas Vehiculares Jardel Perú S.A.C. para operar como centro de inspección técnica vehicular fijo en local ubicado en el distrito y provincia de Chachapoyas y departamento de Amazonas
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 4491-2017-MTC/15 Lima, 3 de octubre de 2017