Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2017 (22/12/2017)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 106

106

NORMAS LEGALES

Viernes 22 de diciembre de 2017 /

El Peruano

Resolución Administrativa Nº 214-2012-CE-PJ de fecha 5 de noviembre del 2012, modificada mediante la Resolución Administrativa Nº 338-2014-CE-PJ de fecha 01 de octubre de 2014; SE RESUELVE: Artículo Primero: DISPONER el funcionamiento del 3° Juzgado de Paz Letrado de Pueblo Libre y Magdalena del Mar en los ambientes del primer piso de la sede judicial ubicada en Avenida Mariano Cornejo N.° 1415 ­ 1417 distrito de Pueblo Libre, a partir del 3 de Enero del 2018. Artículo Segundo: DISPONER que durante los días del traslado del referido juzgado y en adelante, toda documentación será recibida por la mesa de partes que se habilitará en los juzgados de Paz Letrado de Pueblo Libre y Magdalena del Mar ubicada en la sede judicial de la Avenida Mariano Cornejo N.° 1415 ­ 1417 distrito de Pueblo Libre. Artículo Tercero: DISPONER que se publique en el portal Institucional y en las mesas de partes correspondientes el traslado y reubicación del 3° Juzgado de Paz Letrado de Pueblo Libre y Magdalena del Mar de esta Corte Superior de Justicia. Artículo Cuarto: DISPONER que la Unidad Administrativa y de Finanzas en coordinación con sus órganos de línea (Coordinación de Logística, Informática, Infraestructura, etc.) realicen las acciones y gestiones correspondientes para garantizar la adecuada instalación y funcionamiento del 3° Juzgado de Paz Letrado de Pueblo Libre y Magdalena del Mar. Artículo Quinto: PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte Superior de Justicia, de la Gerencia General y de la Gerencia de Administración Distrital para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ROLANDO ALFONZO MARTEL CHANG Presidente 1600021-1

SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la misión en el exterior del Presidente, señor Julio Velarde Flores, el 7 y 8 de enero de 2018 a la ciudad de Basilea, Suiza, y el pago de los gastos, a fin de que participe en la reunión indicada en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasajes Viáticos TOTAL US$ 3089,75 US$ 2160,00 ----------------US$ 5249,75

Artículo 3°.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese. JULIO VELARDE Presidente 1598423-1

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Declaran nulo Acuerdo de Concejo que rechazó solicitud de vacancia interpuesta contra alcalde de la Municipalidad Distrital de San Pedro de Huacarpana, provincia de Chincha, departamento de Ica
RESOLUCIÓN N° 0478-2017-JNE Expediente N° J-2015-00227-A02 SAN PEDRO DE HUACARPANA - CHINCHA - ICA VACANCIA RECURSO DE APELACIÓN Lima, ocho de noviembre de dos mil diecisiete. VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Santos Dulio Villegas Martínez en contra del Acuerdo de Concejo N° 001-2017-MDSPH, del 18 de enero de 2017, que rechazó su solicitud de vacancia contra Melanio Luis Ayllón Lliuya, alcalde de la Municipalidad Distrital de San Pedro de Huacarpana, provincia de Chincha, departamento de Ica, por considerarlo incurso en la causal de restricciones de contratación, prevista en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, teniendo a la vista el Expediente de Apelación N° J-2015-00227-A01, y oídos los informes orales. ANTECEDENTES Solicitud de vacancia Por medio del escrito, de fecha 5 de agosto de 2015 (fojas 30 a 34 del Expediente de Apelación N° J-201500227-A01), Santos Dulio Villegas Martínez solicitó la vacancia de Melanio Luis Ayllón Lliuya, alcalde de la Municipalidad Distrital de San Pedro de Huacarpana, provincia de Chincha, departamento de Ica, por la causal de restricciones de contratación, establecida en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). Al respecto, señala que: a) Desde su primera gestión, dicho burgomaestre celebró contratos, en representación de la municipalidad, con la empresa de Transportes Hnos. Daniel S.A.C. (ahora Transportes & Constructora Hnos. Daniel S.A.C.), cuyo socio fundador fue su primero hermano Leoncio Diógenes

ORGANISMOS AUTONOMOS

BANCO CENTRAL DE RESERVA
Autorizan viaje de Presidente del BCRP a Suiza, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 0080-2017-BCRP-N Lima, 11 de diciembre de 2017 CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido la invitación del Banco de Pagos Internacionales (BIS) para que el Presidente del Banco Central de Reserva del Perú participe en la Reunión Bimestral de Gobernadores el 7 y 8 de enero de 2018 en la ciudad de Basilea, Suiza; A esta reunión asisten los gobernadores de bancos centrales miembros del BIS, así como representantes de diversos organismos multilaterales, quienes examinan la evolución económica y financiera internacional y debaten asuntos concretos de política económica relacionados con la estabilidad monetaria y financiera internacional; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N°27619, su reglamento el Decreto Supremo N°047-2002-PCM y modificatorias, y estando a lo acordado por el Directorio en su sesión del 3 de noviembre de 2016;