Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2017 (22/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano / Viernes 22 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de personal a la Estación Científica Antártica "Machu Picchu", en el marco de la Vigésimo Quinta Campaña Científica del Perú a la Antártida
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0893/RE-2017 Lima, 20 de diciembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, el Perú se adhirió el 10 de abril de 1981 al Tratado Antártico; y en 1989, fue aceptado como Parte Consultiva del mismo al demostrar su interés científico en la Antártida, a través de las campañas científicas ANTAR I y ANTAR II y el establecimiento de la Estación Científica Antártica "Machu Picchu" (ECAMP); Que, la Política Nacional Antártica, aprobada por Decreto Supremo N.° 014-2014-RE, dispone que debe asegurarse la realización y continuidad de las Campañas Científicas del Perú a la Antártida (ANTAR) a fin de consolidar la presencia activa y permanente del Perú en el continente antártico; Que, la Política Nacional Antártica, prescribe que es el Ministerio de Relaciones Exteriores la entidad del Estado peruano encargada de su formulación, coordinación, conducción y supervisión toda vez que es su ente rector; Que, la Matriz de Estrategias, Metas e Indicadores de la Política Nacional Antártica, aprobada por Resolución Ministerial N.° 0624-2014-RE, establece como Acción Estratégica la ejecución anual de las Campañas Científicas del Perú a la Antártida (ANTAR); Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores, en virtud del artículo 6°, inciso 13, de la Ley N.° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, es responsable de formular, coordinar, conducir y supervisar la Política Nacional Antártica, en cuyo marco se ejecutan todas las actividades que las entidades de los sectores público y privado realicen; Que, específicamente el inciso k) del artículo 72 del Decreto Supremo N.° 135-2010-RE, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, dispone como función específica de la Cancillería dirigir, gestionar y supervisar las actividades que desarrolla el Perú en el continente antártico; Que, mediante Resolución de Secretaría General N° 144-2017-RE, de 25 de enero de 2017, se aprobó la Directiva N° 001-2017-ORH/OGA/RE "Disposiciones para viajes en comisión de servicios en el territorio nacional y el exterior" la cual dispone que es de cumplimiento y observancia obligatoria por la Cancillería y sus Órganos Desconcentrados. Comprende a todos sus funcionarios y empleados que realicen viajes de comisión de servicios, así como a funcionarios y empleados públicos de otras instituciones y personas que no siendo funcionarios o empleados públicos realicen viajes en condición de representantes, delegados, comisionados o similares, con recursos del pliego presupuestal 008 Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, la citada Directiva en el numeral 4.1 señala que la Comisión de Servicios es el desplazamiento temporal programado o imprevisto, que realiza el comisionado fuera de la ciudad donde se ubica su sede habitual de trabajo, por disposición de la autoridad competente, para realizar actividades relacionadas a los objetivos institucionales o funciones propias del Ministerio de Relaciones Exteriores. La comisión se servicios no excederá en ningún caso el máximo de treinta (30) días calendario por vez. La comisión de servicios se realizará dentro del territorio nacional o en el exterior; Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante convenios marco de cooperación interinstitucional con las entidades nacionales participantes en las expediciones científicas peruanas a la Antártida, está facultado a brindar apoyo, promover y proveer los elementos, bienes y/o servicios necesarios con miras a la realización de

actividades de investigación en las referidas campañas, cuya organización es de responsabilidad del Ministerio de Relaciones Exteriores como ente rector de la Política Nacional Antártica; Que, en virtud de los incisos f) y g) del Decreto Supremo N.° 135-2010-RE, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, le corresponde a la Cancillería organizar las Campañas ANTAR, en coordinación con los sectores vinculados, gestionar y conservar la estación científica peruana en la Antártida; Que, de acuerdo a estas funciones, el Ministerio de Relaciones Exteriores ha previsto la realización de la Vigésimo Quinta Campaña Científica del Perú a la Antártida (ANTAR XXIV), del 14 de diciembre de 2017 al 12 de marzo de 2018; Que, la citada Expedición tendrá como objetivos: profundizar el aporte científico del Perú al conocimiento de la Antártida; dar continuidad a las investigaciones que se vienen desarrollando desde expediciones anteriores; actualizar los estudios técnicos de base para la formulación de proyectos orientados al fortalecimiento de la infraestructura antártica nacional; evaluar las condiciones y dar mantenimiento a la Estación Científica Antártica "Machu Picchu"; fortalecer la cooperación con otros Estados Parte del Tratado Antártico; y contribuir a la difusión del valor de la Antártida como Reserva Natural para la Paz y la Ciencia; Que, con Resolución Ministerial N.° 0857-2017-RE, de 12 de diciembre de 2017, se designó a los miembros de la delegación peruana que participará como expedicionarios de la Vigésimo Quinta Campaña Científica del Perú a la Antártida (ANTAR XXV), ubicada en la isla Rey Jorge o 25 de Mayo, Antártida, del 14 de diciembre de 2017 al 12 de marzo de 2018; Que, el despliegue y repliegue de los expedicionarios, suministros y equipos de la ANTAR XXV a la Estación Científica Antártica "Machu Picchu" (ECAMP), se realizará entre el 14 de diciembre de 2017 al 12 de marzo de 2018; Que, la referida Estación Científica brinda las facilidades necesarias para la permanencia de los expedicionarios, por lo que la asignación de viáticos corresponderá a un 20% del monto establecido por día; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N.° 3591, de 14 de diciembre de 2017; y la Memoranda (DSL) N.º DSL00590/2017, de 13 de diciembre de 2017, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos; y (OPP) N.° OPP01741/2017, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 20 de diciembre de 2017, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N.° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo N.° 1352010-RE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo N.° 014-2014-RE que aprueba la Política Nacional Antártica, la Resolución Ministerial N.° 0624-RE-2014 que aprueba su Matriz de Estrategias, Metas e Indicadores; la Directiva N° 001-2017-ORH/OGA/ RE "Disposiciones para viajes en comisión de servicios en el territorio nacional y en exterior" aprobado mediante Resolución de Secretaría General N° 0144-2017-RE; el Decreto Legislativo N.° 1057, la Ley N.° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatorias, su reglamento aprobado por el Decreto Supremo N.º 047-2002-PCM y modificatorias, y, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N.° 30518, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2017; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios, en el marco de la Vigésimo Quinta Campaña Científica del Perú a la Antártida (ANTAR XXV), del siguiente personal a la Estación Científica Antártica "Machu Picchu" (ECAMP), ubicada en la Isla Rey Jorge ó 25 de mayo, Antártida, para participar del 20 de diciembre de 2017 al 19 de enero de 2018, a fin de cumplir funciones de su especialidad en la citada estación; los funcionarios viajarán a la Antártida utilizando