Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2014 (11/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano Sabado 11 de enero de 2014

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b) 10% de descuento sobre la determinacion anual de Arbitrios Municipales 2014, a condicion que se cancelen los cuatro (4) trimestres de Arbitrios Municipales y el Impuesto Predial Anual, hasta el 28 de febrero del 2014. c) 8% de descuento sobre la determinacion de Arbitrios Municipales 2014, a condicion de que se cancele el Impuesto Predial Anual, hasta el 28 de febrero del 2014, siempre y cuando la cuota trimestral de los Arbitrios Municipales se cancelen MORDAZA de su vencimiento trimestral. d) 6% de descuento sobre la determinacion anual de Arbitrios Municipales 2014, a condicion de que se cancelen los cuatro (4) trimestres de Arbitrios Municipales, hasta el 28 de febrero del 2014. 3.2 Por pago adelantado trimestral del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales: a) 5% de descuento sobre la determinacion trimestral de Arbitrios Municipales 2014, a condicion que dicho trimestre de Arbitrios Municipales sujeto al beneficio, se cancele MORDAZA o dentro del vencimiento trimestral respectivo conjuntamente con el Impuesto Predial. Los incentivos se grafican en el siguiente esquema:
Por el Pago Adelantado Anual Hasta el 31.01.2014 Hasta el 28.02.2014 IP ARB. Por el Pago Adelantado Trimestral IP + ARB. 5% ARB

fue ratificada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mediante Acuerdo de Concejo Nº 2629-2013-MML; Que, la citada Ordenanza Nº 179-2013/MLV que aprobo el regimen tributario de los Arbitrios Municipales para el ejercicio 2014, toma como base el articulo 6° de la Ordenanza Nº 140-2011/MLV, que establece que la periodicidad y determinacion de la tasa de arbitrios es mensual y su recaudacion se realizara en forma trimestral hasta el ultimo dia habil de los meses de febrero, MORDAZA, agosto y noviembre. Asimismo, en concordancia con ello la MORDAZA XII del TUO del Codigo Tributario MORDAZA indicado, establece que "para efecto de los plazos establecidos en las normas tributarias debera considerarse lo siguiente: (...) b) Los plazos expresados en dias se entenderan referidos a dias habiles"; por lo que resulta necesario publica el MORDAZA de vencimientos; Que, el articulo 15º del TUO de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que el Impuesto Predial podra cancelarse ya sea al contado, hasta el ultimo dia habil del mes de febrero o en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiendo pagar en este ultimo caso la primera cuota el ultimo dia habil del mes de febrero y las cuotas restantes hasta el ultimo dia habil de los meses de MORDAZA, agosto y noviembre; Que, en virtud de las normas legales glosadas y a la politica de esta gestion MORDAZA, la Gerencia de Servicios de Administracion Tributaria encuentra oportuno incentivar el cumplimiento puntual del pago de tributos por parte de los contribuyentes, efectuando descuentos por pagos anuales o trimestrales adelantados de Arbitrios Municipales, debiendo establecerse a su vez las fechas de vencimiento de los mencionados tributos para el ejercicio 2014; Estando a los fundamentos expuestos, contando el pronunciamiento de la Gerencia de Asesoria Juridica y de la Gerencia de Servicios de Administracion Tributaria, cuyos informes se detallan en el Dictamen Conjunto de vistos, que forman parte integrante de la presente, y en uso de las atribuciones conferidas en los articulos 40º y 9º numeral 8) de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­ el Concejo Municipal con dispensa del tramite de lectura y aprobacion, por unanimidad aprobo:

IP + ARB. IP + ARB.

Concepto de 12% ARB. 10% ARB. 8% ARB 6% ARB Descuento

ORDENANZA QUE APRUEBA LAS FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE ARBITRIOS E IMPUESTO PREDIAL Y ESTABLECE INCENTIVOS POR PRONTO PAGO PARA EL EJERCICIO 2014
Articulo 1º.- Objeto y finalidad Aprobar las fechas de vencimiento para el pago de los Arbitrios Municipales e Impuesto Predial del ejercicio 2014 y establecer los incentivos por el "Pronto Pago" de dichos tributos en el presente ano. Articulo 2º.- De las fechas de vencimiento Fijense las fechas de vencimiento para el pago de Arbitrios e Impuesto Predial del ejercicio 2014, de acuerdo al siguiente cronograma: 2.1. Impuesto Predial Anual : 28 de febrero del 2014 2.2. Arbitrios e Impuesto Predial trimestral · Enero, febrero y marzo · MORDAZA, MORDAZA y junio · MORDAZA, agosto y septiembre · Octubre, noviembre y diciembre : 28 de febrero del 2014 : 30 de MORDAZA del 2014 : 29 de agosto del 2014 : 28 de noviembre del 2014

Articulo 4º.- Precisiones respecto a la situacion que genera el beneficio: Los incentivos establecidos en la presente Ordenanza son aplicables solo al insoluto de los Arbitrios Municipales y segun las fechas de vencimiento respectivas. En todas las modalidades de descuento por pronto pago de Arbitrios Municipales, detalladas en el articulo 3º el beneficio se aplicara por anexo cancelado. En el caso de los pensionistas que se encuentren gozando de la deduccion de 50 UIT de la base imponible del Impuesto Predial establecida en el articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobada por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, podran acogerse al descuento senalado en el articulo 3º numeral 1 literal a) y b), previo pago de los derechos de emision respectivos y el monto del Impuesto Predial que le corresponda, de ser el caso que su base imponible excede las 50 UIT. Asimismo, se establece como condicion que para poder acceder a los beneficios de descuento senalados en los literales a) y b) del numeral 3.1 de la presente Ordenanza, es necesario que los contribuyentes de la Municipalidad no tengan deuda tributaria alguna respecto a anos anteriores.

DISPOCISIONES FINALES
Primera.- Encargar a la Gerencia de Servicios de Administracion Tributaria y a la Gerencia de Administracion Documentaria e Informatica, el cumplimiento de la presente Ordenanza, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Segunda.- Facultar al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia pueda prorrogar las fechas de vencimiento establecidas en el articulo 2º, en caso que la gestion operativa de la recaudacion de los tributos indicados, asi lo amerite. Tercera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA AIZCORBE C. MORDAZA

Articulo 3º.- Regimen de Incentivos: Los contribuyentes podran acceder voluntariamente a los incentivos por Pronto Pago que regula la presente Ordenanza, aplicandose el descuento al insoluto del monto de los Arbitrios Municipales bajo las siguientes modalidades: 3.1 Por pago adelantado del Impuesto Predial Anual y Arbitrios Municipales: a) 12% de descuento sobre la determinacion anual de Arbitrios Municipales 2014, a condicion que se cancelen los cuatro (4) trimestres de Arbitrios Municipales y el Impuesto Predial Anual, hasta el 31 de enero del 2014.

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