Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2014 (11/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano Sabado 11 de enero de 2014

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2.3 En materia administrativa y de gestion: a) Suscribir los convenios interinstitucionales y de cooperacion tecnica con entidades publicas o privadas que involucren las funciones de la Oficina General de Administracion, las que deberan cenirse a las disposiciones normativas vinculadas al Presupuesto Publico para el Ano Fiscal 2014, asi como a las disposiciones internas del Ministerio de la Produccion. b) Representar al Ministerio de la Produccion ante cualquier MORDAZA de autoridades y dependencias administrativas para iniciar y proseguir procedimientos; formular solicitudes y presentar escritos de caracter administrativo, desistirse, participar en cualquier MORDAZA de audiencias administrativas e interponer recursos administrativos de impugnacion, en los que sea parte interesada o tenga legitimo interes. Para el caso de representacion ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria ­ SUNAT, se hace extensiva dicha atribucion, en su nivel y competencia, al Director de la Oficina de Contabilidad y al Director de la Oficina de Tesoreria. El Director General de la Oficina General de Administracion esta obligado a dar cuenta mensualmente a la Secretaria General respecto de las actuaciones derivadas de esta delegacion de facultades. Articulo 3.- Delegacion de facultades al Director General de la Oficina General de Recursos Humanos Delegar en el Director General de la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de la Produccion, las siguientes facultades y atribuciones: a) Tramitar, autorizar y resolver acciones del personal respecto a las asignaciones, ceses, renuncias, rotaciones, reconocimiento de remuneraciones, destaques, prorrogas o renovaciones de contratos, y todas aquellas que MORDAZA necesarias para una adecuada conduccion y direccion del personal, adscrito al regimen laboral del Decreto Legislativo N° 276, hasta el Nivel F-3. b) Disponer el encargo de puesto, encargo de funciones o la suplencia de funciones hasta el Nivel F-3 en los empleados publicos del Ministerio de la Produccion. c) Suscribir los convenios interinstitucionales y convenios de cooperacion tecnica con entidades publicas o privadas que involucren las funciones de la Oficina General de Recursos Humanos, las que deberan cenirse a las disposiciones normativas vinculadas al Presupuesto Publico para el Ano Fiscal 2014, asi como a las disposiciones internas del Ministerio de la Produccion. d) Constituir el Comite Electoral para la eleccion de los representantes de los trabajadores ante el Comite de Administracion del Fondo de Asistencia y Estimulo ­ CAFAE. e) Constituir el Comite Electoral para la Eleccion de los representantes de los trabajadores ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios. f) Suscribir los contratos relativos a la prestacion de los servicios regulados por el Decreto Legislativo N° 276 y Decreto Legislativo N° 1057 asi como sus adendas y resolucion. El Director General de la Oficina General de Recursos Humanos esta obligado a dar cuenta mensualmente a la Secretaria General, respecto de las actuaciones derivadas de esta delegacion de facultades. Articulo 4.- De la observancia de los requisitos legales La presente delegacion de facultades, comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, pero no exime de la obligacion de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. Articulo 5.- De la vigencia Las delegaciones autorizadas mediante la presente Resolucion Ministerial tendran vigencia durante el Ejercicio Fiscal 2014. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TRIVENO CHAN JAN Ministra de la Produccion

SALUD
Aprueban Reglamento Interno de la Comision Multisectorial Permanente encargada del seguimiento, monitoreo y evaluacion de la implementacion del Plan Multisectorial para la Prevencion del Embarazo en Adolescentes 2013 2021
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 010-2014/MINSA
MORDAZA, 7 de enero del 2014 Visto, el Expediente N° 14-001033-001 que contiene el Oficio N° 001-2014-CMPPNPEA del Presidente de la Comision Multisectorial Permanente encargada del seguimiento, monitoreo y evaluacion del Plan Nacional para la Prevencion del Embarazo en Adolescentes; y, CONSIDERANDO: Que, los articulos II y IV del Titulo Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, disponen que la proteccion de la salud es de interes publico, siendo la salud publica responsabilidad primaria del Estado y la salud individual responsabilidad compartida por el individuo, la sociedad y el Estado; Que, el Plan Nacional de Accion por la Infancia y la Adolescencia PNAIA 2012-2021, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2012-MIMP, establece como una de las Metas Emblematicas para el desarrollo de la infancia y la adolescencia en el Peru, reducir la tasa de maternidad adolescente en 20%, estableciendo como Objetivo Estrategico N° 3: Consolidar el crecimiento y desarrollo integral de las y los adolescentes de 12 a 17 anos de edad, senalando como Resultado Esperado N° 9: "Las y los adolescentes postergan su maternidad y paternidad hasta alcanzar la edad adulta"; Que, el embarazo en adolescentes es un problema de salud publica en la Subregion MORDAZA, y que ademas de poner en riesgo la salud, significa un gran obstaculo en la posibilidad de construir un proyecto de MORDAZA por parte de los y las adolescentes; Que, las y los adolescentes que enfrentan un embarazo no planificado afrontan un numero importante de dificultades en la dimension individual, familiar y social como son: el abandono de sus parejas, la imposibilidad de concluir sus estudios escolares (que limita sus planes de MORDAZA y el acceso a oportunidades de desarrollo), el incremento de los riesgos de morbilidad de la adolescente embarazada y del recien nacido, la limitada capacidad de la adolescente MORDAZA para cuidar y criar a su nino/a. Asimismo, el inicio temprano de las relaciones sexuales sin proteccion a su vez coloca a los y las adolescentes en riesgo de adquirir infecciones de transmision sexual incluyendo el VIH/SIDA; Que, en este contexto, el Gobierno Peruano asumio el compromiso de abordar el problema en la Reunion Ordinaria de Ministras y Ministros de Salud del Area MORDAZA en el mes de marzo de 2007, quienes emitieron la Resolucion REMSAA XXVII/437, en la que se resolvio "reconocer las consecuencias del embarazo no planificado en adolescentes como un problema de salud publica dentro de la Subregion y declarar prioritarios los planes para su prevencion y atencion integral"; Que, los diferentes sectores del Estado bajo la conduccion del Ministerio de Salud, en un trabajo concertado y articulado, en concordancia con el MORDAZA de las competencias y responsabilidades que les corresponden, y con el proposito de crear las condiciones necesarias que contribuyan a cumplir con los objetivos y metas comprometidas en la Cumbre del Milenio con enfasis en el Objetivo 5 - Mejorar la salud materna ­ y de esta forma, permitir que los y las adolescentes mejoren sus condiciones de MORDAZA y alcancen una mayor equidad en el acceso a la salud y al desarrollo, propusieron el Plan Multisectorial para la Prevencion del Embarazo en Adolescentes 2013-2021, el cual fue aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2013SA, dispositivo legal que constituyo a su vez la Comision Multisectorial Permanente encargada del seguimiento, monitoreo y evaluacion del Plan Nacional;

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