Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2014 (11/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano Sabado 11 de enero de 2014

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Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27867, Organica de Gobiernos Regionales; exonerando el tramite de Comision, y en observancia del MORDAZA legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/ CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nº 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional Nº 154-AREQUIPA; Se ha aprobado la siguiente Ordenanza:

detallando las frecuencia de visitas y el asesoramiento, que se conforme el Comite de Supervision Pedagogica, asi como brindar asesoria permanente a las II.EE. adecuando los instrumentos y herramientas, y, ii.-) Encargar a la GREA adecuar los lineamientos emitidos por el MED, a traves de directivas y tener un diagnostico del MORDAZA de supervision pedagogica y asesorar a las UGEL en supervision pedagogica, estimulando las buenas practicas y organizacion, evaluando y recomendando mejoras en el MORDAZA de una evaluacion por resultados, y en funcion de ello deberan elaborar el PLAN REGIONAL DE SUPERVISION. Ademas establece que la supervision sera conducida por el director, que el Plan de Supervision sera elaborado por un Comite; y que prestara asesoria y apoyo en el diseno de estrategias metodologicas, material didactico y evaluacion del aprendizaje, debiendo hacerse la autoevaluacion pedagogica e informar a la UGEL. Finalmente esto ha sido recogido y consolidado en el D.S. 011-2012-ED; Que, en los resultados de los ultimos anos del PISA y de la ECE, se evidencia que la calidad de los logros de aprendizaje de nuestros estudiantes es baja, ademas vemos que la relacion porcentual entre la cantidad de estudiantes aprobados y desaprobados es considerablemente abismal; por lo que, en la gestion escolar de las II.EE., la supervision educativa tiene como finalidad MORDAZA optimizar las actividades pedagogicas, para lograr la calidad de los procesos de aprendizaje y del desempeno docente, situacion que hace necesaria e importante la implementacion de una serie de cambios en la gestion de la supervision educativa a nivel conceptual, normativo y operativo; Que, la Comision de Educacion, Ciencia, Tecnologia e Innovacion del Consejo Regional en su Informe de Fiscalizacion a la GREA y UGEL concluyo que: i.-) los planes de capacitacion y supervision de la GREA y las UGEL NO obedecen a una estrategia integral basada en un enfoque sistemico y cientifico que garantice un cambio sostenido, ya que en promedio realizan (01) capacitacion al inicio del ano, la cual es de corta duracion (05) dias, referida a temas administrativos dejando de lado lo tecnico pedagogico, y NO ha considerado acciones de capacitacion especializada y asesoria a personal directivo y docente, ii.-) la problematica de la supervision educativa alcanza a la GREA, UGEL y a las II.EE., ya que en la planificacion de las acciones de asesoria, monitoreo y supervision de los procesos de diversificacion y desarrollo curricular ejecutado en las II.EE. NO han hecho el DIAGNOSTICO respectivo y solo se ha programado (01 o 02) visitas a una muestra de II.EE , lo cual en una perspectiva sistemica es totalmente insuficiente y NO se han cumplido al 100%, asi mismo no establece con claridad las fechas y las II.EE. a ser visitadas, ni indicadores de logro o resultados (cuantitativos y cualitativos), iii.-) respecto al apoyo, participacion y generacion de programas y proyectos de investigacion e innovacion pedagogica, NO se esta haciendo INVESTIGACION FORMAL, lo que se ha observado es que se viene desarrollando acciones aisladas como: pequenas charlas al inicio de ano, el tema es trabajado en redes o convocatorias sin sostenibilidad, que no obedecen a un enfoque estrategico y por resultados o propuesta sistemica y sostenida; por lo que cual la gestion pedagogica en las II.EE. se mantiene tal como esta, sin incorporar posibles mejoras innovadoras o transformaciones a dichos procesos, postergando asi el desarrollo de la cultura de la investigacion en la comunidad docente; Que, en el MORDAZA del Buen Desempeno Docente que viene implementando el MED, se establecen el logro de los (4) dominios, (9) competencias y (40) desempenos por parte de la comunidad docente, por lo cual la propuesta de realizar una Supervision Educativa Basada en el Modelo de la Investigacion Accion, apuntala a la propuesta dichas intencionalidades; Que, por todo lo expuesto en los parrafos precedentes, deviene en necesario e importante disponer que establezcan los lineamientos generales, en las instancias descentralizadas del sector educacion, con la finalidad de desarrollar el MORDAZA de Supervision Educativa bajo el enfoque de la Investigacion ­ Accion; Que, atendiendo a las consideraciones MORDAZA citadas, el Consejo Regional, al MORDAZA de la Ley Nº 27783, de

ORDENANZA REGIONAL QUE IMPLEMENTA "EL DESARROLLO DEL MORDAZA DE SUPERVISION EDUCATIVA EN LAS INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS DEL SECTOR EDUCACION A NIVEL REGIONAL, BAJO EL ENFOQUE INVESTIGACION - ACCION"
Articulo 1º.- Implementacion del MORDAZA de Supervision Educativa DISPONER la implementacion regional "Del Desarrollo del MORDAZA de Supervision Educativa en las Instancias Descentralizadas del Sector Educacion a Nivel Regional, bajo el Enfoque Investigacion - Accion". Articulo 2º.- Finalidad La finalidad de la presente ordenanza regional es poder establecer los lineamientos generales sobre los cuales, la Gerencia Regional de Educacion, Unidades de Gestion Educativa Local e Instituciones Educativas, deberan desarrollar acciones tendientes a la mejora del MORDAZA de Supervision Educativa. Articulo 3º.- Lineamientos Generales ESTABLECER como lineamiento o parametros generales para la mejora del MORDAZA de Supervision educativa, a que se refiere el articulo precedente, lo siguiente: 1. La Gerencia Regional de Educacion debe disenar un Modelo de Supervision Pedagogica Regional Basado en el Enfoque de la Investigacion - Accion, que fortalezca el rol pedagogico y la responsabilidad profesional individual y colectiva de los docentes, y permita la unidad de criterio tecnico cientifico, asi como la coordinacion y articulacion de esfuerzos de la GREA, UGEL e II.EE., a traves de un estandar metodologico y procedimental con protocolos, instrumentos, indicadores, agentes, perfiles, funciones y formatos, que permita alcanzar la calidad educativa. 2. El GRA debe elaborar un Proyecto de Inversion Publica Social, que considere el desarrollo de un Programa de Alta Especializacion para la Formacion de Especialistas en Educacion y Directores de las II.EE., en el MORDAZA de los lineamientos del MED y la implementacion del Modelo de Supervision Pedagogica Regional basado en el Enfoque de la Investigacion Accion, el mismo que debera ser elaborado en un plazo de noventa (90) dias, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente ordenanza regional. 3. El GRA a traves de la GREA, debe hacer las gestiones ante el MED para el incremento de la cantidad de Especialistas en Educacion de los tres niveles de la EBR de la GREA y UGEL, para que MORDAZA correspondencia con la cantidad de II.EE. que deben ser atendidas, y de NO LOGRARSE este proposito, la alternativa seria coberturar esta necesidad utilizando las PLAZAS EXCEDENTES que resultan despues del MORDAZA de racionalizacion docente. 4. La Gerencia Regional de Educacion, en el plazo de noventa (90) dias, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente ordenanza regional; debera: a. Priorizar en su PEI y POI la disposicion del presupuesto y los recursos necesarios para un adecuado desarrollo de la gestion de la supervision educativa. b. El Manual para el Desarrollo de las Acciones de Supervision Pedagogica, para el manejo de Especialistas, Directores de II.EE. y personal docente. c. Debe laborar la Guia de Autoevaluacion Pedagogica que debe ser aplicado y usado en las II.EE. y de manejo de Especialistas, Directores de II.EE. y personal docente. d. Disponer que las UGEL conformen el Comite de Supervision Pedagogica. e. Aprobar la Directiva Regional de Supervision, Monitoreo y Acompanamiento Pedagogico, que regulara