Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2014 (11/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano Sabado 11 de enero de 2014

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de 2014, en cuanto le MORDAZA aplicables; disposicion que sera supervisada por las respectivas Oficinas Desconcentradas de Control de la Magistratura. Setimo. Que el articulo 82°, inciso 26), del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial determina como funcion y atribucion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopcion de acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 9162013 de la MORDAZA octava sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Pilco; sin la intervencion del senor MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia; de conformidad con lo previsto en el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar el funcionamiento de los siguientes organos jurisdiccionales, a partir del 1 de enero de 2014: Hasta el 28 de febrero de 2014 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE HUAURA - Sala Mixta Transitoria de Barranca CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE ICA - Juzgado de Familia Transitorio de MORDAZA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA - Juzgado Mixto Transitorio de Huaycan ­ Ate - Juzgado Mixto Transitorio - La MORDAZA - 1° Juzgado Mixto Transitorio de San MORDAZA de Lurigancho - 2° Juzgado Mixto Transitorio de San MORDAZA de Lurigancho - 3° Juzgado Mixto Transitorio de San MORDAZA de Lurigancho Hasta el 30 de junio de 2014 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA - Sala Mixta Transitoria Descentralizada de MORDAZA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA - Juzgado Mixto Transitorio de Abancay CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA - Juzgado de Familia Transitorio de MORDAZA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA - Sala Civil Transitoria de MORDAZA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA SUR - Juzgado Mixto Transitorio de MORDAZA El MORDAZA - 1° Juzgado Penal Transitorio de San MORDAZA de Miraflores - 2° Juzgado Penal Transitorio de San MORDAZA de Miraflores CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA - Juzgado de Paz Letrado Transitorio de El Estrecho Putumayo CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA - Juzgado Mixto Transitorio de MORDAZA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE SULLANA - Juzgado de Familia Transitorio de Sullana Articulo Segundo.- Facultar a los Presidentes de las Comisiones Distritales de Descarga Procesal que cuentan con organos jurisdiccionales a cargo de la Comision Nacional de Descarga Procesal con avance de meta al mes de octubre menor al 72.73%, de conformidad con el Anexo A que forma parte integrante de la presente resolucion, a realizar las siguientes actividades: a) Adoptar las acciones administrativas necesarias a fin de ejercer un monitoreo MORDAZA sobre todos sus organos jurisdiccionales, permanentes y transitorios, y en especial

objetivo institucional, dando cuenta a la Comision Nacional de Descarga Procesal, para cuyos fines se aprobaron los instrumentos normativos, lineamientos y procedimientos que optimicen el funcionamiento de los organos jurisdiccionales materia de evaluacion. Segundo. Que la Directiva N° 001-2012-CEPJ, denominada "Lineamientos Uniformes para el Funcionamiento de las Comisiones Nacional y Distritales de Descarga Procesal", aprobada por Resolucion Administrativa N° 031-2012-CE-PJ del 2 de marzo de 2012, y modificada por Resoluciones Administrativas N° 084-2012-CE-PJ, N° 135-2012-CE-PJ, N° 177-2012-CE-PJ y N° 231-2012-CEPJ, de fechas 8 de MORDAZA, 9 de MORDAZA, 17 de setiembre y 15 de noviembre de 2012, respectivamente, han establecido normas para la organizacion y funcionamiento de la Comision Nacional de Descarga Procesal y Comisiones Distritales de Descarga Procesal, con el fin de alcanzar una efectiva descongestion de expedientes. Tercero. Que, asimismo, mediante Resolucion Administrativa Nº 245-2012-CE-PJ, de fecha 5 de diciembre de 2012, se aprobaron los estandares de expedientes resueltos a nivel nacional en sedes principales de Cortes Superiores de Justicia; asi tambien por Resolucion Administrativa N° 062-2013-CE-PJ, del 3 de MORDAZA de 2013, se aprobaron los estandares de produccion de expedientes resueltos de organos jurisdiccionales que no son sedes principales de Cortes Superiores de Justicia, aplicandose dichos criterios a los organos jurisdiccionales permanentes y transitorios que no son parte de la reforma del MORDAZA Codigo Procesal Penal y la Nueva Ley Procesal del Trabajo. De igual modo, se dispuso a las Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA que los destaques, reubicaciones o encargo de funciones jurisdiccionales a labores administrativas no estan permitidos, salvo peticion sustentada dirigida a la Comision Nacional de Descarga Procesal, que se encargara de aprobar o desestimar el pedido. Cuarto. Que por Resoluciones Administrativas Nros. 277-2012-CE-PJ, 154-2013-CE-PJ, 186-2013-CE-PJ y 232-2013-CE-PJ, de fechas 28 de diciembre de 2012, 1 y 28 de agosto y 16 de octubre de 2013, respectivamente, se prorrogo el funcionamiento de diversos organos jurisdiccionales de descarga procesal hasta el 31 de diciembre del ano en curso. Asimismo, se dispuso que las Comisiones Distritales de Descarga Procesal cumplan con monitorear el funcionamiento y produccion de los organos jurisdiccionales transitorios de descarga procesal; asi como emitir informe de la labor realizada por los organos jurisdiccionales permanentes y transitorios. Quinto. Que la Comision Nacional de Descarga Procesal ha consolidado las solicitudes presentadas por las Cortes Superiores de Justicia con dependencias judiciales transitorias cuyo plazo de funcionamiento se encuentra vigente hasta el 31 de diciembre del presente ano, realizando la evaluacion en base a la informacion estadistica registrada y disponible en los sistemas informaticos del Poder Judicial; asi como en base a los datos del inventario nacional, estableciendose de esta manera la capacidad operativa de cada Corte Superior de Justicia en la administracion de organos jurisdiccionales y de optimizar recursos para la mejora de la productividad y eficiencia a nivel nacional, teniendo en cuenta la escasez de recursos presupuestales disponibles. Por ello, luego de evaluar de los ingresos de expedientes, carga procesal y produccion jurisdiccional, propone la prorroga del funcionamiento de organos jurisdiccionales de los Distritos Judiciales de MORDAZA, MORDAZA, Huaura, MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA Sur, MORDAZA MORDAZA y Sullana. No obstante, atendiendo al avance de produccion jurisdiccional y promedio de expedientes pendientes de resolver en cada una de ellas, recomienda la prorroga por los periodos de seis meses para aquellos que presentan buen nivel de resolucion de expedientes, incluidos a los permanentes que son apoyados, y dos meses para los que presentan la condicion contraria. En ese sentido, dentro del estricto respeto al MORDAZA legal vigente y con el fin de contrarrestar la sobrecarga procesal, deviene en pertinente prorrogar los organos jurisdiccionales materia de propuesta. Sexto. Que, por otro lado, de conformidad con la normatividad procesal vigente (segun el MORDAZA al que corresponda) y atendiendo a la carga procesal, resulta oportuno precisar que los procesos judiciales tramitados en los diversos organos jurisdiccionales del MORDAZA, cuyas vistas de causa se hayan llevado a cabo hasta el 30 de noviembre de 2013, deberan contar con resolucion definitiva y debidamente notificadas hasta el 31 de enero