Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2014 (11/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano Sabado 11 de enero de 2014

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b) Autorizar y resolver las peticiones de los pensionistas y ex trabajadores en materia de personal. c) Suscribir los contratos relativos a la prestacion de los servicios regulados por el Decreto Legislativo Nº 276 y Decreto Legislativo Nº 728; asi como, sus adendas y resoluciones de los mismos. d) Expedir resoluciones sobre acciones administrativas de recursos humanos para la rectificacion de nombres y/o apellidos del personal del Ministerio de Cultura. Articulo 4°.- Disponer que la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto supervise la actuacion de las Unidades Ejecutoras 002: MC ­ MORDAZA, 003: MORDAZA Arqueologica Caral, 005: Naylamp ­ MORDAZA, 006: Complejo Arqueologico de Chan Chan y 007: Marcahuamachuco, respecto de las acciones referidas en el ultimo parrafo del numeral 1.5 del articulo 1 de la presente resolucion, pudiendo solicitar a las referidas Unidades Ejecutoras la adopcion de las medidas preventivas y/o correctivas que estime pertinentes. Articulo 5º.- Delegar que los jefes y/o responsables de las Unidades Ejecutoras 002: MC-Cusco, 003: MORDAZA Arqueologica Caral, 005: Naylamp ­ MORDAZA, 006: Complejo Arqueologico de Chan Chan y 007: Marcahuamachuco del Pliego 003: Ministerio de Cultura suscriban Convenios de Cooperacion y/o Colaboracion Interinstitucional, asi como sus respectivas adendas u otros instrumentos de igual o similar naturaleza, correspondiente a la Unidad Ejecutora a su cargo, previa autorizacion del Viceministerio competente en la materia. Articulo 6°.- La delegacion de facultades, asi como la asignacion de responsabilidades a que se refiere la presente resolucion, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligacion de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso. Articulo 7º.- El Secretario General y los funcionarios responsables de la Oficina General de Administracion, de la Oficina General de Recursos Humanos y de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, deberan informar trimestralmente, bajo responsabilidad, sobre el ejercicio de las facultades delegadas mediante la presente resolucion, dentro de los cinco (5) primeros dias habiles siguientes al vencimiento de cada trimestre, incluyendo lo referido a las Adjudicaciones de Menores Cuantias no programables, los procesos para la contratacion de personal regulado por el Decreto Legislativo N° 1057, sus renovaciones y resoluciones. Dicha informacion debera ser remitida a la Secretaria General, a fin de que sea consolidada y alcanzada al Despacho Ministerial dentro de los tres (3) dias habiles siguientes. Asimismo, los jefes y/o responsables de las Unidades Ejecutoras del Pliego 003: Ministerio de Cultura, que se les ha delegado facultades mediante la presente resolucion, bajo responsabilidad, deberan remitir un informe al Despacho Ministerial, el ultimo dia habil de cada trimestre, sobre el ejercicio de las facultades delegadas. Articulo 8º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a las Unidades Ejecutoras del Pliego 003: Ministerio de Cultura, a la Secretaria General, a la Oficina General de Administracion, a la Oficina General de Recursos Humanos, a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y a la Oficina de Control Institucional. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALVAREZ-CALDERON Ministra de Cultura

MORDAZA y demas ambientes fisicos a cargo del Ministerio de Cultura, de acuerdo a la normativa interna vigente. b) Realizar todo MORDAZA de solicitudes, actos y tramites ante la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (SUNARP) destinados a inscribir, oponerse a la inscripcion o, en general, cualquier otro MORDAZA de actuaciones destinadas al registro de derechos reales del Ministerio de Cultura sobre bienes muebles o inmuebles o cualquier otro derecho u acto susceptible de inscripcion; incluyendo, la modificacion y rectificacion de partidas registrales, presentar desistimientos, entre otros. c) Aceptar donaciones de bienes muebles e inmuebles en general provenientes de personas naturales o juridicas domiciliadas en el MORDAZA o en el extranjero, previa evaluacion de la documentacion respectiva y emision del informe tecnico legal correspondiente, excepto en los supuestos previstos en el articulo 69 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N°.304-2012EF; el Decreto Supremo Nº 096-2007-ED, Reglamento para la Inafectacion del Impuesto General a las Ventas, Impuesto Selectivo al Consumo y los derechos arancelarios a las Donaciones; la Ley Nº 28905, Ley de facilitacion del despacho de mercancias donadas provenientes del exterior y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0212008-EF, que corresponden al Titular de la Entidad. Asimismo, las facultades MORDAZA mencionadas, dentro del ambito de su competencia, se delegan en los jefes y/o responsables de las Unidades Ejecutoras 002: MC ­ MORDAZA, 003: MORDAZA Arqueologica Caral, 004: Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuano, 005: Naylamp ­ MORDAZA, 006: Complejo Arqueologico de Chan Chan y 007: Marcahuamachuco. 2.3. En materia de Proyectos de Inversion Publica a) Aprobar la liquidacion de los proyectos de inversion publica de la Entidad y los asientos contables que para tal efecto MORDAZA necesarios aprobar, en el MORDAZA de la Directiva Nº 004-2009-OPP-GG/INC. b) Evaluar, suscribir, observar y aprobar las liquidaciones de las obras ejecutadas por la Entidad, y consultorias de obra (supervision y elaboracion de expediente tecnico). Asimismo, queda facultado para elaborar dichas liquidaciones, cuando corresponda conforme al MORDAZA normativo vigente sobre la materia. c) Aplicar las penalidades correspondientes a las obras ejecutadas por la Entidad. Asimismo, las facultades MORDAZA mencionadas, dentro del ambito de su competencia, se delegan en los jefes y/o responsables de las Unidades Ejecutoras 002: MC ­ MORDAZA, 003: MORDAZA Arqueologica Caral, 004: Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuano, 005: Naylamp ­ MORDAZA, 006: Complejo Arqueologico de Chan Chan y 007: Marcahuamachuco. 2.4. En materia de acciones administrativas a) Suscribir contratos de caracter administrativo en representacion del Ministerio de Cultura, lo que incluye la suscripcion de los contratos de concesion de servicios y sus respectivas adendas. b) Supervisar y controlar la correcta implementacion de las medidas de disciplina fiscal, racionalidad y austeridad del gasto publico a ser ejecutadas por la entidad, contenidas en la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 y demas normas complementarias vinculadas a la materia. Articulo 3°.- Delegar al funcionario a cargo de la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de Cultura, durante el Ejercicio Fiscal 2014, las siguientes facultades correspondientes a la Unidad Ejecutora 001: Administracion General del Pliego 003: Ministerio de Cultura: a) Autorizar y resolver las acciones de personal comprendido en el regimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y en el Decreto Legislativo Nº 728, que de acuerdo a la normatividad vigente sobre la materia, no MORDAZA de competencia exclusiva del Titular de la Entidad. Dicha facultad no incluye la de designar y remover a que alude el inciso 5) del articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo.

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DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Politicas y Evaluacion Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 004-2014-MIDIS
MORDAZA, 10 de enero de 2014